Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2005 (28/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, jueves 28 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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Articulo 2º.- Alcance del Reglamento Las normas del presente Reglamento son aplicables a las personas naturales y juridicas que realizan actividades, regimenes u operaciones aduaneras para el ingreso y salida del MORDAZA, produccion, fabricacion, preparacion, envasado, reenvasado, comercializacion, transporte, almacenamiento, distribucion, transformacion, utilizacion o prestacion de servicios con insumos quimicos y productos fiscalizados. Articulo 3º.- De la conduccion del Ministerio Publico La presencia del Ministerio Publico es obligatoria en todas las diligencias policiales vinculadas al otorgamiento, actualizacion, suspension y cancelacion del Certificado de Usuario; asi como en las acciones de control, fiscalizacion e investigacion que en cualquier caso desarrollen las Unidades Antidrogas Especializadas de la Policia Nacional del Peru. Son competentes para participar en estas diligencias las Fiscalias Especializadas en Trafico Ilicito de Drogas. En caso de ausencia o ante la imposibilidad de la participacion del Fiscal Antidrogas, podra el Fiscal Penal y/o Mixto de Turno o Adjunto participar en las diligencias a que se hace referencia en el presente articulo por delegacion del primero, a cuya culminacion debera remitir lo actuado al Fiscal Especializado en Trafico Ilicito de Drogas. Articulo 4º.- Definiciones y siglas a. Siglas DIRANDRO.- Direccion Antidrogas de la Policia Nacional del Peru. IQPF.- Insumos Quimicos y Productos Fiscalizados OFECOD.- Oficina Ejecutiva de Control de Drogas del Ministerio del Interior DEPICIQ.- Departamento de Investigacion y Control de Insumos Quimicos b. Definiciones Abandono Legal.- Cualquier IQPF que no MORDAZA sido solicitado a destinacion aduanera en la forma y plazos senalados en la Ley General de Aduanas. Aforo.- Operacion Unica en que el servicio a traves del funcionario aduanero designado, verifica y determina al examinar la declaracion de los IQPF, conforme a la legislacion aduanera, que su clasificacion arancelaria, su valuacion y la fijacion de los derechos arancelarios e impuestos, hayan sido correctamente propuestas por el declarante. Almacenamiento de IQPF.- Actividad de prestacion de servicios concerniente a recibir, guardar y custodiar IQPF de terceros. No estan comprendidos los usuarios que almacenan sus IQPF en sus propias instalaciones declaradas. Comiso Administrativo.- Sancion que impone la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas - SUNAT que consiste en la privacion definitiva de la propiedad de cualquier IQPF, previa resolucion. Comercializacion de IQPF.- Actividad que comprende la venta, transferencia o cualquier clase de transaccion directa o indirecta de IQPF. Decomiso de IQPF.- Privacion de caracter definitivo de la propiedad del IQPF, por decision de autoridad judicial o cuando la Policia Nacional encuentre indicios razonables de que los insumos quimicos han sido desviados para su utilizacion en la elaboracion ilicita de drogas. Densidad.- Relacion existente entre el Peso del IQPF y su Volumen, considerando factores de temperatura y presion. Desecho.- Residuo que contiene entre otras sustancias IQPF, como resultado de un MORDAZA productivo. Disolvente.- Mezcla, que contenga uno o mas solventes quimicos fiscalizados, como el denominado thiner. Distribucion de IQPF.- Actividad mediante la cual se entrega a un tercero los IQPF.

Domicilio Legal.- Lugar fijado para efectos de la Ley como asiento o sede para aspectos juridicos y representacion legal, asi como para la administracion de la documentacion de la empresa. Establecimiento.- Local o locales donde se ejercen o realizan actividades con IQPF. Envasado.- Actividad fuera del MORDAZA productivo, mediante la cual los IQPF son colocados en recipientes adecuados para conservarlos o transportarlos. Error de transcripcion.- Escribir con equivocacion en los Registros Especiales un MORDAZA de un documento comercial, que denote manifiestamente un acto involuntario. Excedentes de IQPF.- Es la cantidad de IQPF que sobrepasa las consignadas en la documentacion que sustenta la operacion de importacion, compra o almacenamiento; sea por sus propiedades fisico quimicas o como consecuencia de las operaciones con dichos IQPF. Fabricacion o produccion de IQPF.- Obtencion de un IQPF mediante una o mas reacciones quimicas o por la extraccion, separacion o MORDAZA de un producto natural; asimismo comprendera la obtencion de disolventes como el denominado thiner. Incautacion.- Accion mediante la cual, se retira del dominio del usuario los IQPF que se encuentran sometidos a un MORDAZA de investigacion por trafico ilicito de drogas o delitos conexos, siendo susceptibles de devolucion. Ingreso de IQPF al pais.- Comprende el ingreso legal de los IQPF a nuestro territorio nacional, incluyendo sus aguas jurisdiccionales, a traves de cualquier regimen u operacion aduanera (como: importacion definitiva, importacion temporal, admision temporal, deposito, MORDAZA internacional, entre otros). Inmovilizacion de IQPF.- Es la accion preventiva mediante la cual se prohibe el retiro o disposicion de los IQPF de un determinado recinto, quedando estos en custodia temporal bajo responsabilidad del usuario. Ley.- Cuando en el presente Reglamento se refiera a la Ley debe entenderse a la Ley Nº 28305. MORDAZA de IQPF.- Disminucion cuantitativa del peso o volumen del IQPF que por causas relacionadas con sus propiedades fisico-quimicas, asi como durante el MORDAZA productivo, operacional o de manipuleo. El MORDAZA con IQPF comienza desde la exposicion del mismo. Neutralizacion.- MORDAZA quimico mediante el cual, se convierte una solucion de acidos o bases, en una solucion neutral al anadir ya sea bases o acidos; la adicion reduce peligros o convierten a la mezcla asi obtenida, en una solucion o combinacion quimica inocua. Perdida de IQPF.- Disminucion cuantitativa del peso o volumen del IQPF ocasionados fuera del MORDAZA productivo por causas ajenas a las propiedades fisico-quimicas de la sustancia, considerandose entre otros al derrame, filtraciones, fugas, accidentes o negligencia operacional. Preparacion de IQPF.- Es la dilucion acuosa del IQPF Prestacion de servicios.- Actividad mediante la cual se brinda servicios a terceros empleando IQPF. Reconocimiento Fisico.- Operacion que consiste en verificar lo declarado en la documentacion aduanera, mediante una o varias de las siguientes actuaciones: reconocer las mercancias, verificar su naturaleza y valor, establecer su peso o medida. Reenvasado IQPF.- Actividad mediante el cual, se trasvasa el IQPF de un envase a otro sin cambiar su concentracion porcentual. Representante legal.- Es la persona que representa al usuario ante las autoridades encargadas del control y fiscalizacion de IQPF. Tratandose de persona natural sera el propietario; la representacion de este debera ser inscrita en los Registros Publicos. En el caso de personas juridicas

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