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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (12/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 23

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G36/G39/G32/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 12 de febrero de 2005 Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Órga-nos No Policiales) determina que revisados todos losactuados, examinadas las pruebas, cumplidas todas lasetapas y procedimientos establecidos dentro de un pro-ceso regular y que el servidor procesado ha ejercido su derecho a la legítima defensa ha desvirtuado los cargos materia del presente Proceso Administrativo Disciplina-rio por lo que ha recomendado por unanimidad se leabsuelva de los cargos imputados; Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior y de confor- midad con la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, Decreto Legis-lativo Nº 276 y el artículo 170º del Reglamento de laCarrera Administrativa aprobado por Decreto SupremoNº 005-90-PCM y el Texto Único Ordenado del DecretoLegislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior aproba- do por Decreto Supremo Nº 003-2004-IN. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Absolver de los cargos imputados al servidor Richard Janio CHAUCA MEZA identificado con DNI Nº 06801506, Técnico en Abogacía II - STA de la Oficina Legal de Asuntos Administrativos de la OficinaGeneral de Administración destacado a la Prefectura deAyacucho de la Dirección General de Gobierno Interiorpor las razones expuestas en la parte considerativa dela presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que la Oficina de Personal archive los actuados relativos al presente Proceso Ad-ministrativo Disciplinario. Regístrese, comuníquese y publíquese. FÉLIX M. MURAZZO CARRILLO Ministro del interior 03033 JUSTICIA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G66/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 083-2005-JUS Lima, 9 de febrero de 2005 Visto el Oficio Nº 148-2005-JUS-PPMJ, de fecha 10 de enero de 2005, de la Procuraduría Pública a cargo delos Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 2757-2004-SUNARP- Z.R.NºIX/GAF, de fecha 16 de noviembre de 2004, se dacuenta a la Jefatura de la Zona Registral Nº IX - SedeLima, de la presentación ante la Agencia Peruana deCooperación Internacional - APCI de un documento su- puestamente falsificado de la Superintendencia Nacio- nal de los Registros Públicos - SUNARP, remitido me-diante Oficio Nº 1275-2004/APCI-GOC; Que, mediante Nº 087-2004-SUNARP-Z.R.Nº IX/ OL, de fecha 1 de diciembre de 2004, la Jefatura de laOficina Legal de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima remitió los respectivos antecedentes del documento supuestamente falsificado con indicios de comisiónde delito, para que se expida la Resolución Ministerialque autorice a la Procuraduría Pública a cargo de losAsuntos Judiciales del Ministerio de Justicia iniciar lasacciones penales contra las personas que resulten responsables por la presunta comisión del delito con- tra la Fe Pública en la modalidad de Falsificación deDocumentos, previsto y penado en el artículo 427º delCódigo Penal;Que, existen indicios razonables que hacen presu- mir la comisión del delito contra la Fe Pública, por lo quecorresponde autorizar al Procurador Público, para queen representación y defensa de los intereses del Estadointerponga las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justiciay el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 del Consejode Defensa Judicial del Estado, modificado por DecretoLey Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, paraque en representación y defensa de los intereses delEstado, interponga las acciones judiciales que correspon- dan contra los que resulten responsables, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa dela presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso al Procurador Público a cargode los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS GAMARRA UGAZ Ministro de Justicia 03123 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 084-2005-JUS Lima, 9 de febrero de 2005 Visto el Oficio Nº 0111-2005-JUS-PPMJ, de fecha 10 de enero de 2005, de la Procuraduría Pública a cargo delos Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 216-2004-SUNARP- Z.R.NºIX/GR-JOI, de fecha 14 de junio de 2004, se dacuenta a la Gerencia Registral de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima, de la presentación de documento supues- tamente falsificado, ingresado mediante la solicitud dereconstrucción de antecedentes de fecha 10 de enerode 2004; Que, mediante Informe Nº 053-2004-SUNARP-Z.R.Nº IX/OL, de fecha 12 de octubre de 2004, la Jefatura de la Oficina Legal de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima remitió los respectivos antecedentes de la referida soli-citud con indicios de comisión de delito, para que seexpida la Resolución Ministerial que autorice a la Procu-raduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales delMinisterio de Justicia iniciar las acciones penales contra las personas que resulten responsables por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública en la modalidadde Falsificación de Documentos, previsto y penado en elartículo 427º del Código Penal; Que, existen indicios razonables que hacen presu- mir la comisión del delito contra la Fe Pública, por lo que corresponde autorizar al Procurador Público, para que en representación y defensa de los intereses del Estadointerponga las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º delDecreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 del Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por DecretoLey Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, paraque en representación y defensa de los intereses delEstado, interponga las acciones judiciales que correspon-