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PÆg. 295256 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 22 de junio de 2005 Tercera.- De la recaudación El Gobierno Regional del Callao es el encargado de la recaudación integral de los recursos provenientesde las adjudicaciones a título oneroso, pudiendo cele-brar convenios específicos con el Banco de Materia-les u otra entidad financiera para la recuperación de las amortizaciones mensuales producto del proceso de adjudicación. Cuarta.- De los Denunciados por El Gobierno Regional En aquellos casos de lotes aptos para ser adjudi- cados mediante el presente reglamento, que sean o hayan sido invadidos por sus actuales poseedores,éstos serán denunciados por el Gobierno Regionaldel Callao por el delito de Usurpación, sin perjuicio deinterponer las acciones civiles correspondientes yaplicarles la sanción de quedar impedidos para postu- lar y/o beneficiarse de la adjudicación de lotes de los Proyectos Especial Ciudad Pachacútec y Piloto Nue-vo Pachacútec. DISPOSICIONES FINALES Primera.- En aquellos casos donde exista conflic- to respecto al mejor derecho de posesión o cualquierotra controversia será de aplicación el REGLAMENTODE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DESOLUCIÓN DE CONFLICTOS EN EL PROYECTOPILOTO NUEVO PACHACÚTEC Y PROYECTO ESPE- CIAL CIUDAD PACHACÚTEC. 11350 GOBIERNO REGIONAL DE PUNO Instauran proceso administrativo dis- ciplinario a funcionarios y ex funcio-narios de la Dirección Regional de Edu-cación Puno RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 139-2005-PR-GR PUNO Puno, 17 de junio de 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL PUNO VISTOS, el Informe Nº 007-2005-GR-PUNO-PUNO/ CEPA, Oficio Nº 023-2005-GR-PUNO/CEPA, sobre PRO-NUNCIAMIENTO DE LA COMISIÓN ESPECIAL DEPROCESOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS,RESPECTO AL INFORME Nº 005-2005-02-5350; CONSIDERANDO: Que, el Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional Puno, ha emitido el Informe Nº 005-2005-02- 5350, sobre Examen Especial de evaluación de denun-cias en la Dirección Regional de Educación Puno, perío-do del 1 de enero 2004 al 31 de mayo 2005, compren-diendo en sus observaciones 01 al 14 y conclusiones 01al 06 del citado informe a los funcionarios y ex funciona- rios, profesor Honorio Obdulio Escobedo Zevallos, Di- rector Regional de Educación Puno, profesor LuisFlores Flores, Director de la Unidad de Gestión Educa-tiva Local Puno, Árquitecto Julio Reynaldo Gonzáles Ares-tegui, ex Director de la Unidad de Gestión EducativaLocal Puno, RP. Teodoro Sakata Andrade, ex Director de la Unidad de Gestión Educativa Local San Román y Lic. Jesus Emilio Torres Zeballos, Director de la Unidad deGestión Educativa Local San Román, sobre los que laComisión Especial de Procesos Administrativos ha me-rituado y calificado cada uno de los hechos, concluyen-do en lo siguiente; Que, de la conclusión 1 del informe del órgano de control institucional, ha determinado que el Director Re-gional de Educación Puno, profesor Honorio ObdulioEscobedo Zevallos ha facilitado el destaque de la UGELTacna a las UGELs de Puno y San Román - Juliaca, a las profesoras Rosa Elvira Escobedo Dueñas y RuthSocorro Escobedo Dueñas, quienes tienen parentescode consanguinidad con el prenombrado Director; asímismo, se ha facilitado participar y ganar la plaza vacan-te en el Instituto Superior Pedagógico Público de Azán- garo a don Genaro Enrique Escobedo Dueñas, pariente consanguíneo del prenombrado Director, mediante pro-ceso irregular de concurso llevado a cabo por una co-misión nombrada e integrada por personal de confianzadel Director de la DREP, dando lugar a su contrataciónmediante Resolución Directoral Nº 0615-DREP; por otro lado en forma irregular se contrata al señor Silvestre Ticona Condori, como auxiliar de laboratorio, parienteconsanguineo del abogado Enrique Ticona Condori, Pre-sidente de la Comisión y Jefe de Asesoría Jurídica de laDREP, conforme se tiene descrita en la observación 2.3.del informe de OCI; Que, a las profesoras destacadas Rosa Elvira Esco- bedo Dueñas y Ruth Socorro Escobedo Dueñas, de lasUGELs Puno y San Román, respectivamente, se lespagó incentivos laborales sin corresponderles, por estehecho recae reponsabilidad administrativa en el profe-sor Honorio Obdulio Escobedo Zevallos, Director Re- gional de Educación Puno y Presidente del Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo de laDREP, Arq. Julio Reynaldo Gonzales Arestegui ex Di-rector de la UGEL Puno, profesor Luis Flores Flores,Director de la UGEL Puno, Lic. Jesús Emilio Torres Ze-ballos, Director de la UGEL San Román y Presidente del Directorio del Sub CAFAE de la UGEL San Román, de acuerdo a las observaciones 2.6, 2.7 y 2.14 del informede OCI; Que, el prenombrado Director Regional de Educa- ción Puno, ha usurpado funciones, atribuciones, faculta-des y competencias que corresponden a los Directores de las diferentes UGELs, en la toma de decisiones admi- nistrativas respecto al personal ubicado dentro la juris-dicción de cada UGEL, conforme se tiene descrita en laobservación 2.2 y conclusión 2 del informe de OCI; Que, de la conclusión 3 y observaciones 2.1, 2.3, 2.4, 2.5, 2.6. 2.7, 2.10, 2.12, 2.13 y 2.14, se han detemi- nado irregularidades en el movimiento de personal nom- brado, contratado, destacado y reasignado que no asu-me su cargo por diferentes motivos, así como en la in-corporación irregular a personal al Régimen de Pensio-nes de la Ley Nº 20530, sin que cuenten con los requisi-tos fomales, por cuyo hecho asumen responsabilidad administrativa el profesor Honorio Obdulio Escobedo Zevallos, Director Regional de Educación Puno, Presi-dente de la Comisión de Nombramientos de los servido-res administrativos contratados para labores de guar-dianía, portería y limpieza, y Presidente del Comité deAdministración del Fondo de Asistencia y Estímulo de la DREP; arquitecto Julio Reynaldo Gonzales Arestegui ex Director de la UGEL Puno; profesor Luis Flores Flores,Director de la UGEL Puno, licenciado Jesús Emilio To-rres Zeballos Director de la UGEL San Román y Presi-dente del Directorio del Sub CAFAE de la UGEL SanRomán; y R.P. Teodoro Sakata Andrade ex Director de la UGEL San Román; Que, de la conclusión 4, se ha determinado irregula- ridades en la administración y utilización de bienes patri-moniales de la entidad para un evento social como es elonomástico del Director de la Dirección Regional de Edu-cación Puno, conforme a los hechos expuestos en la observación 2.8, por cuyo hecho recae responsabilidad administrativa en el profesor Honorio Obdulio EscobedoZevallos; Que, de la conclusión 5 del Informe de OCI, se tiene en la DREP se ha utilizado en forma indebidapresupuesto de la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados del Programa 29, en los meses de enero a marzo del 2005 por S/. 7,107.04 alhaber afectado viáticos de personal de la sede de laDREP, al presupuesto destinado a las InstitucionesEducativas Superiores, conforme a los hechos ex-puestos en la observación 2.9, recae responsabilidad administrativa, en el profesor Honorio Obdulio Esco- bedo Zevallos, Director Regional de Educación Punoy Presidente del Comité de Programación del Plan yPresupuesto;