Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE FEBRERO DEL AÑO 2005 (25/02/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 104

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G37/G39/G36/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 25 de febrero de 2005 - 2 Líneas para vehículos pesados - 1 Línea para vehículos menores (motos y moto- taxis)  Área del Patio de Maniobras y Circuito de Eva- cuación: Esta área deberá ser no menor del 60% del área total del terreno.  Altura Máxima: 2 pisos.  Estacionamiento: 3 plazas por cada Línea de Revisión Técnica de espera para el inicio del proceso de Revisión.  Estacionamiento General: Mínimo 16 plazas. Artículo 13º.- Para las Plantas Secundarias o Complementarias:  Lote Normativo: El área mínima del terreno: 2,500.00 m2.  Frente Mínimo: No menor de 40.00 m.  Número de Líneas de Revisiones Técnicas: 2 líneas, las que se distribuirán de la siguiente manera: - 2 Líneas para vehículos livianos y/o menores.  Área del Patio de Maniobras y Circuito de Eva- cuación: Esta área deberá ser no menor del 60% del área total del terreno.  Altura Máxima: 2 pisos.  Estacionamiento: 3 plazas por cada Línea de Revisión Técnica de espera para el inicio del proceso de Revisión.  Estacionamiento General: Mínimo 4 plazas. 04291 MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G20/G65/G6C/G20/G70/G69/G6E/G2D /G74/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G66/G61/G63/G68/G61/G64/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G50/G6C/G61/G2D/G7A/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 166-MJM Jesús María, 11 de febrero de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA POR CUANTO:El Concejo Distrital de Jesús María en Sesión Ordi- naria de la fecha, visto el dictamen Nº 01-2005-MJM-CDUV de la Comisión de Desarrollo Urbano y Vial; con el voto UNÁNIME de sus miembros, y con dispensa del trámite de aprobación de Acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL PINTADO DE FACHADAS DE INMUEBLES Y PLAZAS DEL DISTRITO DE JESÚS MARÍA Artículo Primero.- Disponer el pintado en forma pe- riódica de fachadas de viviendas y locales públicos y privados en el distrito de Jesús María. Artículo Segundo.- Disponer el pintado de la Plaza de San José y Plaza Cáceres del distrito de Jesús María. Artículo Tercero.- Las fachadas de los inmuebles tanto de unidades de propiedad exclusiva como de pro- piedad común sujetos al régimen de bienes comunes, deberán conservar la uniformidad en el color.Artículo Cuarto.- Las fachadas de los inmuebles que se encuentren ubicados en las vías y en el perímetro deplazas y parques deberán uniformizar su presentación, debiendo pintarse las mismas de acuerdo a carta de co- lores adjunta en el apéndice de la presente ordenanza. Artículo Quinto.- Las puertas, ventanas, balcones, escaleras exteriores, rejas y otros elementos externos a las paredes de las fachadas podrán pintarse de uncolor diferente siempre que guarden correspondencia con el color de la fachada del inmueble y su entorno, debiendo en todo caso respetar los colores consigna-dos en el apéndice de la presente ordenanza. Artículo Sexto.- El incumplimiento a las disposicio- nes de la presente ordenanza conlleva a la imposiciónde la sanción contemplada en el código 04-404 del Cua- dro de Infracciones y Sanciones Administrativas, apro- bado por Ordenanza Nº 130-MJM. Artículo Sétimo.- La presente ordenanza será puesta en conocimiento a través de un proceso especial de comu- nicación encargado a la Gerencia de Comunicaciones, indi-cando el número de ordenanza y su fecha de publicación, así como el libre acceso al texto de la norma en el portal electrónico y en cualquier dependencia de la Municipalidad. Artículo Octavo.- Encargar el fiel cumplimiento de la presente Ordenanza a la División de Control Urbano, Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gerencia de Co-municaciones en lo pertinente. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- El plazo de adecuación a lo establecido en la presente ordenanza será de dos (2) meses a partir del día siguiente de su publicación, transcurridos los cuales será obligatorio el cumplimiento de la misma, yserán aplicables las sanciones pertinentes. Segunda.- Por razones de carencia económica debi- damente constatada se podrá otorgar plazos excepcio-nales de regularización para el cumplimiento de lo dis- puesto en la presente ordenanza, los mismos que no podrán ser menores a un mes ni mayores de tres meses. POR LO TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. CARLOS BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 04164 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G6D/G61/G72/G63/G6F/G20/G71/G75/G65/G20/G72/G65/G67/G75/G2D /G6C/G61/G20/G6C/G61/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G64/G61/G20/G65/G6E/G6C/G61/G20/G76/GED/G61/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 167-MJM Jesús María, 11 de febrero de 2005EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA POR CUANTO: El Concejo Distrital de Jesús María en Sesión Ordi- naria de la fecha, visto el Dictamen Nº 01-2005-MJM-CBSCCPE de la Comisión de Bienestar, Servicios Co- munales, Comercialización y Promoción Empresarial; con el voto UNÁNIME de sus miembros, salvo en el ArtículoTercero, y con dispensa del trámite de aprobación de Acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA MARCO QUE REGULA LA ACTIVIDAD COMERCIAL EJERCIDA EN LA VÍA PÚBLICA EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE JESÚS MARÍA TÍTULO I DE LOS FINES Y ALCANCES Artículo 1º.- Mediante la presente Ordenanza se norma las actividades del comercio en la vía pública dentro del ámbito jurisdiccional del distrito de Jesús Ma-