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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO DEL AÑO 2005 (11/06/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 19

PÆg. 294477 NORMAS LEGALES Lima, sábado 11 de junio de 2005 citen, encontrándose dentro de sus facultades la de cons- tatar la veracidad de los documentos que le presentan; Que, don César Armando Guzmán Halberstadt pretendió valerse de un documento falsificado denomina-do "Certificado Judicial de Antecedentes Penales" presentado ante el Ilustre Colegio de Abogados de Lima, con la finalidad de tramitar y obtener su incorporación; Que, mediante documento del 20 de mayo del 2005 la Sra. Julia Morales Indacochea, Directora de Incorpora- ciones del Colegio Profesional antes mencionado, remi-te el documento con la finalidad que se realicen las accio- nes respectivas; Que, mediante Memorándum Nº 216-2005-RNC- GSJR-GG/PJ el Dr. Edwin Riquero Díaz, Jefe del Regis- tro Nacional de Condenas, es de la opinión que se auto- rice a la Procuraduría Pública a cargo de los AsuntosJudiciales del Poder Judicial a fin que se interpongan las acciones judiciales pertinentes contra don César Armando Guzmán Halberstadt; Que, el Delito Contra la Fe Pública en la modalidad de Falsificación de Documento queda configurado cuando el sujeto activo hace uso, ante las autoridades y/oparticulares, de un documento falso o falsificado, como si fuese legítimo; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Estado; el Texto Único Ordena- do de la Ley Orgánica del Poder Judicial - D.S. Nº 017- 93-JUS y el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 sobreRepresentación y Defensa del Estado modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Procuraduría Pú- blica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial a efectos que inicie las acciones judiciales que correspondan contra don César ArmandoGuzmán Halberstadt, y contra quienes resulten res- ponsables, por el Delito Contra la Fe Pública en la modalidad de Falsificación de Documentos en agra-vio del Poder Judicial. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER H. VÁSQUEZ VEJARANO Presidente del Poder Judicial 10824 Autorizan a la Procuraduría iniciar acciones judiciales contra presuntosresponsables de la comisión de delitoscontra la fe pœblica en agravio del Po-der Judicial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 174-2005-P-PJ Lima, 9 de junio del 2005 VISTOS:El Memorándum Nº 660-2005-OAL-GG/PJ suscrito por el Jefe de la Oficina de Asesoría Legal de la Geren-cia General Poder Judicial, el documento del 3 de mayo del 2005 emitido por el Dr. Aurelio A. Díaz Rodríguez, Notario de Lima, y los demás documentos que se acom-pañan; y, CONSIDERANDO: Que, es deber de las entidades públicas velar por el debido proceso y tramitación de los pedidos que le so-liciten, encontrándose dentro de sus facultades la de constatar la veracidad de los documentos que le presentan; Que, don Raúl Humberto Morales Alvarez pretendió valerse de los documentos denominados "Carta Poder" ambos del 1 de abril del 2005, presentado ante el Regis-tro Nacional de Condenas, con la finalidad de tramitar y obtener el Certificado de Antecedentes Penales de Doña Gelsy Yeni Rojas Storck;Que, mediante documento del 3 de mayo del 2005 el Dr. Aurelio A. Díaz Rodríguez, Notario de Lima, mani- fiesta que las "Carta Poder" presentadas por don Raúl Humberto Morales Alvarez ha sido falsificadas, tanto enlas firmas como en los sellos notariales; Que, mediante Memorándum Nº 195-2005-RNC- GSJR-GG/PJ el Dr. Edwin Riquero Díaz, Jefe del Regis-tro Nacional de Condenas, es de la opinión que se auto- rice a la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial a fin que se interpongan lasacciones judiciales pertinentes contra don Raúl Humberto Morales Alvarez; Que, el Delito Contra la Fe Pública en la modalidad de Falsificación de Documento queda configurado cuando el sujeto activo hace uso, ante las autoridades y/o particulares, de un documento falso o falsificado, comosi fuese legítimo; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Estado; el Texto Único Ordena-do de la Ley Orgánica del Poder Judicial - D.S. Nº 017- 93-JUS y el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 sobre Representación y Defensa del Estado modificado porDecreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial aefectos que inicie las acciones judiciales que correspon- dan contra don Raúl Humberto Morales Alvarez, y con- tra quienes resulten responsables, por el Delito Contrala Fe Pública en la modalidad de Falsificación de Docu- mentos en agravio del Poder Judicial. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER H. VÁSQUEZ VEJARANO Presidente del Poder Judicial 10816 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 175-2005-P-PJ Lima, 9 de junio del 2005 VISTOS:El Memorándum Nº 661-2005-OAL-GG/PJ suscrito por el Jefe de la Oficina de Asesoría Legal de la Geren-cia General Poder Judicial, el documento del 3 de mayo del 2005 emitido por el Dr. Aurelio A. Díaz Rodríguez, Notario de Lima, y los demás documentos que se acom-pañan; y, CONSIDERANDO:Que, es deber de las entidades públicas velar por el debido proceso y tramitación de los pedidos que lesoliciten, encontrándose dentro de sus facultades la de constatar la veracidad de los documentos que le presentan; Que, don Raúl Humberto Morales Alvarez pretendió valerse de los documentos denominados "Carta Poder" ambos del 1 de abril del 2005, presentado ante el Regis-tro Nacional de Condenas, con la finalidad de tramitar y obtener el Certificado de Antecedentes Penales de don Julio Rojas Storck; Que, mediante documento del 3 de mayo del 2005 el Dr. Aurelio A. Díaz Rodríguez, Notario de Lima, mani- fiesta que las "Carta Poder" presentadas por don RaúlHumberto Morales Alvarez ha sido falsificadas, tanto en las firmas como en los sellos notariales; Que, mediante Memorándum Nº 196-2005-RNC- GSJR-GG/PJ el Dr. Edwin Riquero Díaz, Jefe del Regis- tro Nacional de Condenas, es de la opinión que se auto- rice a la Procuraduría Pública a cargo de los AsuntosJudiciales del Poder Judicial a fin que se interpongan las acciones judiciales pertinentes contra don Raúl Humberto Morales Alvarez; Que, el Delito Contra la Fe Pública en la modalidad de Falsificación de Documento queda configurado cuando el sujeto activo hace uso, ante las autoridades y/o