Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2005 (25/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 107

MORDAZA, viernes 25 de febrero de 2005

NORMAS LEGALES

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Articulo 28º.- Las autorizaciones se otorgaran con Resolucion de la Gerencia de Desarrollo Economico y Social. Articulo 29º.- Los trabajadores ambulantes deberan cumplir con la presente Ordenanza, caso contrario seran sancionados de conformidad con el regimen de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad. Articulo 30º.- Para efectos del control y supervision del comercio ambulatorio, cada trabajador ambulante esta obligado a exhibir en forma visible su credencial y su respectiva autorizacion municipal. Articulo 31º.- Corresponde a los organos de la Administracion: a. La aplicacion de la presente Ordenanza, su Reglamento y demas normas municipales. b. El empadronamiento y actualizacion de padrones, recibiendo y controlando las Declaraciones Juradas de los trabajadores ambulantes. c. El control estricto del uso del espacio fisico asi asignado a cada uno de los trabajadores ambulantes. d. Controlar la permanencia del conductor acreditado en el padron, como Titular de su ubicacion, desconociendose el traspaso u otras modalidades. e. Controlar el mantenimiento, conservacion y limpieza de las ubicaciones de trabajo autorizado. f. Conceder permiso al Titular en caso de enfermedad comprobada. g. El cumplimiento del horario establecido. h. Ejercer estricto control para evitar que pernocten en la via publica los modulos, mercaderia y otros elementos. i. Monitorear y evaluar la labor de los organos municipales involucrados. TITULO VII DE LAS SANCIONES Articulo 32º.- El incumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente MORDAZA MORDAZA lugar a la imposicion de las sanciones contempladas en la Ordenanza que aprueba la tipificacion de infracciones administrativas, el reglamento de aplicacion de sanciones administrativas y cuadro de infracciones y sanciones administrativas de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, aprobada por Ordenanza Nº 130-MJM de 15 de diciembre de 2003, publicada en el Diario Oficial El Peruano de fecha 11 de enero de 2004 y sus modificatorias. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- La Municipalidad de MORDAZA MORDAZA implementara la incorporacion preferencial de los trabajadores ambulantes a los programas municipales de comercializacion formal, de promocion, capacitacion y de asistencia tecnica que se desarrollen. Segunda.- Todos aquellos trabajadores ambulantes que cuenten con kioscos y/o modulos dentro de areas privadas, areas verdes, zonas rigidas y/o restringidas; tendran un plazo de 120 dias para acogerse a la presente Ordenanza. Tercera.- Mediante Decreto de Alcaldia se reglamentara la presente Ordenanza y se emitiran las disposiciones que se considere pertinente. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Deroguese las normas que a continuacion se detallan y todas aquellas que se opongan a la presente Ordenanza: Resolucion de Alcaldia Nº 296-96-MJM. Decreto de Alcaldia Nº 08-99-MJM. Ordenanza Nº 42-00-MJM. Ordenanza Nº 59-01-MJM. Decreto de Alcaldia Nº 015-01-MJM. Ordenanza Nº 74-02-MJM. Ordenanza Nº 111-03-MJM. Ordenanza Nº 140-04-MJM. Ordenanza Nº 160-04-MJM.

Prorrogan plazo para MORDAZA de solicitud de acogimiento al beneficio de tasa social para el pago de arbitrios en el ejercicio 2005
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2005-MJM MORDAZA MORDAZA, 11 de febrero de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 165-MJM de fecha 18 de enero del 2005 se fija el monto por derecho de emision mecanizada, tasa social e incentivos por pago oportuno de arbitrios municipales para el ejercicio 2005; Que, el articulo MORDAZA de la citada Ordenanza, aprueba la tasa social para el ejercicio 2005, estableciendose en su MORDAZA parrafo, que los contribuyentes que deseen acogerse al beneficio de la tasa social por primera vez, podran presentar su solicitud con la documentacion requerida, hasta el 31 de enero del 2005; Que, el articulo MORDAZA senala que, mediante Decreto de Alcaldia se dictaran las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza; Que, a efecto de otorgar mayores facilidades a los contribuyentes del distrito de MORDAZA MORDAZA, que presenten por primera vez su solicitud de acogimiento al beneficio de la tasa social para el ejercicio 2005; es necesario ampliar el plazo de su presentacion; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del Art. 20º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972; SE DECRETA: Articulo Primero.- Prorrogar el plazo de vencimiento para la MORDAZA de la solicitud de acogimiento con la documentacion requerida, al beneficio de la tasa social para el ejercicio del 2005, para los contribuyentes que soliciten dicho beneficio por primera vez, hasta el 28 de febrero del 2005. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y a la Unidad de Informatica el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA CLAEYSSEN MORDAZA 04167

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Exoneran de pago de derechos por apertura del pliego matrimonial y por celebracion matrimonial para la realizacion del Matrimonio Civil Comunitario 2005
ORDENANZA Nº 132-MDL Lince, 9 de febrero del 2005 VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 003-2005-CAL-CEA-MDL de las Comisiones de Asuntos Legales y de Economia y Administracion, sobre exoneracion del pago de derechos de apertura del Pliego Matrimonial y por celebracion matrimonial para la realizacion del Matrimonio Civil Comunitario 2005; CONSIDERANDO: Que los derechos de pago por apertura del Pliego Matrimonial y por celebracion matrimonial se encuen-

POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA CLAEYSSEN MORDAZA 04165

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