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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G36/G36/G30/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 13 de julio de 2005 encargar a la gerencia de Secretaría General su publi- cación. POR TANTO MANDO:Se registre, publique, comunique y cumpla.YURI VILELA SEMINARIO Alcalde 12379 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G50/G61/G67/G6F/G20/G64/G65 /G64/G65/G75/G64/G61/G20 /G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20 /G70/G72/G65/G73/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65 /G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 015-2005-MDI Independencia, 30 de junio de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo II del Título Pre- liminar y los artículos 9º, 55º y 69º de la Ley Orgánica deMunicipalidades, Ley Nº 27972, concordante con losartículos 194º, 195º y 196º de la Constitución Política delPerú, los gobiernos locales gozan de autonomía política,económica y administrativa en los asuntos de su com-petencia, y son competentes para administrar sus bie-nes y rentas, crear, modificar y suprimir contribuciones,tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, con-forme a ley. Que, los artículos 68º y 70º del TUO de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante D. S.Nº 156-2004-EF, establecen que las tasas municipa-les son tributos creados por los Concejos Municipa-les, cuya obligación tiene como hecho generador laprestación efectiva por la municipalidad de un servi-cio público o administrativo, no pudiendo exceder sucosto de la prestación del servicio y su rendimientoserá destinado exclusivamente al financiamiento delmismo. Que, conforme al artículo 60º del TUO de la Ley de Tributación Municipal, y del numeral 9) del artículo 9º dela Ley Orgánica de Municipalidades, la modificación delas tasas, arbitrios, licencias o derechos municipales esaprobada por el concejo municipal, no existiendo ningu-na limitación legal para su extinción. Que, mediante Ordenanza Nº 092-MDI publicado con fecha 23 de mayo de 2005, se ha dispuesto la creacióndel Sistema de Pago de la Deuda mediante prestaciónde Servicios, SPDS, por el cual los contribuyentes quemantengan deudas por Arbitrios Municipales y Multasadministrativas generados por años anteriores al perío-do fiscal vigente, podrán efectuar su cancelación a tra-vés de la ejecución de servicios a favor de la Municipa-lidad de Independencia. Que, el pago de arbitrios municipales adeudados me- diante la prestación de servicios es la forma de cancela-ción aprobada, el mismo que no está sujeto al destinoque fija el artículo 70º del TUO de la Ley de TributaciónMunicipal, debido a que la Municipalidad, con recursosprovenientes de otras fuentes viene financiando la pres-tación de los servicios de limpieza pública, parques yjardines y serenazgo. De conformidad con lo dispuesto por el numeral 6) de los artículos 20º y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánicade Municipalidades, y con cargo a dar cuenta al ConcejoMunicipal: SE DECRETA:Artículo Único.- Aprobar el “Reglamento para el Pago de la deuda mediante prestación de Servicios” elmismo que consta de 12 artículos y 4 disposiciones com-plementarias, cuyo texto forma parte integrante del pre- sente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase.YURI VILELA SEMINARIO Alcalde REGLAMENTO PARA EL PAGO DE LA DEUDA MEDIANTE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Artículo 1.- Finalidad El presente reglamento establece el procedimien- to, requisitos, modalidad y plazos para el pago de ladeuda mediante la prestación de servicios públi-cos. Artículo 2.- Definiciones Para el presente Reglamento se tendrá en cuenta lo siguiente: a. Ordenanza.- Ordenanza Nº 092-MDI, publicada el 23 de mayo de 2005. b. Contribuyente.- Propietario o poseedor de un in- mueble ubicado en la jurisdicción del distrito de Indepen-dencia. c. Deuda.- Arbitrios Municipales y Multas Administra- tivas de los períodos anteriores al período fiscal vigente,intereses, reajuste, gastos y costas que se hubierangenerado, adeudados a la Municipalidad de Indepen-dencia. d. Servicios.- Los establecidos en el artículo 4º del presente Reglamento. e. MDI.- Municipalidad Distrital de Independencia.f. GGU.- Gerencia de Gestión Urbana.g. GGASP.- Gerencia de Gestión Ambiental y Servi- cios Públicos. h. GAT.- Gerencia de Administración Tributaria.i. GAR.- Gerencia de Administración de Recursos.j. Documento de Conformidad.- emitida por la GGU, GGASP y/o GAR al término de la prestación del servicio,conteniendo la valorización final que se imputará a ladeuda del contribuyente. k. Resolución de Cancelación.- emitida por la GAT, por la cual se imputa o cancela la deuda materia del pagomediante prestación de servicios públicos. Artículo 3º.- Acogimiento Podrán acogerse a la modalidad de pago establecida en la Ordenanza, los contribuyentes que mantengan deu-das por Arbitrios Municipales y Multas Administrativasgenerados por los años anteriores al período fiscal vi-gente, inclusive en el estado en que se encuentre lacobranza. Artículo 4º.- De los Servicios a prestar para el pago de la deuda El pago de la deuda se efectuara mediante la presta- ción de los siguientes servicios: a) Mantenimiento de la limpieza pública, operativos de erradicación de residuos b) Mantenimiento, reforestación y ampliación de áreas verdes. c) Ejecución de obras de acondicionamiento, mante- nimiento o mejora de la infraestructura del mobiliario ur-bano y del Ornato. d) Mantenimiento, pintado, mejoramiento de la seña- lización del tránsito e) Pintado de locales comunales.f) Ejecución, mantenimiento de Muros de Mamposte- ría y caminos peatonales. g) Mantenimiento de limpieza, pintado y mejoramien- to de los ambientes de la Municipalidad. Artículo 5º.- Forma de Pago Los contribuyentes que se acojan a la Ordenanza, podrán cancelar su deuda con la prestación de la manode obra para la ejecución de los servicios mencionados,según documento de conformidad emitida por la GGU,GGASPD y/o la GAR.