TEXTO PAGINA: 102
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G37/G39/G36/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 25 de febrero de 2005 POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los siete días del mes de febrero del año dos mil cinco. CESAR TRELLES LARA Presidente del Gobierno Regional Piura 04134 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G61/G72/GE1/G6D/G65/G74/G72/G6F/G73/G20/G55/G72/G62/G61/G6E/GED/G73/G74/G69/G63/G6F/G73/G20/G79 /G45/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G74/G6F/G72/G69/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G49/G6E/G73/G74/G61/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G50/G6C/G61/G6E/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G76/G69/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G73/G20/G56/G65/G68/G69/G2D/G63/G75/G6C/G61/G72/G65/G73/G20/G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/GE1/G6D/G62/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 017 Lima, 22 de febrero de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA CONSIDERANDO: Que, según la Resolución Nº 182-85/MML-AM-SMDU de fecha 8.10.1995, que aprueba la Actualización del Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urba- nas, no se contempla la referida a “Plantas destinadas alas Revisiones Técnicas Vehiculares”, resultando nece- sario integrar esta nueva actividad al Índice de Usos; Que, de acuerdo al Índice de Ubicación de Activida- des Urbanas y el Cuadro de Niveles Operacionales para fines industriales, aprobado por Resolución Ministerial Nº 289-79-VC-5500, no se considera este tipo de activi-dad; Que, por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC publi- cado el 3.3.04, que aprueba el Reglamento Nacional deAdministración de Transportes, en su Cuarta Disposi- ción Transitoria se declara en suspenso la exigencia del Certificado de Revisión Técnica para los vehículos quepresten todo tipo de servicio de transporte, hasta la im- plementación de las Revisiones Técnicas Vehiculares; Que, de acuerdo a la Ley Nº 27972 publicada el 26.5.03, se aprueba la Ley Orgánica de Municipalida- des, la que en su Título XIII, Capítulo IV, Numeral 7, Ítem 7.6, señala como competencia y función especial de estaCorporación Edil la verificación y el control en el funcio- namiento de los vehículos automotores a través de las revisiones técnicas periódicas; Que, mediante la Ordenanza Nº 506-MML publicada el 9.6.03, se dispone que los Vehículos Automotores que circulan en la provincia de Lima deberán aprobar la Re-visión Técnica, indicando para ello en su artículo 11º que los procedimientos relacionados a las Revisiones Técni- cas serán regulados por la Municipalidad Metropolitanade Lima; Que, por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, publi- cado el 12.10.03 y su modificatoria el Decreto SupremoNº 002-2005-MTC, publicado el 22.1.05, se aprueba el Reglamento Nacional de Vehículos, en cuyo Anexo I se establece una clasificación vehicular según sus carac-terísticas operacionales; Que, el Reglamento Nacional de Construcciones no considera los Parámetros Edificatorios para este tipo deinfraestructura; Que, a través de la Resolución Directoral Nº 3422- 2004-MTC/15, de fecha 20.8.04 se aprueba la “Tabla deInfraestructura y Equipamiento Mínimos para Plantas de Revisiones Técnicas Vehiculares”; Que, la Tercera Disposición Transitoria de la Orde- nanza Nº 694-MML, publicada el 19.9.04, establece un plazo de 60 días calendario, a partir de la puesta envigencia de la misma, para que la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano actualice el Reglamento de Zonifica- ción de la provincia de Lima con la inclusión de los nue-vos parámetros urbanos y edificatorios correspondien- tes a la Plantas de Revisiones Técnicas Vehiculares; DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar los Parámetros Urba- nísticos y Edificatorios para la Instalación de las Plan- tas de Revisiones Técnicas Vehiculares, aplicable enel ámbito de la provincia de Lima, contenidos en el Anexo 1. Artículo Segundo.- Incluir esta actividad económi- ca dentro del Índice de Usos para la Ubicación de Activi- dades Urbanas. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de LimaEncargado de la Alcaldía ANEXO 1 PARÁMETROS URBANÍSTICOS Y EDIFICATORIOS PARA LA INSTALACIÓN DE LAS PLANTAS DE REVISIONES TÉCNICAS VEHICULARES TÍTULO I Artículo 1º.- Finalidad El presente tiene por finalidad determinar un conjunto de parámetros urbanos y edificatorios que permitan la adecuada ubicación, estructuración y funcionamiento delas Plantas de Revisiones Técnicas Vehiculares, logran- do de esta manera que dicho servicio se brinde en ópti- mas condiciones. Artículo 2º.- Definiciones a. Plantas de Revisiones Técnicas: Son Centros de Servicio Autorizados por la Municipalidad Metropoli- tana de Lima para la Inspección Técnica de los Vehícu-los, los que están constituidos por la infraestructura, equipos y personal, especialmente preparados para rea- lizar el proceso de Revisiones Técnicas, de acuerdo a loespecificado en la presente norma y en la Ordenanza Nº 694. De acuerdo al número de Líneas de Revisiones Téc- nicas con que cuentan, pueden ser de dos tipos: - Plantas Principales u Obligatorias.- Son aquellas que tienen como mínimo 10 líneas de revisiones técni- cas. Éstas podrán ser hasta 3 Plantas en total, ubicadas en cada una de las Macrozonas que se describen másadelante, a una distancia mínima entre planta y planta de 10 Km., destinado a la revisión de vehículos pesados, livianos y menores. - Plantas Secundarias o Complementarias.- Son aquellas que tienen hasta dos líneas de revisiones técni-cas. Están destinadas a la revisión de vehículos livianos y menores. b. Revisiones Técnicas Vehiculares: Es el procedi- miento a cargo de la Sociedad Concesionaria, a través del cual se evalúa y verifica que las condiciones técni-cas de todos los vehículos que transiten u operen en la provincia de Lima, no afecten negativamente la seguri- dad del vehículo, el tránsito terrestre, el medio ambienteo incumplan con las exigencias técnicas establecidas en los Reglamentos Nacionales.