Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2005 (28/07/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 28 de MORDAZA de 2005

CAPITULO III PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO, ACTUALIZACION, SUSPENSION Y CANCELACION DEL CERTIFICADO DE USUARIO Articulo 17º.- Del Certificado de Usuario El Certificado de Usuario de IQPF es el documento expedido por las Unidades Antidrogas Especializadas de la Policia Nacional que acredita que el usuario cuenta con las condiciones necesarias para desarrollar actividades con IQPF. Tiene una vigencia de dos (2) anos, pudiendo ser actualizado a su vencimiento. El Certificado de Usuario debe ser presentado en cada adquisicion de IQPF, debiendo registrar el proveedor la operacion en dicho documento. Articulo 18º.- De las entidades responsables del otorgamiento del Certificado de Usuario de IQPF. El Certificado de Usuario de IQPF sera otorgado por: a. La Direccion Antidrogas de la Policia Nacional (DIRANDRO - DEPICIQ), en caso de usuarios con domicilio legal en las provincias de MORDAZA y Callao. b. Las Unidades Antidrogas Especializadas de la Policia Nacional, en caso de usuarios con domicilio legal en otras partes del territorio nacional. Articulo 19º.- Del Certificado de Usuario en caso se cuenten con varios establecimientos En caso el usuario de IQPF cuente con varios establecimientos en diferentes localidades a nivel nacional, el Certificado de Usuario se solicitara a la Unidad Antidrogas Especializada de la Policia Nacional del lugar donde se encuentre ubicado el domicilio legal, debiendo para ello verificarse todos los establecimientos declarados. La verificacion de los diferentes establecimientos sera realizada por la Unidad Antidrogas Especializada de la Policia Nacional ante la cual se presenta la solicitud, pudiendose comisionar a otra dependencia del sistema antidrogas. En estos casos, se otorgara un Certificado de Usuario anexo por cada establecimiento verificado. Articulo 20º.- De los documentos a presentar para el otorgamiento del Certificado de Usuario Las personas naturales y juridicas que deseen obtener un Certificado de Usuario deberan presentar una solicitud ante la autoridad policial competente, indicando la actividad o actividades que realizara con IQPF, el requerimiento mensual y anual de IQPF, adjuntando MORDAZA simple de los siguientes documentos: a. Ficha Registral de Constitucion en caso de personas juridicas. b. Designacion del Representante Legal inscrito en los Registro Publicos, asi como su respectivo Documento de Identidad, en caso de personas juridicas. En el caso de las Instituciones del Estado, la Resolucion de nombramiento del funcionario que ejerce la representacion legal. c. Documento de Identidad en el caso de las Personas Naturales. d. Certificado de Antecedentes Penales de: · Los Directores y Representantes Legales. · Del propietario de la empresa, en caso de persona natural. · De las personas responsables de las adquisiciones, seguridad manipulacion y transporte de los IQPF. e. Registro Unico del Contribuyente (RUC) f. Licencia Municipal de Funcionamiento del establecimiento, cuando corresponda; de ser el caso la Declaracion Jurada de permanencia en el giro presentada a la Municipalidad, con indicacion de la actividad a desarrollar que debera estar relacionada con la declarada en la solicitud del Certificado de Usuario. g. En caso de institucion o empresa no obligada a contar con Licencia Municipal de Funcionamiento, debera presentar el documento que autorice su funcionamiento, expedido por la autoridad correspondiente. h. MORDAZA del contrato de arrendamiento o de la ficha registral, segun sea el caso, del o los establecimientos donde se desarrollaran actividades con IQPF. i. Croquis de ubicacion del o los establecimientos del usuario. j. Informe Tecnico con caracter de declaracion jurada en caso de usuarios que desarrollen actividades de pro-

duccion, fabricacion, preparacion, envasado, reenvasado, transformacion y utilizacion. k. Una descripcion general de los procedimientos de almacenamiento, en caso se trate de IQPF que por sus caracteristicas fisico quimicas, deben ser almacenados en ambientes y envases, recipientes o contenedores adecuados. l. Un informe con las especificaciones tecnicas con caracter de declaracion jurada, sobre la capacidad MORDAZA, peso o volumen de los tanques, cisternas o similares para el almacenamiento y transporte de IQPF a granel o en MORDAZA volumenes o pesos. m. En caso que pretendan transportar IQPF en sus propios vehiculos de transporte, debera presentarse: · La (s) tarjeta (s) de propiedad del o los vehiculos que estaran dedicados al servicio de transporte de IQPF o similares para el transporte aereo y acuatico. · Licencia (s) de conducir del o los conductores a registrar y sus respectivos documentos de identidad o similares para el transporte aereo y acuatico. · Certificado de Antecedentes Penales de los conductores cuyo registro se solicita. · Declaracion jurada de que sus unidades de transporte se encuentran en buen estado de funcionamiento. Cuando se ponga en funcionamiento las revisiones tecnicas, el certificado expedido por la autoridad competente. n. Recibo de pago al Banco de la Nacion de acuerdo al TUPA. o. En caso los establecimientos se encuentren ubicados en lugares distantes a las sedes de las Unidades Antidrogas Especializadas de la Policia Nacional, se considerara adicionalmente en los MORDAZA del Ministerio Publico y del Ministerio del Interior, los gastos de alimentacion, alojamiento y transporte de los funcionarios que haran la inspeccion de acuerdo a lo fijado por el MEF, los cuales seran cubiertos por los usuarios. En los casos en que no se cuente con los servicios indicados en el lugar donde se realizara la visita de inspeccion, el usuario podra proveer directamente dichos servicios. Articulo 21º.- Del informe tecnico El Informe Tecnico es el documento mediante el cual el usuario sustenta la produccion, empleo o uso del IQPF en los diferentes procesos productivos, transformacion o uso en su empresa, describiendo el o los procesos utilizados. Tiene caracter de declaracion jurada y debera ser suscrito por el responsable tecnico y refrendada por el representante legal. El informe tecnico sera verificado en el establecimiento del usuario, por un profesional quimico de la PNP al inicio de actividades con IQPF o en caso de actualizacion de dicho informe. De ser necesario el usuario facilitara las muestras y/o equipos e instalaciones para realizar las pruebas pertinentes. Articulo 22º.- De los requisitos para el Certificado de Usuario del que presta servicio de transporte de IQPF a terceros Ademas de los requisitos establecidos en el articulo 19º del presente Reglamento, los transportistas de IQPF que presten servicios a terceros, deberan presentar en MORDAZA simple: a. La (s) tarjeta (s) de propiedad del o los vehiculos que estaran dedicados al servicio de transporte de IQPF o similares para el transporte aereo y acuatico. En caso el vehiculo no fuera de propiedad del solicitante, debera presentar declaracion jurada del propietario autorizando su utilizacion para el transporte de IQPF. b. Licencia (s) de conducir del o los conductores a registrar y sus respectivos documentos de identidad o similares para el transporte aereo y acuatico. c. Certificado de Antecedentes Penales de los conductores cuyo registro se solicita. d. Declaracion jurada de que sus unidades de transporte se encuentran en buen estado de funcionamiento. Cuando se ponga en funcionamiento las revisiones tecnicas, el certificado expedido por la autoridad competente. Ademas deberan contar con un local apropiado para la seguridad de los IQPF, en caso desarrolle el almacenaje transitorio de la mercancia a transportar. Articulo 23º.- De la investigacion sumaria previa al Certificado de Usuario

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