Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2005 (02/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, miercoles 2 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

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MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante Resolucion Suprema Nº 081-2003-JUS, para que en su calidad de Procurador Publico Ad Hoc, asuma la representacion y defensa de PROVIAS NACIONAL, en los procesos y procedimientos en que se ventilen sus derechos e intereses; Que, a traves de Resolucion Suprema Nº 0502004-JUS se ampliaron las facultades conferidas al Procurador Publico Ad Hoc de PROVIAS NACIONAL mediante Resolucion Suprema Nº 081-2003-JUS, para que asuma adicionalmente la representacion y defensa del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Departamental PROVIAS DEPARTAMENTAL y del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural PROVIAS RURAL, en los procesos y procedimientos en los que se ventilen sus derechos e intereses; Que, de conformidad con el articulo 1º del Decreto Ley Nº 17537, Ley de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, la defensa de los intereses y derechos del Estado se ejercita judicialmente, por intermedio de los Procuradores Publicos. Asimismo, el articulo 2º del referido texto legal senala que los Procuradores Publicos tienen la plena representacion del Estado en juicio y ejercitan su defensa en todos los procesos y procedimientos en los que actue como demandante, demandado, denunciante o parte civil; Que, el Articulo Unico del Decreto Ley Nº 17667, publicado el 28 de MORDAZA de 1969, establece que para demandar y/o formular denuncias a nombre del Estado, es necesaria la expedicion previa de la Resolucion Ministerial autoritativa; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 081-2003JUS se designo al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Procurador Publico Ad Hoc, para que asuma la representacion y defensa de los derechos e intereses del Estado, en los procesos judiciales iniciados y por iniciarse relacionados a PROVIAS NACIONAL; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 126-2003JUS se ampliaron las facultades conferidas al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante Resolucion Suprema Nº 081-2003-JUS, para que en su calidad de Procurador Publico Ad Hoc, asuma la representacion y defensa de PROVIAS NACIONAL, en los procesos y procedimientos en que se ventilen sus derechos e intereses; Que, a traves de Resolucion Suprema Nº 050-2004JUS se ampliaron las facultades conferidas al Procurador Publico Ad Hoc de PROVIAS NACIONAL mediante Resolucion Suprema Nº 081-2003-JUS, para que asuma adicionalmente la representacion y defensa del Proyecto Especial de Infraestructura de Transpor te Departamental PROVIAS DEPARTAMENTAL y del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural PROVIAS RURAL, en los procesos y procedimientos en los que se ventilen sus derechos e intereses; De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667, la Ley Nº 27791, y la Resolucion Suprema Nº 081-2003JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico Ad Hoc de PROVIAS NACIONAL, PROVIAS DEPARTAMENTAL y PROVIAS RURAL, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie y culmine las acciones legales que correspondan contra la empresa CEMENTOS MORDAZA S.A., el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables, a fin de recuperar el monto del dinero desembolsado por el PROVIAS NACIONAL en el restablecimiento de la transitabilidad a nivel provisional y definitivo del MORDAZA Yurac Yacu, ubicado sobre la carretera Tarapoto - Yurimaguas en la Progresiva Km. 59 + 680, Ruta Nacional 008, distrito Pongo de Caynarachi, provincia de Lamas, departamento de San MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial, asi como los antecedentes del caso mencio-

nado, al Procurador Publico Ad Hoc, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 04533

Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delitos contra la fe publica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 127-2005-MTC/02 MORDAZA, 25 de febrero de 2005 CONSIDERANDO: Que, con escrito del 20 de junio de 2003, don MORDAZA RICHAR MORDAZA MORDAZA, solicito su inscripcion en el Registro Nacional de Transporte Terrestre de Mercancias con el vehiculo de placa de rodaje Nº WE1169, para efectuar el servicio publico de transporte terrestre de mercancias en el ambito nacional, presentando los requisitos exigidos en el MORDAZA del Ministerio dentro de los que se encontraba la MORDAZA del Certificado de Seguro Obligatorio de Accidentes de MORDAZA contratado con la compania SUL MORDAZA Seguros; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 449-2004MTC/15, de fecha 21 de enero de 2004, se autorizo la inscripcion en el Registro Nacional de Transporte Terrestre de Mercancias a don MORDAZA RICHAR MORDAZA MORDAZA con el vehiculo de placa de rodaje Nº WE-1169, por el periodo de cinco (5) anos computados a partir de la vigencia de dicha Resolucion; Que, mediante Fax Nº 2883-2003-MTC/15.18.04 la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga solicito a la compania SUL MORDAZA Seguros, informacion sobre el Certificado de Seguro Obligatorio de Accidentes de MORDAZA - Poliza Nº 07-00110159 correspondiente al vehiculo de placa de rodaje Nº WE-1169; Que, mediante Carta Nº RR.HH 61/04 recibida con fecha 16 de enero de 2004, la compania SUL MORDAZA Seguros informa que la unidad de placa de rodaje Nº WE-1169, no se encuentra asegurada en dicha compania bajo la poliza SOAT; Que, de acuerdo al Informe Nº 5280-2004-MTC/ 15.02.2, de fecha 17 de noviembre de 2004, la Subdireccion de Autorizaciones de la Direccion de Registros y Autorizaciones senala que don MORDAZA RICHAR MORDAZA MORDAZA presento para obtener su inscripcion en el Registro Nacional de Transporte Terrestre de Mercancias, la MORDAZA del Certificado de Seguro Obligatorio de Accidentes de MORDAZA - Poliza Nº 07-00110159 correspondiente al vehiculo de placa de rodaje Nº WE1169, no encontrandose dicha unidad asegurada en la compania SUL MORDAZA Seguros segun lo informado por dicha compania mediante Nº RR.HH 61/04 recibida con fecha 16 de enero de 2004; Que, con Memorandum Nº 2766-2004-MTC/15, del 26 de noviembre de 2004 el Director General de Circulacion Terrestre remite los actuados a fin de que en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, se declare la nulidad de la Resolucion Directoral Nº 449-2004-MTC/15; Que, el numeral 32.3 del articulo 32º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, establece que "en caso de comprobarse fraude o falsedad en la declaracion, informacion o en la documentacion presentada por el administrado, la Entidad considerara no satisfecha la exigencia respectiva para todos sus efectos procediendo a comunicar el hecho a la autoridad jerarquicamente superior si lo hubiere para que declare la nulidad del acto administrativo sustentado en dicha declaracion, informacion o documento imponga a quien MORDAZA empleado esa declaracion, informacion o documento una multa a favor de la Entidad entre dos y

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