Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2005 (23/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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Capitan Tecnico de 1ra. Tecnico de 1ra.

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 23 de febrero de 2005

FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA FAP CHUFANDAMA MORDAZA MORDAZA Roger.

Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes (Ida y Retorno): US$ 1,900.00 x 6 Personas Viaticos: US$ 260.00 x 15 dias x 6 Personas Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto: US$ 28.24 x 6 Personas. Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la comision, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- El citado Personal, debera dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y la Cuarta disposicion Final del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG de fecha 26 de enero del 2004. Articulo 5º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 04123

se invoca de manera referencial la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, Decreto Supremo Nº 0472002-PCM de fecha 5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio del 2004, que regulan los conceptos que debe percibir el Personal Militar de las Fuerzas Armadas que viaja al Extranjero en Tratamiento Medico Altamente Especializado y Decreto de Urgencia Nº 015-2004 de fecha 23 de diciembre del 2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar con caracter excepcional el viaje al exterior del Capitan de Navio (r) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, CIP 09715460, a la MORDAZA de Atlanta, MORDAZA ESTADOS UNIDOS DE MORDAZA, con eficacia anticipada del 8 al 11 de noviembre del 2004, a fin que reciba Tratamiento Medico Altamente Especializado en el Custom Ocular Prosthetics y Emory Clinic Inc. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara el pago que corresponda al viaje, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: MORDAZA - Atlanta, MORDAZA (EE.UU.) - MORDAZA US$ 946.78 x 1 persona Viaticos: US$ 220.00 x 4 dias x 1 persona Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto: US$ 28.24 x 1 persona (Peru) Articulo 3º.- Los gastos de tratamiento medico, medicinas y hospitalizacion seran sufragados por la Direccion de Salud y Centro Medico MORDAZA "Cirujano Mayor MORDAZA Tavara". Articulo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio o termino de la autorizacion, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 5º.- El citado Oficial Superior debera cumplir con lo dispuesto en el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 04124

Autorizan viaje de oficial de la MORDAZA a EE.UU. para recibir tratamiento medico altamente especializado
RESOLUCION SUPREMA Nº 152-2005-DE/MGP
MORDAZA, 21 de febrero de 2005 Visto el Oficio S.200-5586 de fecha 23 de agosto del 2004 y documento de fecha 24 de setiembre del 2004, ambos del Director de Salud y Centro Medico MORDAZA "Cirujano Mayor MORDAZA Tavara"; CONSIDERANDO: Que, mediante los documentos del visto el Director de Salud y Centro Medico MORDAZA "Cirujano Mayor MORDAZA Tavara", recomienda el viaje del Capitan de Navio (r) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la MORDAZA de Atlanta, MORDAZA ESTADOS UNIDOS DE MORDAZA, a fin que asista los dias 9 y 10 de noviembre del 2004, a su cita programada para control Postoperatorio, por recomendacion de los medicos tratantes del Custom Ocular Prosthetics y Emory Clinic Inc. de dicho pais; Que, el presente caso debe tratarse de modo excepcional dado los antecedentes del mal que padece el Oficial Superior en retiro y que segun los especialistas debe ser realizado en el extranjero; mas aun si la intervencion quirurgica altamente especializada se efectuo en el extranjero; Que, el Articulo 17º inciso 17.1 de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, establece la posibilidad que los efectos de un acto o resolucion administrativa MORDAZA aplicados de modo anticipado a hechos administrativos anteriores a su vigencia; Que, a fin de establecer los conceptos que se deban abonar al citado Oficial Superior en Situacion de Retiro, en forma excepcional por las caracteristicas del presente caso,

Dejan sin efecto la R.J. Nº 019-2003IGN/J de fecha 7 de MORDAZA del 2003
RESOLUCION JEFATURAL Nº 006-2005-IGN/OAL/J
Surquillo, 26 de enero del 2005 VISTO, la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica de 3 de agosto del 2002 y modificatoria. CONSIDERANDO: Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM en concordancia con su reglamento, establece disposiciones apli-

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