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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G32/G34/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 2 de marzo de 2005 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G53/G75/G62/G64/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C /G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G74/G6F/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6C/G75/G64/G20/G64/G65/G6C/G4E/G69/GF1/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 148-2005/MINSA Lima, 25 de febrero de 2005 Visto el Oficio Nº 413-DG-IESN-2005 y el Memorán- dum Nº 049-2005-OPP/MINSA; CONSIDERANDO:Que mediante Resolución Ministerial Nº 575-2004/ MINSA, de fecha 2 de junio de 2004, se designó, entreotros, al doctor Preyer Huamán Cabello, en el cargo de Subdirector General del Instituto Especializado de Salud del Niño; Que resulta conveniente dar término a la citada desig- nación y designar al profesional propuesto; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, el artículo 77º del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 005-90-PCM y los artículos 3º y 7º de la Ley Nº27594; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del doctor Preyer HUAMAN CABELLO, en el cargo de Subdi-rector General, Nivel F-4, del Instituto Especializado de Salud del Niño, dándosele las gracias por lo servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al doctor Carlos Manuel DEL ÁGUILA VILLAR, en el cargo de Subdirector General, Nivel F-4, del Instituto Especializado deSalud del Niño. Regístrese, comuníquese y publíquese.PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 04537 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G72/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G73/G65/G73/G6F/G72/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F/G20/G49/G49 /G64/G65/G20/G41/G73/G65/G73/G6F/G72/GED/G61/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G6C/G74/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 042-2005-TR Lima, 25 de febrero de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 209-2004- TR, de fecha 16 de agosto de 2004, se designó al doctor Guillermo Martín Boza Pro, en el cargo deAsesor II (F-5) de la Asesoría Técnica de la Alta Di- rección del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo señalado en el considerando precedente; Que, en consecuencia, cabe emitir el acto administra- tivo mediante el cual se acepta la renuncia del mencio- nado servidor; Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento ydesignación de funcionarios públicos; y el literal d) del Artículo 12º del Reglamento de Organización y Funcio- nes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo,aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR;SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, a partir de la fecha, la re- nuncia formulada por el doctor GUILLERMO MARTIN BOZA PRO, al cargo de Asesor Técnico II (F-5) de laAsesoría Técnica de la Alta Dirección del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER NEVES MUJICA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 04561 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G67/G75/G72/G69/G2D /G64/G61/G64/G20/G79/G20/G76/G69/G67/G69/G6C/G61/G6E/G63/G69/G61/G20/G70/G6F/G6C/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G75/G6C/G61/G72/G20/G70/G61/G72/G61/G6C/G61/G73/G20 /G69/G6E/G73/G74/G61/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G2C/G20 /G70/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F/G20 /G79/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 125-2005-MTC/02 Lima, 25 de febrero de 2005 VISTOS: El Memorándum Nº 0415-2005-MTC/10 de la Directora General de Administración, Informe Técnico Nº 012-2005-MTC/10.02 de la Dirección de Abasteci- miento de la Oficina General de Administración e Infor-me Nº 275-2005-MTC/08 de la Oficina General de Ase- soría Jurídica, relacionados con la expedición de la Re- solución Ministerial que exonera al Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones del proceso de selección co- rrespondiente para la contratación del servicio de segu- ridad y vigilancia policial particular para las instalacio-nes, patrimonio y funcionarios del Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los términos del Informe Nº 012- 2005-MTC/10.02 del Director de Abastecimiento de laOficina General de Administración, con fecha 4 de octu- bre de 2004, se publicó la convocatoria al Concurso Público Nº 0006-2004-MTC/10, con el objeto de contra-tar al proveedor que preste los servicios de seguridad y vigilancia policial particular para las instalaciones, patri- monio y funcionarios del Ministerio de Transportes yComunicaciones; Que, asimismo señala que en el plazo establecido en las Bases, los adquirentes formularon observaciones,siendo algunas de ellas no acogidas por el Comité Espe- cial, lo que motivó que las observaciones fueran eleva- das a CONSUCODE, obligando a modificar el calenda-rio del proceso de selección, mediante aviso de prórro- ga. El Comité Especial encargado de llevar a cabo el proceso de selección, con fecha 24 de noviembre de2004, otorgó la Buena Pro a la empresa CONSORCIO SERVICIOS Y VIGILANCIA EN GENERAL S.A.C.-SEVI- GESAC-TORRES DE SEGURIDAD S.A., al haber obte-nido el mayor puntaje de calificación en el referido proce- so de selección; Que, con fecha 30 de noviembre de 2004 la empresa Security Zak S.A. y con fecha 1 de diciembre de 2004 la Empresa de Seguridad, Vigilancia y Control S.A.C.-ES- VICSAC y Proseguridad S.A. y Vicmer S.A.C, en el plazode Ley impugnaron el acto administrativo de otorgamiento la Buena Pro, motivando la suspensión del proceso de selección. Estos recursos fueron posteriormente decla-rados infundados; Que, sin embargo, existiendo la posibilidad que algu- na de las empresas postoras no favorecidas con elotorgamiento de la Buena Pro, presentara recurso de revisión ante CONSUCODE y en vista que el contrato a través del cual la empresa SEVIGESAC brindaba el ser-