Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (12/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 16

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G36/G39/G32/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 12 de febrero de 2005 Artículo 2º.- Dentro de la faja de servidumbre, no podrá construirse obras de cualquier naturaleza ni rea-lizar labores que perturben o enerven el pleno ejerciciode la servidumbre constituida. Artículo 3º.- Luz del Sur S.A.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fin que el área de servidumbre no sufra daño ni perjuicio por causa de la imposición, que- dando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en casode incumplimiento. Artículo 4º.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar perma- nentemente para evitar que en el área afectada por laservidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de construcción que restrinja su ejercicio. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 02080 /G49/G6D/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G64/G75/G6D/G62/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6F/G63/G75/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G62/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G73/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G66/G69/G6E/G69/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G62/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G71/G75/G65/G20/G65/G73/G20/G74/G69/G74/G75/G6C/G61/G72/G20/G4C/G75/G7A/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G75/G72/G20/G53/G2E/G41/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 042-2005-MEM/DM Lima, 31 de enero de 2005VISTO: El Expediente Nº 31153503, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Per- sonas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao,sobre solicitud de imposición de servidumbre de ocupa-ción de bienes públicos, para la instalación de la subes-tación de distribución eléctrica compacta tipo subterrá-nea para Servicio Público de Electricidad Nº 5525; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribu- ción de energía eléctrica en mérito de la Resolución Su-prema Nº 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposición de servidumbre de ocu- pación de bienes públicos para la instalación de la sub-estación de distribución eléctrica compacta tipo subte-rránea para Servicio Público de Electricidad Nº 5525,ubicada en la vereda y berma lateral de la avenida Alfon-so Cobian, MZ. B, Lote 25, urbanización Alfonso Cabían, distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM que figuran en el Expe-diente; Que, admitida a trámite la solicitud de servidumbre, mediante Oficios Nº 145-2004-MEM-DGE y Nº 801-2004-MEM-DGE notificados el 20 de febrero de 2004 y el 13 de agosto de 2004, respectivamente la Dirección General de Electricidad solicitó al Organismo Supervi-sor de la Inversión en Energía (OSINERG) por razonesde seguridad, la realización de una inspección técnicaen la SED Nº 5525, diligencia que se realizó el 27 deagosto de 2004, dando lugar al Informe Técnico Nº 015- 2004/EGT, en el cual se señala que las instalaciones de la indicada SED no obstruyen la fluidez del tránsito vehi-cular ni peatonal, precisando además que la normativi-dad vigente no fija distancias mínimas de seguridad paraeste tipo de subestación; Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del artículo 109º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Conce- siones Eléctricas, los concesionarios están facultados autilizar a título gratuito el suelo, subsuelo y aires de ca-minos públicos, calles, plazas y demás bienes de pro-piedad del Estado o municipal, así como para cruzarríos, puentes, vías férreas, líneas eléctricas y de comu- nicaciones; Que, la petición se encuentra amparada en lo dis- puesto por el artículo 109º y siguientes del Decreto LeyNº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Regla- mento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con losrequisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 298-2004-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER con carácter permanente a favor de la concesión definitiva de distribución de la quees titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupa-ción de bienes públicos para la instalación de la subesta-ción de distribución eléctrica compacta tipo subterráneapara Servicio Público de Electricidad Nº 5525, ubicada en la vereda y berma lateral de la avenida Alfonso Co- bian, MZ. B, Lote 25, urbanización Alfonso Cobian, distri-to de Chaclacayo, provincia y departamento de Lima, deacuerdo a la documentación técnica y los planos pro-porcionados por la empresa, conforme al siguiente cua-dro: Cód. Exp. Descripción de la servidumbre Área de Propie- Tipo de de servi- tario terreno dumbre 31153503 Su bestación de Distribución Suelo, Propiedad Urbano Eléctrica Nº 5525 subsuelo del Estado Ubicación: distrito de Chaclacayo, y aires: (Vía provincia y departamento de Lima. 7,40 m2pública) Coordenadas UTM: VérticeNorte Este A 8 674 870,4216 303 736,5704 B 8 674 871,4326 303 740,1296 C 8 674 873,3565 303 739,5831 D 8 674 872,3325 303 736,0276 Artículo 2º.- Dentro de la faja de servidumbre, no podrá construirse obras de cualquier naturaleza ni rea-lizar labores que perturben o enerven el pleno ejerciciode la servidumbre constituida. Artículo 3º.- Luz del Sur S.A.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fin que el área de servidumbre no sufra daño ni perjuicio por causa de la imposición, que-dando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en casode incumplimiento. Artículo 4º.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar perma- nentemente para evitar que en el área afectada por la servidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de construcción que restrinja su ejercicio. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 02587 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 047-2005-MEM/DM Lima, 31 de enero de 2005 VISTO: El Expediente Nº 31156904, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el AsientoD 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Per- sonas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de imposición de servidumbre de ocupa-ción de bienes públicos, para la instalación de la subes-tación de distribución eléctrica compacta tipo subterrá-nea para Servicio Público de Electricidad Nº 5126; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribu- ción de energía eléctrica en mérito de la Resolución Su-