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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G36/G35/G39/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 13 de julio de 2005 f. Contenido : El anuncio deberá indicar el giro princi- pal más el nombre comercial. g. Tipo de letra : De molde, grosor máxima de línea 0,05 m. ó el 25% de la altura del elementopublicitario resultante. h. Grosor de marco: 0,025 m. ó 12,50% de la altura del elemento publicitario resultante. En caso de no cumplir con las características seña- ladas en el párrafo anterior, el conductor deberá solici-tar la respectiva autorización de publicidad exterior, pre-sentado los requisitos señalados en la presente. Asi-mismo, en caso de requerir un elemento de publicidadexterior adicional, deberá solicitarlo. No se podrá instalar el elemento de publicidad exte- rior en el techo o en el retiro delantero. La autorización automática de publicidad exterior no obliga a la ubicación e instalación del elemento publicita-rio. La misma que quedará anulada en caso de presen-tarse queja suscritas por los vecinos. Artículo 17º.- La ubicación e instalación del elemen- to de publicidad exterior descrita en este capítulo, debe-rá tener las siguientes características: 1. Todo elemento de publicidad exterior, deberá for- mar un conjunto armónico con la edificación que lo sos-tiene y con el entorno y contorno urbano. 2. Los elementos de publicidad exterior no podrán incluir los colores fosforescentes. 3. Todo elemento que forme parte de cualquier ele- mento de publicidad exterior, deberá encontrarse ínte-gramente en los límites de propiedad, incluyendo losaires, no siendo posible la autorización sobre aire deterceros o en vía pública. 4. Los elementos de publicidad exterior adosados a fachada colindante con áreas de dominio público, quepor su naturaleza invadan las áreas de dominio público,sólo podrán hacerlo en 0,20 metros. Artículo 18º.- Los centros artesanales, nidos, jardi- nes y guarderías, podrán contar con murales alusivos ala actividad a la cual se dedican. TÍTULO IV ASPECTOS COMUNES CAPÍTULO I DEL CESE Y/O RETIRO Artículo 19º.- Vencido el plazo de vigencia de la autorización, sin que su renovación haya sido solici-tada a la Municipalidad de Independencia, la Munici-palidad a través de una notificación preventiva, co-municará la infracción cometida al titular, concedién-dole un plazo de diez (10) días para que la levantedicha notificación, vencido el plazo sin que ésta sehaya cumplido, se procederá al retiro del elementopublicitario y a imponer las sanciones administrati-vas que correspondan a Ley. Además podrá retirarse antes del vencimiento de la autorización, si el titular así lo hiciera conocer, de-biendo para ello comunicar su decisión a la Munici-palidad de Independencia, mediante solicitud dirigidaal Alcalde, adjuntando copia autenticada del Docu-mento Nacional de Identidad y de la resolución que loautorizó. Artículo 20º.- La Municipalidad de Independencia podrá disponer el retiro del elemento de publicidadexterior, cuando por razones de seguridad, resultenecesario. Para ello se debe contar con informe téc-nico de la Oficina de Defensa Civil, que ponga demanifiesto su peligrosidad de dicho elemento publici-tario. Asimismo la Municipalidad de Independencia, a fin de llevar a cabo y conservar el ornato y/o mejorar la infra-estructura vial o áreas verdes, podrá retirar el elementopublicitario, para lo cual dejará sin efecto la presente,comunicando para ello al recurrente que originó autori-zación correspondiente.TÍTULO V REGISTRO Y PROCEDIMIENTO CAPÍTULO I DEL REGISTRO DEL ELEMENTO DE PUBLICIDAD EXTERIOR Artículo 21º.- La Gerencia de Gestión Urbana en- cargada de acuerdo al Reglamento de Organización yFunciones vigente, será la responsable de llevar un re-gistro actualizado sobre todos los elementos de publici-dad exterior del distrito de Independencia, debidamenteautorizados. El registro contendrá la siguiente información: núme- ro de serie asignado, nombre del titular, ubicación delelemento publicitario, características técnicas, leyenda,fecha de vigencia, número de la autorización del ele-mento publicitario y fecha de vencimiento o caducidad. CAPÍTULO II DEL PROCEDIMIENTO Artículo 22º.- De acuerdo a lo establecido en el Re- glamento de Organización y Funciones, la Gerencia deGestión Urbana, será quien expida las autorizacionescorrespondientes a la ubicación de elementos de publi-cidad exterior. Artículo 23º.- Durante la tramitación, podrán inter- ponerse los siguientes recursos administrativos: 1. Recurso de reconsideración, procede contra el acto administrativo emitido por la Gerencia de GestiónUrbana, debiendo ser interpuesto dentro del término dequince (15) días hábiles, siendo resuelta en un plazoque no excederá de treinta (30) días hábiles. 2. Recurso de Apelación, procede contra la resolu- ción emitida por la Gerencia de Gestión Urbana o contrala resolución que resuelva el recurso de reconsidera-ción, debiendo ser interpuesta dentro del término de quin-ce (15) días hábiles, siendo resuelta por el Alcalde en eltérmino de treinta (30) días hábiles. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- La presente ordenanza regula las normas téc- nicas para la ubicación e instalación de elementos de publi-cidad exterior y los convenios, otorgados o suscritos a partirde su entrada en vigencia de la presente. Las autorizacio-nes y los convenios suscritos, obtenidos o realizados antesde la vigencia de la presente ordenanza, mantendrán suvalidez hasta fecha de caducidad o vencimiento. Segunda.- Las solicitudes presentadas antes de la vigencia de la presente ordenanza y que no hayan sidoresueltas, se regirán por la normatividad vigente al mo-mento de su presentación. Indicando que de ser el casodeberán presentar documentos que garanticen la segu-ridad del transeúnte o conductor. Tercera.- En todo lo no previsto, se aplicara supleto- riamente lo dispuesto en el Reglamento Nacional deConstrucciones y la Ley de Procedimiento Administrati-vo General Nº 27444. Cuarta.- Los titulares comprendidos en el artículo 14º, deberán adecuarse a lo dispuesto en la presenteordenanza, dentro del término de un año de su publica-ción de la presente. Quinta.- A partir de la vigencia de la presente orde- nanza, las personas comprendidas en los alcances delartículo 16º podrán acogerse a los beneficios estableci-dos en dicho artículo. Sexta.- Facúltese al Alcalde para que emita las dis- posiciones reglamentarias necesarias para la aplicaciónde la presente ordenanza. Séptima.- Incorporar los procedimientos estableci- dos en la presente Ordenanza al Texto Único de Proce-dimientos Administrativos - TUPA, aprobado medianteOrdenanza Nº 098-MDI. Octava.- Encargar a la Gerencia de Gestión Urbana, el cumplimiento de la presente ordenanza. Asimismo