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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2005 (28/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 14

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G37/G30/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 28 de julio de 2005 CAPÍTULO III PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO, ACTUALIZACIÓN, SUSPENSIÓN Y CANCELACIÓN DEL CERTIFICADO DE USUARIO Artículo 17º.- Del Certificado de Usuario El Certificado de Usuario de IQPF es el documento expedido por las Unidades Antidrogas Especializadas dela Policía Nacional que acredita que el usuario cuenta conlas condiciones necesarias para desarrollar actividades conIQPF. Tiene una vigencia de dos (2) años, pudiendo seractualizado a su vencimiento. El Certificado de Usuario debe ser presentado en cada adquisición de IQPF, debiendo registrar el proveedor laoperación en dicho documento. Artículo 18º.- De las entidades responsables del otor- gamiento del Certificado de Usuario de IQPF. El Certificado de Usuario de IQPF será otorgado por: a. La Dirección Antidrogas de la Policía Nacional (DIRANDRO - DEPICIQ), en caso de usuarios con domiciliolegal en las provincias de Lima y Callao. b. Las Unidades Antidrogas Especializadas de la Poli- cía Nacional, en caso de usuarios con domicilio legal enotras partes del territorio nacional. Artículo 19º.- Del Certificado de Usuario en caso se cuenten con varios establecimientos En caso el usuario de IQPF cuente con varios estable- cimientos en diferentes localidades a nivel nacional, elCertificado de Usuario se solicitará a la Unidad AntidrogasEspecializada de la Policía Nacional del lugar donde seencuentre ubicado el domicilio legal, debiendo para elloverificarse todos los establecimientos declarados. La verificación de los diferentes establecimientos será realizada por la Unidad Antidrogas Especializada de laPolicía Nacional ante la cual se presenta la solicitud, pu-diéndose comisionar a otra dependencia del sistema anti-drogas. En estos casos, se otorgará un Certificado de Usua-rio anexo por cada establecimiento verificado. Artículo 20º.- De los documentos a presentar para el otorgamiento del Certificado de Usuario Las personas naturales y jurídicas que deseen obtener un Certificado de Usuario deberán presentar una solicitudante la autoridad policial competente, indicando la activi-dad o actividades que realizará con IQPF, el requerimientomensual y anual de IQPF, adjuntando copia simple de lossiguientes documentos: a. Ficha Registral de Constitución en caso de personas jurídicas. b. Designación del Representante Legal inscrito en los Registro Públicos, así como su respectivo Documen-to de Identidad, en caso de personas jurídicas. En elcaso de las Instituciones del Estado, la Resolución denombramiento del funcionario que ejerce la representa-ción legal. c. Documento de Identidad en el caso de las Personas Naturales. d. Certificado de Antecedentes Penales de:  Los Directores y Representantes Legales.  Del propietario de la empresa, en caso de persona natural.  De las personas responsables de las adquisiciones, seguridad manipulación y transporte de los IQPF. e. Registro Único del Contribuyente (RUC) f. Licencia Municipal de Funcionamiento del estableci- miento, cuando corresponda; de ser el caso la DeclaraciónJurada de permanencia en el giro presentada a la Munici-palidad, con indicación de la actividad a desarrollar quedeberá estar relacionada con la declarada en la solicituddel Certificado de Usuario. g. En caso de institución o empresa no obligada a con- tar con Licencia Municipal de Funcionamiento, deberá pre-sentar el documento que autorice su funcionamiento, ex-pedido por la autoridad correspondiente. h. Copia del contrato de arrendamiento o de la ficha registral, según sea el caso, del o los establecimientosdonde se desarrollarán actividades con IQPF. i. Croquis de ubicación del o los establecimientos del usuario. j. Informe Técnico con carácter de declaración jurada en caso de usuarios que desarrollen actividades de pro-ducción, fabricación, preparación, envasado, reenvasado, transformación y utilización. k. Una descripción general de los procedimientos de almacenamiento, en caso se trate de IQPF que por suscaracterísticas físico químicas, deben ser almacenados enambientes y envases, recipientes o contenedores adecua-dos. l. Un informe con las especificaciones técnicas con ca- rácter de declaración jurada, sobre la capacidad neta, pesoo volumen de los tanques, cisternas o similares para elalmacenamiento y transporte de IQPF a granel o en gran-des volúmenes o pesos. m. En caso que pretendan transportar IQPF en sus propios vehículos de transporte, deberá presentarse:  La (s) tarjeta (s) de propiedad del o los vehículos que estarán dedicados al servicio de transporte de IQPF o simi-lares para el transporte aéreo y acuático.  Licencia (s) de conducir del o los conductores a regis- trar y sus respectivos documentos de identidad o similarespara el transporte aéreo y acuático.  Certificado de Antecedentes Penales de los conduc- tores cuyo registro se solicita.  Declaración jurada de que sus unidades de transpor- te se encuentran en buen estado de funcionamiento. Cuan-do se ponga en funcionamiento las revisiones técnicas, elcertificado expedido por la autoridad competente. n. Recibo de pago al Banco de la Nación de acuerdo al TUPA. o. En caso los establecimientos se encuentren ubica- dos en lugares distantes a las sedes de las Unidades An-tidrogas Especializadas de la Policía Nacional, se conside-rará adicionalmente en los TUPA del Ministerio Público ydel Ministerio del Interior, los gastos de alimentación, aloja-miento y transporte de los funcionarios que harán la ins-pección de acuerdo a lo fijado por el MEF, los cuales seráncubiertos por los usuarios. En los casos en que no secuente con los servicios indicados en el lugar donde serealizará la visita de inspección, el usuario podrá proveerdirectamente dichos servicios. Artículo 21º.- Del informe técnico El Informe Técnico es el documento mediante el cual el usuario sustenta la producción, empleo o uso del IQPF en losdiferentes procesos productivos, transformación o uso en suempresa, describiendo el o los procesos utilizados. Tiene ca-rácter de declaración jurada y deberá ser suscrito por el res-ponsable técnico y refrendada por el representante legal. El informe técnico será verificado en el establecimiento del usuario, por un profesional químico de la PNP al iniciode actividades con IQPF o en caso de actualización dedicho informe. De ser necesario el usuario facilitará lasmuestras y/o equipos e instalaciones para realizar las prue-bas pertinentes. Artículo 22º.- De los requisitos para el Certificado de Usuario del que presta servicio de transporte de IQPF aterceros Además de los requisitos establecidos en el artículo 19º del presente Reglamento, los transportistas de IQPFque presten servicios a terceros, deberán presentar encopia simple: a. La (s) tarjeta (s) de propiedad del o los vehículos que estarán dedicados al servicio de transporte de IQPF o simi-lares para el transporte aéreo y acuático. En caso elvehículo no fuera de propiedad del solicitante, deberá pre-sentar declaración jurada del propietario autorizando suutilización para el transporte de IQPF. b. Licencia (s) de conducir del o los conductores a regis- trar y sus respectivos documentos de identidad o similarespara el transporte aéreo y acuático. c. Certificado de Antecedentes Penales de los conduc- tores cuyo registro se solicita. d. Declaración jurada de que sus unidades de trans- porte se encuentran en buen estado de funcionamien-to. Cuando se ponga en funcionamiento las revisionestécnicas, el certificado expedido por la autoridad com-petente. Además deberán contar con un local apropiado para la seguridad de los IQPF, en caso desarrolle el almacenajetransitorio de la mercancía a transportar. Artículo 23º.- De la investigación sumaria previa al Certificado de Usuario