Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2005 (23/02/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 23 de febrero de 2005

dos profesionales extranjeros de Canada, Estados Unidos, MORDAZA, MORDAZA y Brasil; Que, tiene como proposito promover el intercambio cientifico, exponer y discutir los avances mas recientes en el ambito de la especialidad cardiologica; De conformidad con los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2001-RE, de 3 de enero de 2001 y el inciso m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 29 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Oficializar el "XX Congreso Peruano de Cardiologia", que se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, del 27 al 30 de MORDAZA de 2005. Articulo Segundo.- La presente Resolucion no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 04101

SALUD
Aprueban Reglamento de la Ley Nº 27932, Ley que prohibe el uso de la sustancia quimica bromato de potasio en la elaboracion del pan y otros productos alimenticios destinados al consumo humano
DECRETO SUPREMO Nº 003-2005-SA
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al articulo 65º de la Constitucion Politica del Peru corresponde al Estado defender los intereses de los consumidores y usuarios, asi como velar por la salud y la seguridad de la poblacion; Que, la Ley Nº 27932 prohibe el uso de la sustancia quimica bromato de potasio en la elaboracion de pan y otros productos alimenticios destinados al consumo humano por constituir riesgo para la salud de las personas que consumen alimentos con esta sustancia quimica; Que, es necesario dictar las disposiciones reglamentarias conforme lo senala la referida Ley, que permitan a las autoridades administrativas dentro de sus respectivas competencias, realizar las acciones de control, adoptar las medidas preventivas y correctivas que correspondan y aplicar los procedimientos tecnicos y administrativos necesarios, con la finalidad de controlar eficazmente que la sustancia quimica bromato de potasio en sus diferentes presentaciones y denominaciones, no sea utilizada en la elaboracion del pan y otros alimentos de consumo humano; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica y la Ley Nº 27932; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebese el Reglamento de la Ley Nº 27932 - Ley que prohibe el uso de la sustancia quimica bromato de potasio en la elaboracion del pan y otros productos alimenticios destinados para el consumo humano, que consta de Cuatro (4) Capitulos, Dieciocho (18) Articulos, Tres (3) Disposiciones Finales y Dos (2) Anexos, que forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Deroguense las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en el presente Reglamento. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Salud. Dado en la MORDAZA de Gobierno, a los doce dias del mes de enero del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud REGLAMENTO DE LA LEY Nº 27932- LEY QUE PROHIBE EL USO DE LA SUSTANCIA QUIMICA BROMATO DE POTASIO EN LA ELABORACION DE PAN Y OTROS PRODUCTOS ALIMENTICIOS DESTINADOS AL CONSUMO HUMANO CAPITULO I GENERALIDADES Articulo 1º.- Objeto El presente Reglamento establece los requerimientos y medidas sanitarias preventivas, correctivas, de vigilancia y control, para la debida aplicacion de la Ley Nº 27932.

Oficializan el II Curso Internacional "Diseno, Armado y Operatividad de Palangres" que se realizara en la MORDAZA de Paita
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0138-2005-RE
MORDAZA, 22 de febrero de 2005 Visto el Oficio Nº 124-2005-PRODUCE/SG, mediante el cual el Secretario General del Ministerio de la Produccion, solicita la oficializacion del II Curso Internacional "Diseno Armado y Operatividad de Palangres", que se llevara a cabo en la MORDAZA de Paita (Piura) del 7 de febrero al 9 de marzo del 2005. CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA del convenio de Cooperacion Tecnica suscrito por los Gobiernos de Peru y Japon, y el acta de discusiones del 24 de noviembre de 2003, sostenida entre el Representante Residente de la Oficina en el Peru Agencia de Cooperacion Internacional del Japon (JICA) y las autoridades concernientes del Gobierno del Peru, se programo el II Curso Internacional "Diseno, Armado y Operatividad de Palangres", a realizarse en la MORDAZA de Paita (Piura), del 7 de febrero al 9 de marzo del 2005, el cual esta siendo organizado por el Director Ejecutivo del Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita (CEP- Paita); Que, el citado Curso Internacional permitira mejorar las tecnicas y herramientas utilizadas por los pescadores artesanales de los paises de Centro y Sudamerica, difundiendo conocimientos e introduciendo tecnicas de pesca altamente selectivo sobre diseno, armado y operatividad de los diferentes tipos de palangres; Que, permitira enriquecer el conocimiento en la pesca artesanal, de tal forma que contribuya de manera significativa al desarrollo de ese sector; De conformidad con los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2001-RE, de 3 de enero de 2001 y el inciso m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112. Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores de 29 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Oficializar el II Curso Internacional "Diseno, Armado y Operatividad de Palangres", que se llevara a cabo en la MORDAZA de Paita (Piura) del 7 de febrero al 9 de marzo del 2005. Articulo Segundo.- La presente Resolucion no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 04102

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