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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2005 (28/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 11

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G37/G30/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 28 de julio de 2005 Artículo 2º.- Alcance del Reglamento Las normas del presente Reglamento son aplicables a las personas naturales y jurídicas que realizan actividades,regímenes u operaciones aduaneras para el ingreso y sa-lida del país, producción, fabricación, preparación, enva-sado, reenvasado, comercialización, transporte, almace-namiento, distribución, transformación, utilización o presta-ción de servicios con insumos químicos y productos fiscali-zados. Artículo 3º.- De la conducción del Ministerio Público La presencia del Ministerio Público es obligatoria en todas las diligencias policiales vinculadas al otorgamiento,actualización, suspensión y cancelación del Certificado deUsuario; así como en las acciones de control, fiscalizacióne investigación que en cualquier caso desarrollen las Uni-dades Antidrogas Especializadas de la Policía Nacionaldel Perú. Son competentes para participar en estas diligencias las Fiscalías Especializadas en Tráfico Ilícito de Drogas. Encaso de ausencia o ante la imposibilidad de la participacióndel Fiscal Antidrogas, podrá el Fiscal Penal y/o Mixto deTurno o Adjunto participar en las diligencias a que se hacereferencia en el presente artículo por delegación del prime-ro, a cuya culminación deberá remitir lo actuado al FiscalEspecializado en Tráfico Ilícito de Drogas. Artículo 4º.- Definiciones y siglasa. SiglasDIRANDRO.- Dirección Antidrogas de la Policía Nacio- nal del Perú. IQPF.- Insumos Químicos y Productos Fiscalizados OFECOD.- Oficina Ejecutiva de Control de Drogas del Ministerio del Interior DEPICIQ.- Departamento de Investigación y Control de Insumos Químicos b. DefinicionesAbandono Legal.- Cualquier IQPF que no haya sido solicitado a destinación aduanera en la forma y plazosseñalados en la Ley General de Aduanas. Aforo.- Operación Única en que el servicio a través del funcionario aduanero designado, verifica y determina alexaminar la declaración de los IQPF, conforme a la legisla-ción aduanera, que su clasificación arancelaria, su valua-ción y la fijación de los derechos arancelarios e impuestos,hayan sido correctamente propuestas por el declarante. Almacenamiento de IQPF.- Actividad de prestación de servicios concerniente a recibir, guardar y custodiar IQPFde terceros. No están comprendidos los usuarios que al-macenan sus IQPF en sus propias instalaciones declara-das. Comiso Administrativo.- Sanción que impone la Su- perintendencia Nacional Adjunta de Aduanas - SUNAT queconsiste en la privación definitiva de la propiedad de cual-quier IQPF, previa resolución. Comercialización de IQPF.- Actividad que comprende la venta, transferencia o cualquier clase de transaccióndirecta o indirecta de IQPF. Decomiso de IQPF.- Privación de carácter definitivo de la propiedad del IQPF, por decisión de autoridad judicial ocuando la Policía Nacional encuentre indicios razonablesde que los insumos químicos han sido desviados para suutilización en la elaboración ilícita de drogas. Densidad.- Relación existente entre el Peso del IQPF y su Volumen, considerando factores de temperatura y presión. Desecho.- Residuo que contiene entre otras sustan- cias IQPF, como resultado de un proceso productivo. Disolvente.- Mezcla, que contenga uno o más solven- tes químicos fiscalizados, como el denominado thiner. Distribución de IQPF.- Actividad mediante la cual se entrega a un tercero los IQPF.Domicilio Legal.- Lugar fijado para efectos de la Ley como asiento o sede para aspectos jurídicos y representa-ción legal, así como para la administración de la documen-tación de la empresa. Establecimiento.- Local o locales donde se ejercen o realizan actividades con IQPF. Envasado.- Actividad fuera del proceso productivo, mediante la cual los IQPF son colocados en recipientesadecuados para conservarlos o transportarlos. Error de transcripción.- Escribir con equivocación en los Registros Especiales un dato de un documento comer-cial, que denote manifiestamente un acto involuntario. Excedentes de IQPF.- Es la cantidad de IQPF que sobrepasa las consignadas en la documentación que sus-tenta la operación de importación, compra o almacena-miento; sea por sus propiedades físico químicas o comoconsecuencia de las operaciones con dichos IQPF. Fabricación o producción de IQPF.- Obtención de un IQPF mediante una o más reacciones químicas o por laextracción, separación o purificación de un producto natu-ral; asimismo comprenderá la obtención de disolventes comoel denominado thiner. Incautación.- Acción mediante la cual, se retira del dominio del usuario los IQPF que se encuentran sometidosa un proceso de investigación por tráfico ilícito de drogas odelitos conexos, siendo susceptibles de devolución. Ingreso de IQPF al país .- Comprende el ingreso legal de los IQPF a nuestro territorio nacional, incluyendo susaguas jurisdiccionales, a través de cualquier régimen uoperación aduanera (como: importación definitiva, importa-ción temporal, admisión temporal, depósito, tránsito inter-nacional, entre otros). Inmovilización de IQPF.- Es la acción preventiva me- diante la cual se prohíbe el retiro o disposición de los IQPFde un determinado recinto, quedando estos en custodiatemporal bajo responsabilidad del usuario. Ley.- Cuando en el presente Reglamento se refiera a la Ley debe entenderse a la Ley Nº 28305. Merma de IQPF.- Disminución cuantitativa del peso o volumen del IQPF que por causas relacionadas con suspropiedades físico-químicas, así como durante el procesoproductivo, operacional o de manipuleo. El proceso conIQPF comienza desde la exposición del mismo. Neutralización .- Proceso químico mediante el cual, se convierte una solución de ácidos o bases, en una soluciónneutral al añadir ya sea bases o ácidos; la adición reducepeligros o convierten a la mezcla así obtenida, en unasolución o combinación química inocua. Pérdida de IQPF.- Disminución cuantitativa del peso o volumen del IQPF ocasionados fuera del proceso pro-ductivo por causas ajenas a las propiedades físico-quí-micas de la sustancia, considerándose entre otros alderrame, filtraciones, fugas, accidentes o negligenciaoperacional. Preparación de IQPF.- Es la dilución acuosa del IQPF Prestación de servicios.- Actividad mediante la cual se brinda servicios a terceros empleando IQPF. Reconocimiento Físico .- Operación que consiste en verificar lo declarado en la documentación aduanera, me-diante una o varias de las siguientes actuaciones: recono-cer las mercancías, verificar su naturaleza y valor, estable-cer su peso o medida. Reenvasado IQPF.- Actividad mediante el cual, se tras- vasa el IQPF de un envase a otro sin cambiar su concen-tración porcentual. Representante legal .- Es la persona que representa al usuario ante las autoridades encargadas del control y fis-calización de IQPF. Tratándose de persona natural será elpropietario; la representación de éste deberá ser inscritaen los Registros Públicos. En el caso de personas jurídicas