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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MARZO DEL AÑO 2005 (02/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 12

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G32/G33/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 2 de marzo de 2005 SE RESUELVE: Artículo Único.- Declárese de interés prioritario, la ejecución del Proyecto de Inscripción Registral con Com- petencia Nacional - IRCN, a cargo de la Superinten-dencia Nacional de los Registros Públicos. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS GAMARRA UGAZ Ministro de Justicia 04558 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G70/G72/G65/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G70/G75/G65/G73/G2D /G74/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G65/G6C/G61/G2D/G62/G6F/G72/G61/G72/G20/G61/G6E/G74/G65/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G2D/G66/G6F/G72/G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/GF3/G64/G69/G67/G6F/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G70/GE1/G67/G69/G6E/G61/G20/G77/G65/G62/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 130-2005-JUS Lima, 25 de febrero de 2005 CONSIDERANDO:Que, por Ley Nº 26394, modificada por Ley Nº 26673, se creó la Comisión encargada de elaborar un antepro-yecto de la Ley de Reforma del Código Civil, integrada en la forma que estableció dicha Ley; Que mediante Resolución Ministerial Nº 460-2002- JUS, se designó a los representantes de la referida Co- misión; Que, mediante comunicación de fecha 24 de febrero de 2005, el Presidente de la mencionada Comisión, señor doc- tor Jorge Avendaño Valdez, remite al Despacho del Minis- tro de Justicia, las propuestas de la Comisión que preside,respecto al Título Preliminar y a los Libros de Personas, Acto Jurídico, Reales y Derecho Internacional Privado, así como a la Sección Sexta, Responsabilidad Extracontrac-tual del Libro de Fuentes de las Obligaciones; Que, se ha considerado conveniente disponer la prepublicación de las referidas propuestas, en la páginaweb del Ministerio de Justicia, a fin de promover un de- bate en la comunidad jurídica nacional, sobre las modificaciones al Código Civil que se proponen; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Artículo Único.- Disponer la prepublicación de las propuestas de la Comisión encargada de elaborar un anteproyecto de la Ley de Reforma del Código Civil, respecto al Título Preliminar y a los Libros de Personas,Acto Jurídico, Reales y Derecho Internacional Privado, así como a la Sección Sexta, Responsabilidad Extracon- tractual del Libro de Fuentes de las Obligaciones; asícomo de su exposición de motivos en la página web del Ministerio de Justicia, www.minjus.gob.pe, a fin de pro- mover un debate en la comunidad jurídica nacional, so-bre las modificaciones que se proponen al Código Civil. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS GAMARRA UGAZ Ministro de Justicia 04559 /G52/G65/G63/G6F/G6E/G6F/G63/G65/G6E/G20/G6C/G61/G62/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G43/G6F/G6E/G73/G75/G6C/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G69/G2D/G74/G75/G69/G64/G61/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G33/G39/G39/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G4A/G55/G53 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 131-2005-JUS Lima, 25 de febrero de 2005CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 43º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecu- tivo, en cada Ministerio habrá una Comisión Consultiva,integrada por profesionales o especialistas de reconoci- da capacidad o experiencia, designados por Resolución Ministerial; Que, el artículo 13º del Decreto Ley Nº 25993 y el artículo 17º del Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, establecen que la Comisión Consultiva de Justicia es laencargada de emitir opiniones, recomendaciones y pro- yectos de carácter ilustrativo y confidencial al Ministro de Justicia, estando integrada por no menos de seis nimás de doce profesionales o especialistas de reconoci- da capacidad y experiencia; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 399-2005- JUS, de fecha 24 de agosto de 2004, se designan a los integrantes de la Comisión Consultiva de Justicia; Que, se ha considerado necesario agradecer la colaboración y el trabajo realizado por cada uno de los miembros de la referida Comisión; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia; SE RESUELVE:Artículo Único.- Agradecer, por su valiosa colabo- ración, a los miembros de la Comisión Consultiva deJusticia, constituida mediante Resolución Ministerial Nº 399-2004-JUS, quienes continúan realizando la labor que les fuera encomendada: - JORGE AVENDAÑO VALDEZ - ALFONSO DE LOS HEROS PÉREZ-ALBELA- DOMINGO GARCÍA BELAÚNDE - JUAN FRANCISCO SÁNCHEZ MORENO RAMOS - ALONSO POLAR CAMPOS- GUILLERMO VAN OORDT PARODI - SHOSCHANA ZUSMAN TINMAN - CÉSAR LANDA ARROYO- MIGUEL CRUCHAGA BELAÚNDE - ALFREDO BULLARD GONZÁLEZ - CARLOS AMAT Y LEÓN- JORGE VILLEGAS RATTI Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS GAMARRA UGAZ Ministro de Justicia 04560 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G64/G65 /G43/G6F/G6E/G63/G69/G6C/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G20/G73/G65/G64/G65/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G2D/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 010-2005-JUS Lima, 22 de febrero de 2005 Vistos, los expedientes con registros Nº 031330- 002392, sobre Autorización de Centro de Conciliación, presentado por la Asociación Civil CENTRO DE CONCI-LIACIÓN Y ARBITRAJE HONORIS CAUSA; CONSIDERANDO: Que, la mencionada asociación civil, ha solicitado autorización para el funcionamiento del Centro deConciliación denominado, HONORIS CAUSA, con sede en el departamento de Lima; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 0117- 2005-JUS/STC, la recurrente cumple con todos los re- quisitos establecidos en los artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, modificada por Leyes Nº27398 y 28163, y los artículos 42º, 44º y 45º del Regla- mento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decretos Su-premos Nºs. 016-2001-JUS y 040-2001-JUS, por lo que