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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2005 (28/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 7

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G36/G39/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 28 de julio de 2005 4. Ministerio de Transportes y Comunicaciones Las funciones a transferirse en materia de transportes, conforme al texto del artículo 56º de la Ley Nº 27867, sonlas siguientes: a. Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de transpor-tes de la región, de conformidad con las políticas naciona-les y los planes sectoriales. Respecto a esta función, se transfieren las siguientes facultades: - Formular políticas regionales de transporte de confor- midad con las políticas nacionales. - Formular, aprobar y evaluar planes regionales de trans- portes en concordancia con el plan nacional sectorial. - Emitir normas específicas en materia de transportes, con sujeción a lo establecido en cada Reglamento Nacio-nal (Artículo Nº 16-A de la Ley Nº 27181, modificada porLey Nº 28172). b. Planificar, administrar y ejecutar el desarrollo de la infraestructura vial regional, no comprendida en la Red VialNacional o Rural, debidamente priorizada dentro de losplanes de desarrollo regional. Asimismo promover la inver-sión privada, nacional y extranjera en proyectos de infraes-tructura de transporte. Respecto a esta función, se transfiere la siguiente fa- cultad: - Planificar desarrollo de red vial departamental en con- cordancia con los planes y políticas nacionales. - Ejecutar el desarrollo de la red vial departamental (construcción, mejoramiento y rehabilitación). - Ejecutar el mantenimiento de la red vial departamen- tal. - Administrar la red vial departamental.- Promover inversión privada en carreteras de la red vial departamental. - Atención de las emergencias viales en la Red Vial Departamental. c. Desarrollar y administrar la infraestructura portuaria regional de acuerdo con las regulaciones técnico-normati-vas emitidas por el Ministerio de Transportes y Comunica-ciones a través del organismo pertinente y de la forma queestablezcan los dispositivos legales sobre la materia. Respecto a esta función, se transfiere la siguiente facultad: - Administrar, operar y conservar embarcaderos maríti- mos, fluviales y lacustres de ámbito regional. d. Otorgar las autorizaciones portuarias, licencias y per- misos para la prestación de los servicios portuarios maríti-mos, fluviales y lacustres de alcance regional, a través delorganismo pertinente, de acuerdo a los dispositivos lega-les sobre la materia. Respecto a esta función, se transfieren las siguientes facultades: - Autorizar la prestación de servicios de transporte acuá- tico dentro del ámbito regional. - Otorgar permisos de operación a personas naturales o jurídicas nacionales para que presten servicio de trans-porte fluvial de carga y/o pasajeros con embarcacionespropias de bandera peruana hasta de 30 TM de arqueobruto o equivalente en TRB, excepto de las empresas queprestan servicio de transporte fluvial turístico y de aquellasque cuentan con autorización otorgada por el MTC. f. Supervisar y fiscalizar la gestión de actividades de infraestructura de transporte vial de alcance regional. Respecto a esta función, se transfieren las siguientes facultades: - Fiscalizar el cumplimiento de normas técnicas de la infraestructura vial departamental. - Supervisar y fiscalizar la ejecución de estudios de preinversión de proyectos de infraestructura de su compe-tencia. - Supervisar y fiscalizar la construcción, rehabilitación y mejoramiento de vías departamentales. - Supervisar y fiscalizar las actividades de mantenimien- to periódico y rutinario. - Supervisar y fiscalizar las obras de atención y preven- ción de emergencias viales.g. Autorizar, supervisar, fiscalizar y controlar la presta- ción de servicios de transporte interprovincial dentro delámbito regional en coordinación con los gobiernos locales. Respecto a esta función, se transfieren las siguientes facultades: - Autorizar servicios de transporte interprovincial de pa- sajeros y carga de su competencia dentro del ámbito regio-nal, en concordancia con el Reglamento Nacional de Admi-nistración de Transportes. - Supervisar y fiscalizar la prestación de servicios de transporte de pasajeros y carga. - Gestión de registros administrativos regionales rela- cionados con transporte y tránsito por carretera. h. Regular, supervisar y controlar el proceso de otorga- miento de licencias de conducir, de acuerdo a la normativi-dad vigente. Respecto a esta función, se transfiere la siguiente fa- cultad: - Conducir el proceso de otorgamiento de licencias de conducir. - Emitir licencias de conducir. B. TRANSFERENCIA DE FONDOS Y PROYECTOS SO- CIALES, PROGRAMAS SOCIALES DE LUCHA CONTRALA POBREZA Y PROYECTOS DE INVERSIÓN DE INFRA-ESTRUCTURA PRODUCTIVA DE ALCANCE REGIONAL,SUJETAS A MECANISMOS DE VERIFICACIÓN El proceso de transferencia del año 2005 prevé conti- nuar con la transferencia de fondos y proyectos sociales,programas de lucha contra la pobreza y proyectos de inver-sión en infraestructura productiva de alcance regional, cuyoproceso se inició en el año 2003. El resumen de las trans-ferencias se muestra en el siguiente Cuadro: - Transferencia a Gobiernos Locales Sector Fondo / Programa / Proyecto / Activos Transferencia a - Programas y proyectos de infraestructura social y productiva de FONCODES Gobiernos Locales Distritales MIMDES - Programas de Complementación Alimentaria de PRONAA Gobiernos Locales Provinciales (*) MTC - Programa de mantenimiento vial rutinario y estudios terminados en cartera de PROVÍAS RURAL Gobiernos Locales Provinciales (*)En el caso de Lima Metropolitana se acordará una modalidad de transferencia con- certada entre el MIMDES, CND, la Municipalidad de Lima Metropolitana, Municipalida-des Distritales de la jurisdicción, Organizaciones Sociales de Base y Mesa de Concertación de Lucha Contra la Pobreza de Lima Metropolitana. - Transferencia a Gobiernos Regionales Sector Fondo / Programa / Proyecto / Activos Transferencia a MTC Embarcadero Lacustre Yarinacocha GR de Ucayali 1. Fondos y Proyectos Sociales y Programas de Lu- cha contra la Pobreza a ser transferidos a GobiernosLocales i. Ministerio de la Mujer y Desarrollo SocialEl Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES promoverá la aplicación de enfoques y estra-tegias para el desarrollo territorial, desarrollo rural y se-guridad alimentaria, lo que permitirá a los GobiernosLocales gestionar íntegramente los programas transfe-ridos. A tal efecto: - El MIMDES, iniciando el proceso de transferencia, suscribirá Convenios de Cooperación con aquella Munici-palidad que forma parte de un grupo de Municipalidadesorganizadas territorialmente (en base a cuencas y/o microcorredores económicos). Dichos convenios junto con losrequisitos formarán parte de los Mecanismos de Verifica-ción que las Municipalidades deberán cumplir para acce-der a la transferencia. El objetivo principal de los conveniosserá preparar a las Municipalidades en la elaboración deinstrumentos adecuados para la gestión eficiente y eficazdel programa a transferir.