Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2005 (25/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 109

MORDAZA, viernes 25 de febrero de 2005 POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

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El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, en ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9 de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD, y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta, la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Modifiquese el primer parrafo del articulo 14º de la Ordenanza Nº 137-MDMM publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 12 de setiembre de 2003, modificada por la Ordenanza Nº 177-MDMM con fecha de publicacion 24 de diciembre de 2004; quedando redactado de la siguiente manera: "Los establecimientos que realizan actividades como sapos, billares, bochas, bowling, bares, cantinas, boites, discotecas, salsodromos, salones de baile, licorerias, hipodromos, coliseos de gallos, retransmisiones de carreras de caballos, canes, telepodromos o eventos deportivos donde se apueste, hoteles, hostales y otros locales de hospedaje, juegos electronicos, pimballs, casinos y similares, no pueden instalarse a menos de seiscientos (600) metros radiales de: ... :" Articulo Segundo.- Dejese sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 04169

por lo que, resulta necesario establecer que para el otorgamiento de la Licencia de Obra de edificaciones destinadas a usos y actividades economicas, comerciales, profesionales o de servicios, se debera observar que la actividad a realizarse se encuentre permitida y cumpla con las disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 137-MDMM, sus normas modificatorias y complementarias; de lo contrario la solicitud de licencia de obra sera declarada improcedente; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD, y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Disponer que en la jurisdiccion de MORDAZA MORDAZA no se otorgara Licencia de Obra para edificaciones nuevas, remodelaciones, ampliaciones, modificaciones, reparaciones, refacciones, acondicionamientos, puestas en valor, cercados, demoliciones, regularizaciones, etc. destinadas a actividades economicas, comerciales, profesionales o de servicios que no se encuentren permitidas de acuerdo a la reglamentacion, restricciones y prohibiciones previstas en la Ordenanza Nº 137-MDMM, sus modificatorias, indice de uso y demas normas municipales pertinentes. Articulo Segundo.- Encarguese a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras la aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza sera de aplicacion obligatoria a todos los proyectos y anteproyectos que se presenten a partir de su entrada en vigencia asi como para aquellos que a dicha fecha se encuentren en tramite. Articulo Cuarto.- Deroguense las normas que se opongan a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 04170

Establecen disposiciones para el tramite de aprobacion de anteproyecto y otorgamiento de licencias de obras para edificaciones destinadas a actividades economicas, que no esten permitidas por la Ordenanza Nº 137-MDMM
ORDENANZA Nº 186-MDMM MORDAZA MORDAZA, 21 de febrero de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680, las municipalidades son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 3.6.2 del articulo 79º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, entre las funciones especificas exclusivas que ejercen las municipalidades distritales, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, se encuentra entre otras, el normar, regular, y otorgar autorizaciones de construccion, remodelacion o demolicion de inmueble y declaratoria de fabrica; Que, mediante la Ordenanza Nº 137-MDMM y sus modificatorias se ha normado el otorgamiento de Licencia de Apertura de Establecimientos en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA del Mar; estableciendose en su reglamentacion ciertas restricciones y prohibiciones por razones de ubicacion, giro y/o uso para el funcionamiento de determinadas actividades economicas, comerciales, profesionales o de servicios; Que, siendo ello asi los anteproyectos y proyectos para la obtencion de la licencia de obra sobre edificaciones que MORDAZA destinadas a tales actividades deberan ajustarse a las disposiciones de la citada Ordenanza

Establecen areas netas minimas por vivienda en edificaciones multifamiliares y conjuntos residenciales de los Sectores III y IV del distrito
ORDENANZA Nº 188-MDMM MORDAZA MORDAZA, 21 de febrero de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680, las municipalidades son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 3.6.2 del articulo 79º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, entre las funciones especificas exclusivas que ejercen las municipalidades distritales, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, se encuentra entre otras, el normar, regular, y otorgar autorizaciones de construccion, remodelacion o demolicion de inmueble y declaratoria de fabrica; Que, mediante el Informe Nº 014-05-GDUO-MDMM emitido con fecha 17 de febrero de 2005, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras considera oportuno y conveniente establecer topes normativos en la densi-

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