Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2005 (12/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, sabado 12 de febrero de 2005

NORMAS LEGALES

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prema Nº 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposicion de servidumbre de ocupacion de bienes publicos para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta MORDAZA subterranea para Servicio Publico de Electricidad Nº 5126, ubicada en la MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Mz. T, Lote 14, Urbanizacion MORDAZA MORDAZA, distrito de Surquillo, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM que figuran en el Expediente; Que, admitida a tramite la solicitud de servidumbre, mediante Oficios Nº 212-2004-MEM-DGE y Nº 813-2004MEM-DGE notificados el 12 de marzo de 2004, y el 19 de agosto de 2004, respectivamente, la Direccion General de Electricidad solicito al Organismo Supervisor de la Inversion Privada en Energia (OSINERG) por razones de seguridad, la realizacion de una inspeccion tecnica en el area de servidumbre que ocupa la subestacion a que se refiere la presente Resolucion, diligencia que se realizo el 29 de MORDAZA de 2004, cuyo Informe Tecnico Nº 02-07-2004-JSCL fue remitido por el OSINERG a la Direccion General de Electricidad, mediante el Oficio Nº 4090-2004-OSINERG­ GFE, concluyendo que se verifico el traslado del tablero de distribucion de baja tension a la via publica (vereda), asi como se comprobo que la concesionaria subsano las observaciones en cuanto al mejoramiento de las instalaciones propias de la boveda y del transformador de la referida subestacion; Que, cumpliendo con la recomendacion de OSINERG a que se refiere el considerando que antecede, Luz del Sur S.A.A., mediante documento Nº SL-2004-1479, remitio la documentacion tecnico legal a la Direccion General de Electricidad con la modificacion del area de servidumbre y los planos respectivos, solicitando la continuacion del tramite de imposicion de servidumbre para la indicada subestacion; Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del articulo 109º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, los concesionarios estan facultados a utilizar a titulo gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos publicos, calles, plazas y demas bienes de propiedad del Estado o municipal, asi como para cruzar MORDAZA, puentes, vias ferreas, lineas electricas y de comunicaciones; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 109º y siguientes del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 286-2004-DGE-CEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER con caracter permanente a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupacion de bienes publicos para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta MORDAZA subterranea para Servicio Publico de Electricidad Nº 5126, ubicada en la MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Mz. T, lote 14, Urbanizacion MORDAZA MORDAZA, distrito de Surquillo, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Cod. Exp. Descripcion de la servidumbre Area de de servidumbre Propie- MORDAZA de tario terreno

Articulo 2º.- Dentro de la faja de servidumbre, no podra construirse obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Articulo 3º.- Luz del Sur S.A.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin que el area de servidumbre no sufra dano ni perjuicio por causa de la imposicion, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- Luz del Sur S.A.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre o sobre MORDAZA se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energias y Minas 02592

Reconocen servidumbres convencionales de ocupacion de bien a favor de concesiones definitivas de distribucion de las que es titular Luz del Sur S.A.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 043-2005-MEM/DM MORDAZA, 31 de enero de 2005 VISTO: El Expediente Nº 31165404, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona juridica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de la servidumbre de ocupacion de bienes de propiedad particular, indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica convencional de MORDAZA subterranea para Servicio Publico de Electricidad Nº 1433; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de la servidumbre de ocupacion de bienes de propiedad particular indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica convencional de MORDAZA subterranea para Servicio Publico de Electricidad Nº 1433, ubicada en Mz. A, Lote 25, Seccion 3 y 4 de la MORDAZA denominada Las Praderas de Lurin, distrito de Lurin, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio senalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupacion sobre un area de 48,00 metros cuadrados, de propiedad del Centro Industrial Las Praderas de Lurin S.A. para la subestacion de distribucion electrica convencional de MORDAZA subterranea para Servicio Publico de Electricidad Nº 1433, conforme consta en la Escritura Publica de fecha 13 de agosto de 2004, extendida por el Notario de MORDAZA, doctor MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Villaran, cuya MORDAZA obra en el Expediente; Que, el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas, pueden solicitar al Ministerio de Energia y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes;

31156904 Subestacion de Distribucion Electrica Nº 5126 Ubicacion: distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima. Coordenadas UTM: Vertice Norte A B C D 8 8 8 8 660 660 660 660 921,5263 922,4759 921,3536 920,4041 Este 281 281 281 281 384,3498 388,5949 388,8459 384,6008

Suelo, Propiedad MORDAZA subsuelo del Estado y aires: (Via 5,00 m2 publica)

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