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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (12/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 30

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G36/G39/G33/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 12 de febrero de 2005 de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.SILVIA DONGO ARÉVALO Directora Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 03079 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 013-2005-PRODUCE/DNEPP Lima, 17 de enero del 2005Visto el escrito de registro Nº CE-00568003 del 11 de enero del 2005, presentado por el señor GONZALOMARTIN GANOZA GARCIA-ARRESE, en representa-ción de la empresa INVERSIONES NERVION C.A., CONSIDERANDO: Que el inciso c) del artículo 43º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, dispone que las perso-nas naturales o jurídicas requerirán de permiso de pes- ca para la operación de embarcaciones pesqueras de bandera nacional y extranjera. Asimismo, el artículo 47ºde dicha norma establece que las operaciones de em-barcaciones de bandera extranjera en aguas jurisdic-cionales peruanas, sólo podrán efectuarse sobre el ex-cedente de la captura permisible no aprovechada de recursos hidrobiológicos por la flota existente en el país, sujetándose a los términos y condiciones establecidosen la legislación interna sobre preservación y explota-ción de los recursos hidrobiológicos y sobre los procedi-mientos de inspección y control, para lo cual los arma-dores extranjeros deberán acreditar domicilio y repre- sentación legal en el país; Que los artículos 44º y 45º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que el permiso depesca es un derecho específico que el Ministerio dePesquería (actualmente Ministerio de la Producción) otor-ga a plazo determinado para el desarrollo de las activi- dades pesqueras, previo pago de los derechos corres- pondientes; Que el inciso c) del artículo 48º de la referida Ley dispone que la pesca en aguas jurisdiccionales perua-nas podrá llevarse a cabo por embarcaciones de ban-dera extranjera, para la extracción de recursos de opor- tunidad, o altamente migratorios o aquellos otros subex- plotados que determine el Ministerio de Pesquería (ac-tualmente Ministerio de la Producción) mediante el pagode derechos por permiso de pesca; Que mediante Decreto Supremo Nº 032-2003-PRO- DUCE del 4 de noviembre del 2003, se aprobó el Regla- mento de Ordenamiento Pesquero del Atún, establecién- dose en su numeral 7.3 del artículo 7º el monto de losderechos de pesca para las embarcaciones pesquerasatuneras de bandera extranjera en US$. 50.00 (cincuentadólares de los Estados Unidos de América) por cadatonelada de Arqueo Neto, por un período de tres (3) meses; Que mediante el escrito del visto, el señor GONZA- LO MARTIN GANOZA GARCIA-ARRESE en represen-tación de la empresa INVERSIONES NERVION C.A.,solicita permiso de pesca para operar la embarcaciónpesquera denominada “TEMPLARIO”, de bandera ve- nezolana, en la extracción del recurso hidrobiológico atún, con destino al consumo humano directo, dentro de lasaguas jurisdiccionales peruanas, por el período de tresmeses; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, la recurrente acredita que la embarcación pesquera “TEMPLARIO”, cumple con los requisitos sustantivos exigidos en el Reglamento deOrdenamiento Pesquero del Atún aprobado por DecretoSupremo Nº 032-2003-PRODUCE así como los requisi-tos exigidos en el procedimiento Nº 8 del Texto Único deProcedimientos Administrativos del Ministerio de la Pro- ducción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, por lo que resultaría procedente otorgar el permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano de la Dirección Nacional de Extracción y Pro-cesamiento Pesquero del Ministerio de la Producciónmediante Informe Nº 09-2005-PRODUCE/DNEPP-Dch, y con la opinión favorable de la Oficina General de Ase- soría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y su Reglamento, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Regla-mento de Ordenamiento Pesquero del Atún, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE; el pro- cedimiento Nº 8 del Texto Único de Procedimientos Ad-ministrativos del Ministerio de la Producción, aprobadopor Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el literal c) del artículo 21º del Reglamento de Organizacióny Funciones del Ministerio de la Producción, aprobadopor Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa INVERSIONES NERVION C.A., representada en el país por el señorGONZALO MARTIN GANOZA GARCIA-ARRESE, per-miso de pesca para operar la embarcación pesquera de cerco de bandera venezolana, denominada “TEMPLA- RIO”, cuyas características se detallan en el siguientecuadro, para la extracción del recurso hidrobiológico atúny especies afines, en aguas jurisdiccionales peruanasfuera de las diez (10) millas de la costa, con destino alconsumo humano directo, equipada con redes de cerco de 41/4 pulgadas de longitud de abertura de malla, por un plazo determinado de tres (3) meses, contados apartir de la vigencia de la presente resolución. NOMBRE DE LA MA TRÍCULA ARQUEO CAP . BOD. T AMAÑO DE SIST. DE EMBARCACIÓN NETO (m3) MALLA PRESERV. “ TEMPLARIO” APNN-7362 373 1138.00 41/4” RSW Artículo 2º.- El permiso de pesca a que se refiere el artículo anterior, caducará automáticamente al vencer el plazo establecido en el citado artículo, por el cumpli-miento de la cuota de esfuerzo pesquero que fije el Mi-nisterio de la Producción para la temporada de pesca. Elpermiso de pesca otorgado mediante la presente reso-lución, podrá ser renovado automáticamente por un pe- ríodo igual con el pago de los correspondientes dere- chos de pesca, siempre que se mantenga la vigencia delos requisitos presentados para la obtención del permisode pesca, conforme a lo establecido en el numeral 7.3del artículo 7º del Reglamento de Ordenamiento Pes-quero del Atún, aprobado por Decreto Supremo Nº 032- 2003-PRODUCE. Artículo 3º.- Las operaciones que se autorizan a través de la presente resolución, están sujetas a lasdisposiciones establecidas en el Reglamento de Orde-namiento Pesquero del Atún, aprobado por Decreto Su-premo Nº 032-2003-PRODUCE, así como a las normas sobre sanidad y medio ambiente; y demás que le sean aplicables. Artículo 4º .- El inicio de las operaciones de pesca de la embarcación pesquera a que se refiere el artículo 1ºde la presente Resolución Directoral, está condicionadoa llevar a bordo a un Observador de la Comisión Interna- cional del Atún Tropical (CIAT) encargado de efectuar las investigaciones científicas y apoyo en el control delas operaciones de pesca, conforme a lo establecido enel numeral 9.1 del artículo 9º del Reglamento de Ordena-miento Pesquero del Atún, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 032-2003-PRODUCE. Artículo 5º.- El armador propietario de la embarca- ción materia del presente procedimiento, deberá contra-tar como mínimo el 30% de tripulantes peruanos, suje-tándose al cumplimiento de las disposiciones que lesfueran aplicables, conforme a la legislación nacional, deacuerdo a lo dispuesto en el numeral 9.4 del artículo 9º del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún,