Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2005 (02/03/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 2 de marzo de 2005

Que, segun el articulo 26º del Reglamento, concordado con el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Titular del Pliego podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion en caso que se hayan expedido actos administrativos que contravengan las normas legales, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato, debiendo expresar en la resolucion que expida la etapa a la que se retrotraera el proceso; Que, en virtud del articulo 17º del Reglamento, los procesos de seleccion se inician con la convocatoria. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 26º del Reglamento, corresponde declarar de oficio la nulidad de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0001-2004-MTC/20.UZJPA - MORDAZA Convocatoria para la adquisicion de Combustible D2 para uso de los grupos electrogenos de la Estacion de Pesaje de Huancayo a cargo de la Unidad Zonal IX MORDAZA - Pasco, la misma que debera retrotraerse a la etapa de convocatoria previa reformulacion de las Bases de conformidad con lo dispuesto al respecto en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, vigente a partir del 29 de diciembre de 2004; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar de oficio nula la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0001-2004-MTC/20.UZJPA - MORDAZA Convocatoria para la adquisicion de Combustible D2 para uso de los grupos electrogenos de la Estacion de Pesaje de Huancayo, a cargo de la Unidad Zonal IX MORDAZA - Pasco de PROVIAS NACIONAL, la misma que debera retrotraerse a la etapa de convocatoria segun lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion asi como de los antecedentes respectivos a la Gerencia de Auditoria Interna de PROVIAS NACIONAL, a fin que se determinen las responsabilidades a que hubiera lugar. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 04531

CONSIDERANDO: Que, el Presidente de una Corte Superior es el representante del Poder Judicial y director del Distrito Judicial a su cargo, MORDAZA autoridad de su jurisdiccion y responsable de la ejecucion de la politica judicial, asi como el encargado de cautelar una pronta administracion de justicia, el cumplimiento de las obligaciones de los magistrados y deberes de los trabajadores; Que, mediante Resolucion de vista se dispone la remision del rol de vacaciones de los Organos Jurisdiccionales Penales Especiales de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, el mismo que regira a partir del 1 al 30 de marzo del ano en curso; Que, ante la dacion de la resolucion de vista, es pertinente para este Despacho disponer los Organos Jurisdiccionales Penales Especiales que alternaran los organos de dicha especialidad, que haran uso de su goce vacacional; Que, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER la permanencia en el mes de vacaciones de los senores Vocales Superiores, integrantes de la 1º Sala Penal Especial, ex Sala Penal Especial "A", doctoras: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Valcarcel de Necco e MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de la 3º Sala Penal Especial, ex Sala Penal Especial "C", doctores: Arracelli Denyse MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Rojjasi Pella y MORDAZA MORDAZA Castaneda Otsu, los mismos que continuaran conociendo los procesos a su cargo. Articulo Segundo.- DISPONER la permanencia en el mes de vacaciones de los senores Jueces Penales Especiales, doctores: MORDAZA MORDAZA Bascones MORDAZA - MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Saquicuray MORDAZA y MORDAZA Pena MORDAZA, los mismos que continuaran conociendo los procesos a su cargo. Articulo Tercero.- DISPONER que la 1º Sala Penal Especial, ex Sala Penal Especial "A" alterne el Despacho correspondiente a la 2º Sala Penal Especial ex Sala Penal Especial "B", por vacaciones de los senores Vocales integrantes del citado Colegiado. Articulo Cuarto.- DISPONER que la doctora MORDAZA Magaly Bascones MORDAZA - MORDAZA, Juez Titular a cargo del 1º Juzgado Penal Especial, alterne el Despacho del 2º Juzgado Penal Especial, por vacaciones de la titular. Articulo Quinto.- DISPONER que el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular a cargo del 3º Juzgado penal Especial, alterne el Despacho del 4º Juzgado penal Especial, por vacaciones de la titular. Articulo Sexto.- ESTABLECER que las alternancias a las que se refieren los articulos precedentes, alcanzaran en todo lo concerniente a diligencias urgentes, tomando en cuenta los plazos procesales. Articulo Setimo.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administracion Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y de los magistrados. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 04607 RECTIFICACION RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 064-2005-P-CSJCL/PJ En la sumilla correspondiente a la Resolucion Administrativa Nº 064-2005-P-CSJCL/PJ publicada en nues-

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Disponen Organos Jurisdiccionales Penales Especiales que alternaran los organos de dicha especialidad, que haran uso de su goce vacacional
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 110-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 28 de febrero del 2005 VISTA: La Resolucion expedida por el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha diecisiete de febrero del ano en curso; y,

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