Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2005 (13/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, miercoles 13 de MORDAZA de 2005 f. Contenido

NORMAS LEGALES
TITULO V

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REGISTRO Y PROCEDIMIENTO CAPITULO I

: El anuncio debera indicar el giro principal mas el nombre comercial. g. MORDAZA de letra : De molde, grosor MORDAZA de linea 0,05 m. o el 25% de la altura del elemento publicitario resultante. h. Grosor de MORDAZA : 0,025 m. o 12,50% de la altura del elemento publicitario resultante.

DEL REGISTRO DEL ELEMENTO DE PUBLICIDAD EXTERIOR Articulo 21º.- La Gerencia de Gestion MORDAZA encargada de acuerdo al Reglamento de Organizacion y Funciones vigente, sera la responsable de llevar un registro actualizado sobre todos los elementos de publicidad exterior del distrito de Independencia, debidamente autorizados. El registro contendra la siguiente informacion: numero de serie asignado, nombre del titular, ubicacion del elemento publicitario, caracteristicas tecnicas, leyenda, fecha de vigencia, numero de la autorizacion del elemento publicitario y fecha de vencimiento o caducidad. CAPITULO II DEL PROCEDIMIENTO

En caso de no cumplir con las caracteristicas senaladas en el parrafo anterior, el conductor debera solicitar la respectiva autorizacion de publicidad exterior, presentado los requisitos senalados en la presente. Asimismo, en caso de requerir un elemento de publicidad exterior adicional, debera solicitarlo. No se podra instalar el elemento de publicidad exterior en el techo o en el retiro delantero. La autorizacion automatica de publicidad exterior no obliga a la ubicacion e instalacion del elemento publicitario. La misma que quedara anulada en caso de presentarse queja suscritas por los vecinos. Articulo 17º.- La ubicacion e instalacion del elemento de publicidad exterior descrita en este capitulo, debera tener las siguientes caracteristicas: 1. Todo elemento de publicidad exterior, debera formar un conjunto armonico con la edificacion que lo sostiene y con el entorno y contorno urbano. 2. Los elementos de publicidad exterior no podran incluir los MORDAZA fosforescentes. 3. Todo elemento que forme parte de cualquier elemento de publicidad exterior, debera encontrarse integramente en los limites de propiedad, incluyendo los aires, no siendo posible la autorizacion sobre aire de terceros o en via publica. 4. Los elementos de publicidad exterior adosados a fachada colindante con areas de dominio publico, que por su naturaleza invadan las areas de dominio publico, solo podran hacerlo en 0,20 metros. Articulo 18º.- Los centros artesanales, nidos, jardines y guarderias, podran contar con murales alusivos a la actividad a la cual se dedican. TITULO IV ASPECTOS COMUNES CAPITULO I DEL CESE Y/O RETIRO Articulo 19º.- Vencido el plazo de vigencia de la autorizacion, sin que su renovacion MORDAZA sido solicitada a la Municipalidad de Independencia, la Municipalidad a traves de una notificacion preventiva, comunicara la infraccion cometida al titular, concediendole un plazo de diez (10) dias para que la levante dicha notificacion, vencido el plazo sin que esta se MORDAZA cumplido, se procedera al retiro del elemento publicitario y a imponer las sanciones administrativas que correspondan a Ley. Ademas podra retirarse MORDAZA del vencimiento de la autorizacion, si el titular asi lo hiciera conocer, debiendo para ello comunicar su decision a la Municipalidad de Independencia, mediante solicitud dirigida al MORDAZA, adjuntando MORDAZA autenticada del Documento Nacional de Identidad y de la resolucion que lo autorizo. Articulo 20º.- La Municipalidad de Independencia podra disponer el retiro del elemento de publicidad exterior, cuando por razones de seguridad, resulte necesario. Para ello se debe contar con informe tecnico de la Oficina de Defensa Civil, que ponga de manifiesto su peligrosidad de dicho elemento publicitario. Asimismo la Municipalidad de Independencia, a fin de llevar a cabo y conservar el ornato y/o mejorar la infraestructura vial o areas verdes, podra retirar el elemento publicitario, para lo cual dejara sin efecto la presente, comunicando para ello al recurrente que origino autorizacion correspondiente.

Articulo 22º.- De acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Organizacion y Funciones, la Gerencia de Gestion MORDAZA, sera quien expida las autorizaciones correspondientes a la ubicacion de elementos de publicidad exterior. Articulo 23º.- Durante la tramitacion, podran interponerse los siguientes recursos administrativos: 1. Recurso de reconsideracion, procede contra el acto administrativo emitido por la Gerencia de Gestion MORDAZA, debiendo ser interpuesto dentro del termino de quince (15) dias habiles, siendo resuelta en un plazo que no excedera de treinta (30) dias habiles. 2. Recurso de Apelacion, procede contra la resolucion emitida por la Gerencia de Gestion MORDAZA o contra la resolucion que resuelva el recurso de reconsideracion, debiendo ser interpuesta dentro del termino de quince (15) dias habiles, siendo resuelta por el MORDAZA en el termino de treinta (30) dias habiles. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- La presente ordenanza regula las normas tecnicas para la ubicacion e instalacion de elementos de publicidad exterior y los convenios, otorgados o suscritos a partir de su entrada en vigencia de la presente. Las autorizaciones y los convenios suscritos, obtenidos o realizados MORDAZA de la vigencia de la presente ordenanza, mantendran su validez hasta fecha de caducidad o vencimiento. Segunda.- Las solicitudes presentadas MORDAZA de la vigencia de la presente ordenanza y que no hayan sido resueltas, se regiran por la normatividad vigente al momento de su presentacion. Indicando que de ser el caso deberan presentar documentos que garanticen la seguridad del transeunte o conductor. Tercera.- En todo lo no previsto, se aplicara supletoriamente lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Construcciones y la Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444. Cuarta.- Los titulares comprendidos en el articulo 14º, deberan adecuarse a lo dispuesto en la presente ordenanza, dentro del termino de un ano de su publicacion de la presente. Quinta.- A partir de la vigencia de la presente ordenanza, las personas comprendidas en los alcances del articulo 16º podran acogerse a los beneficios establecidos en dicho articulo. Sexta.- Facultese al MORDAZA para que emita las disposiciones reglamentarias necesarias para la aplicacion de la presente ordenanza. Septima.- Incorporar los procedimientos establecidos en la presente Ordenanza al Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Nº 098-MDI. Octava.- Encargar a la Gerencia de Gestion MORDAZA, el cumplimiento de la presente ordenanza. Asimismo

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