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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G32/G34/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 2 de marzo de 2005 MARICULTURA EL DORADO S.A.C.; no correspondién- dole al señor EDWIN RUBÉN BARRERA PALACIOS nin-gún derecho sobre dicha concesión, al haberlos trans- ferido mediante Cesión de Posición Contractual de fecha 10 de enero de 2002, Convenio íntegramente ejecutado,al haber entregado el señor Barrera Palacios la pose- sión de la concesión a MARICULTURA EL DORADO S.A.C. y ésta a su vez entregado la suma de US$12,000.00 como contraprestación de la Cesión de Posi- ción Contractual; aprobado fictamente al 15 de enero del 2003 el procedimiento de Cambio de Titular y declaradala formalización de tal aprobación de la aplicación del Silencio Administrativo Positivo en el procedimiento de Cambio de Titular, a favor de MARICULTURA EL DORA-DO S.A.C.; Que es evidente que la Resolución Directoral Nº 055- 2003-PRODUCE/DNA, no ha afectado ningún derechodel señor EDWIN RUBÉN BARRERA PALACIOS y por lo tanto el citado impugnante, no posee interés legítimo, personal, actual y probado que lo habilite a impugnar lacitada Resolución; En consecuencia, no habiéndose afectado derecho alguno, ni interés legítimo del señor EDWIN RUBÉNBARRERA PALACIOS, corresponde declarar improce- dente su Recurso de Apelación interpuesto contra la Resolución Directoral Nº 055-2003-PRODUCE/DNA; Estando a lo opinado por la Oficina General de Ase- soría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27460, Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 030-2001-PE y en la Ley Nº 27444, Ley del ProcedimientoAdministrativo General; En uso de las facultades conferidas por el literal m), del artículo 12º del Reglamento de Organización y Fun-ciones del Ministerio de la Producción, aprobado me- diante Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE, mo- dificado por Decreto Supremo Nº 006-2003-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar IMPROCEDENTE el Recurso de Apelación interpuesto por el señor EDWIN RUBÉN BARRERA PALACIOS contra la Resolución DirectoralNº 055-2003-PRODUCE/DNA. Artículo 2º.- Transcríbase la presente Resolución a la Dirección Nacional de Acuicultura, Dirección Generalde Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defen- sa y a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO JIMÉNEZ MORALES Viceministro de Pesquería 04526 RELACIONES EXTERIORES /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G2D /G74/G72/G65/G20/G53/G75/G69/G7A/G61/G20/G79/G20/G50/G65/G72/GFA/G2C/G20/G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G61/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G64/G65/G20/G41/G70/G6F/G79/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G44/G65/G73/G63/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G45/G73/G70/G61/G63/G69/G6F/G20/G52/G75/G72/G61/G6C/G20/G2D/G20/G41/G50/G4F/G44/G45/G52 DECRETO SUPREMO Nº 041-2005-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que el "Acuerdo de Cooperación entre la Confe- deración Suiza, Representada por la Embajada Sui- za - Agencia Suiza para el Desarrollo y la Coope-ración (COSUDE) y la República del Perú, Repre- sentada por el Ministerio de Relaciones Exteriores - Agencia Peruana de Cooperación Internacional(APCI) y el Consejo Nacional de Descentralización (CND), relativo al Programa de Apoyo a la Descen-tralización en el Espacio Rural - APODER", fue sus- crito en la ciudad de Lima, República del Perú, el 28 deoctubre de 2004; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifica- ción del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidentede la República para celebrar y ratificar Tratados o adhe- rir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifíquese el "Acuerdo de Coopera- ción entre la Confederación Suiza, Representada por la Embajada Suiza - Agencia Suiza para el Desarro-llo y la Cooperación (COSUDE) y la República del Perú, Representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores - Agencia Peruana de Cooperación Inter-nacional (APCI) y el Consejo Nacional de Descen- tralización (CND), relativo al Programa de Apoyo a la Descentralización en el Espacio Rural - APODER",suscrito en la ciudad de Lima, República del Perú, el 28 de octubre de 2004. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la Repúbli- ca. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- cuatro días del mes de febrero del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores ACUERDO DE COOPERACIÓN ENTRE LA CONFEDERACIÓN SUIZA, REPRESENTADA POR LA EMBAJADA SUIZA - AGENCIA SUIZA PARA EL DESARROLLO Y LA COOPERACIÓN (COSUDE) Y LA REPÚBLICA DEL PERÚ, REPRESENTADA POR EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - AGENCIA PERUANA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL (APCI) Y EL CONSEJO NACIONAL DE DESCENTRALIZACIÓN (CND) RELATIVO AL PROGRAMA DE APOYO A LA DESCENTRALIZACIÓN EN EL ESPACIO RURAL - APODER" Fase II, desde el 1 de junio de 2004 al 31 de diciembre de 2007 ANTECEDENTES En el marco del Acuerdo de Cooperación Técnica suscrito entre el Consejo Federal Suizo y el Gobierno dela República del Perú el 9 de setiembre de 1964 y con ánimo de reafirmar los lazos de amistad y solidaridad existentes entre ambos países, las Partes convienen encelebrar el presente Acuerdo, en los siguientes términos y condiciones; La Confederación Suiza, Representada por la Embajada de Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación (COSUDE), inició en el año 2002 la fase piloto del programa APODER, principalmente medianteel apoyo a ocho acciones en los tres ejes temáticos priorizados (construcción de una visión común, vigilan- cia y cogestión local y promoción económica), en losdepartamentos de Apurímac, Cusco y Cajamarca. Es- tas acciones permitieron identificar socios para la fase