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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (04/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 28

PÆg. 286186 NORMAS LEGALES Lima, viernes 4 de febrero de 2005 A la solicitud de cancelación debidamente fundamen- tada, se acompañará copia autenticada del expediente administrativo que originó la sanción a fin de que la DGH o la DREM emita la Resolución correspondiente. Artículo 108º.- Efectos de la cancelación de la inscripción en el Registro de Hidrocarburos La cancelación de la inscripción en el Registro de Hidrocarburos invalida la Constancia de Registro otor- gada a favor del Establecimiento de Venta al Público deGNV o Consumidor Directo de GNV. Artículo 109º.- Cancelación de la inscripción en el Registro de Hidrocarburos por falsedad de docu- mentos o por incumplimiento de disposiciones re- glamentarias La DGH o DREM respectiva podrá cancelar la inscrip- ción en el Registro de Hidrocarburos en caso de existir falsedad en los documentos o información que sustentó lainscripción o se detecte que las instalaciones no cumplen las disposiciones reglamentarias aplicables, determinadas previamente por OSINERG; sin perjuicio de las accionesciviles y penales que fueren pertinentes. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera Disposición Complementaria.- Abaste- cimiento de gas natural para el almacenamiento ytransporte por módulos Los Establecimientos de Venta al Público de GNV también podrán abastecer gas natural para el sistemade almacenamiento y transporte de Gas Natural Com- primido por módulos, actividad regulada en la norma correspondiente. Segunda Disposición Complementaria.- Compe- tencia para el reconocimiento de normas técnicas Las NTPs emitidas por el INDECOPI y las normas técnicas internacionales, para su aplicación deberán ser reconocidas por la autoridad competente. En caso de discrepancias entre lo contenido en las NTPs emitidas por el INDECOPI, normas internaciona- les reconocidas por la autoridad competente y el pre-sente Reglamento, primará lo dispuesto en este último. Tercera Disposición Complementaria.- Normas técnicas aplicables De acuerdo a lo señalado en el presente Reglamen- to, serán aplicables las NTPs 111.012 2004, 111.0132004, 111.014 2004, 111.015 2004, 111.016 2004, 111.017 2004, 111.018 2004, 111.019 2004 y 111.020 2004; y demás NTPs aprobadas por INDECOPI relacio-nadas con la instalación y operación de Establecimien- tos de Venta al Público de GNV. Para lo no previsto en el presente Reglamento y las NTPs aprobadas por INDECOPI, será de aplicación las normas técnicas internacionales RNC, ASME, ANSI, NFPA, NEC actualizadas. Cuarta Disposición Complementaria.- Emisión de normas complementarias El MINEM y los demás órganos relacionados con el Sis- tema de Control de Carga de GNV, de acuerdo a la materia de su competencia, dictarán los dispositivos legales com-plementarios para el funcionamiento del citado Sistema. 02600 INTERIOR Pasan a Mayor y CapitÆn de la PNP de la Situación de Actividad a la de Retiro RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 025-2005-IN Lima, 3 de febrero de 2005 VISTO, el Expediente Administrativo Nº O-26-01-2005 relacionado con la Solicitud de fecha 5ENE2005, pre- sentada por el Mayor CJ PNP Eler ROJAS MAS, pidien-do pasar de la Situación de Actividad a la de Retiro a su Solicitud;CONSIDERANDO: Que, lo solicitado por el indicado Oficial Superior de Servicios, se encuentra dentro de los alcances de los artículos 50º inciso j) y 62º inciso b) del Decreto Legisla-tivo Nº 745 - Ley de Situación Policial del Personal de la Policía Nacional del Perú; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Na- cional del Perú, en el Dictamen Nº 0315-2005-DIRRE- HUM-PNP.UNIASJUR de 19ENE2005; Lo propuesto por el General PNP Director de Recur- sos Humanos de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Pasar al Mayor CJ PNP Eler ROJAS MAS, de la Situación de Actividad a la de Retiro a suSolicitud, con fecha de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar a las Direcciones de Recur- sos Humanos, Economía y Finanzas y Logística de laPolicía Nacional del Perú, para que accionen en el área de su competencia. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y archívese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FÉLIX MURAZZO CARRILLO Ministro del Interior 02611 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 026-2005-IN Lima, 3 de febrero de 2005 VISTO, el Expediente Administrativo Nº O-29-01-2005 relacionado con la Solicitud de fecha 5ENE2005, pre- sentada por el Capitán CJ PNP Miguel Ernesto VELAS-QUEZ CABRERA, pidiendo pasar de la Situación de Ac- tividad a la de Retiro a su Solicitud; CONSIDERANDO: Que, lo solicitado por el indicado Oficial Subalterno de Servicios, se encuentra dentro de los alcances de los artículos 50º inciso j) y 62º inciso b) del Decreto Legisla- tivo Nº 745 - Ley de Situación Policial del Personal de laPolicía Nacional del Perú; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Na-cional del Perú, en el Dictamen Nº 0331-2005-DIRRE- HUM-PNP.UNIASJUR de 21ENE2005; Lo propuesto por el General PNP Director de Recur- sos Humanos de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Pasar al Capitán CJ PNP Miguel Ernesto VELASQUEZ CABRERA, de la Situación de Actividad a la de Retiro a su Solicitud, con fecha de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar a las Direcciones de Recur- sos Humanos, Economía y Finanzas y Logística de la Policía Nacional del Perú, para que accionen en el áreade su competencia. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y archívese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FÉLIX MURAZZO CARRILLO Ministro del Interior 02612