Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2005 (12/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, sabado 12 de febrero de 2005 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 045-2005-MEM/DM MORDAZA, 31 de enero de 2005

NORMAS LEGALES
Expediente Descripcion de la servidumbre

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Area de Servidumbre Suelo: 37,50 m2 y sus aires Propie- MORDAZA de tario terreno Inmobiliaria MORDAZA MORDAZA S.A. MORDAZA

VISTO: El Expediente Nº 31162504, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona juridica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de la servidumbre de ocupacion de bienes de propiedad particular, indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 9157; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de la servidumbre de ocupacion de bienes de propiedad particular indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 9157, ubicada en el MORDAZA MORDAZA Nº 1894 esquina con MORDAZA Yauyos Nº 258, distrito de Cercado de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM que figuran en el expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio senalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupacion sobre un area de 37,50 metros cuadrados, de propiedad de Inmobiliaria MORDAZA MORDAZA S.A. para la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 9157, conforme consta en la Escritura Publica de fecha 19 de marzo de 1998, extendida por el Notario de MORDAZA, doctor MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Villaran y Addendum de fecha 2 de noviembre de 2004, cuyas copias obran en el Expediente; Que, el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas, pueden solicitar al Ministerio de Energia y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 002-2005-DGECEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupacion del bien de Inmobiliaria MORDAZA MORDAZA S.A., para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 9157, ubicada en el MORDAZA MORDAZA Nº 1894 esquina con MORDAZA Yauyos Nº 258, distrito de Cercado de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, constituida mediante Escritura Publica de fecha 19 de marzo de 1998, extendida por el Notario de MORDAZA, doctor MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Villaran y Addendum de fecha 2 de noviembre de 2004, en los terminos y condiciones estipulados en las mismas, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:

31162504 Subestacion de Distribucion Electrica Nº 9157 Ubicacion: distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Coordenadas UTM: Vertice Norte A B C D 8 8 8 8 665 665 665 665 962,003 969,414 970,182 962,771 Este 278 278 278 278 220,052 218,900 223,841 224,993

Articulo 2º.- Son de aplicacion a la servidumbre reconocida en el articulo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 02590 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 046-2005-MEM/DM MORDAZA, 31 de enero de 2005 VISTO: El Expediente Nº 31132002, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona juridica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de imposicion de la servidumbre de ocupacion de bienes de propiedad particular, indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 8941; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposicion de la servidumbre de ocupacion de bienes de propiedad particular indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 8941, ubicada en el MORDAZA MORDAZA Cepillini Nº 140, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio senalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupacion sobre un area de 9,00 metros cuadrados, de propiedad de la Sociedad Conyugal conformada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y senora Luz MORDAZA Saldana MORDAZA, para la subestacion de distribucion electrica compacta de MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 8941, conforme consta en el Contrato de Servidumbre de Ocupacion de fecha 22 de octubre de 2004, cuya MORDAZA obra en el Expediente; Que, el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas, pueden solicitar al Ministerio de Energia y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes;

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