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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MARZO DEL AÑO 2005 (04/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 34

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G38/G38/G34/G31/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 4 de marzo de 2005 Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NA- CIONAL, Proyecto Especial de Infraestructura de Trans-porte Departamental - PROVÍAS DEPARTAMENTAL y Pro-yecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural -PROVÍAS RURAL, para que en nombre y representacióndel Estado atienda la invitación cursada para conciliar porel Centro de Análisis y Resolución de Conflictos de laPontificia Universidad Católica del Perú, solicitada por elCONSORCIO VIAL SUR, conforme a lo señalado en losconsiderandos de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolu- ción Ministerial, así como los antecedentes del casomencionado al Procurador Público Ad Hoc de PROVÍASNACIONAL, PROVÍAS DEPARTAMENTAL Y PROVÍASRURAL para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 04662 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4A/G55/G44/G49/G43/G49/G41/G4C CORTE SUPREMA DE JUSTICIA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G61/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G61/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G66/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 025-2005-P-PJ Lima, 17 de febrero de 2005 VISTOS: El Memorándum Nº 094-2005-OAL-GG/PJ suscrito por el Jefe de la Oficina de Asesoría Legal de la GerenciaGeneral del Poder Judicial, el documento del 16 de diciem-bre del 2004 emitido por el Dr. César Francisco Torres Krü-ger, Notario de Lima y los demás documentos que se acom-pañan; y, CONSIDERANDO: Que, es deber de las entidades públicas velar por el debido proceso y tramitación de los pedidos que le solici-ten, encontrándose dentro de sus facultades constatar laveracidad de los documentos que le presentan; Que, doña Soledad Isabel Matallana Sisniegas preten- dió valerse del documento denominado “Carta Poder” defecha 6 de diciembre del 2004, presentado ante el Regis-tro Nacional de Condenas, con la finalidad de tramitar yobtener el Certificado de Antecedentes Penales de donFidel Campos Villena; Que, mediante documento del 16 de diciembre del 2004 el Dr. César Francisco Torres Krüger, Notario de Lima, ma-nifiesta que la “Carta Poder” presentada por doña SoledadIsabel Matallana Sisniegas ha sido falsificada, tanto en lasfirmas como en los sellos notariales; Que, mediante Memorándum Nº 030-2005-RNC-GSJR- GG/PJ el Dr. Edwin Riquero Díaz, Jefe del Registro Nacio-nal de Condenas, es de la opinión que se autorice a laseñora Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judi-ciales del Poder Judicial a fin que se interpongan las accio-nes judiciales pertinentes contra doña Soledad Isabel Ma-tallana Sisniegas; Que, el Delito Contra la Fe Pública en la modalidad de Falsificación de Documento queda configurado cuando elsujeto activo hace uso, ante las autoridades y/o particula-res, de un documento falso o falsificado, como si fueselegítimo; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Estado; el Texto ÚnicoOrdenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial - D.S.Nº 017-93-JUS y el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537sobre Representación y Defensa del Estado modifica-do por Decreto Ley Nº 17667, y el artículo 427º delCódigo Penal;SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del PoderJudicial a efectos que inicie las acciones judiciales quecorrespondan contra doña Soledad Isabel MatallanaSisniegas, y contra quienes resulten responsables, porel Delito Contra la Fe Pública en la modalidad deFalsificación de Documentos en agravio del Poder Judi-cial. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER H. VÁSQUEZ VEJARANO Presidente del Poder Judicial 04764 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 027-2005-P-PJ Lima, 17 de febrero de 2005 VISTOS:El Memorándum Nº 112-2005-OAL-GG/PJ suscrito por el Jefe de la Oficina de Asesoría Legal de la GerenciaGeneral del Poder Judicial, el documento del 20 de diciem-bre del 2004 emitido por el Dr. Aníbal Corvetto Romero,Notario de Lima y los demás documentos que se acompa-ñan; y, CONSIDERANDO:Que, es deber de las entidades públicas velar por el debido proceso y tramitación de los pedidos que le solici-ten, encontrándose dentro de sus facultades constatar laveracidad de los documentos que le presentan; Que, doña Zenaida Carmen Montenegro Gaspar de Arias pretendió valerse del documento denominado “Po-der Especial” de fecha 3 de marzo del 2003, presentadoante el Registro Nacional de Condenas, con la finalidad detramitar y obtener los Certificados de Antecedentes Pena-les de los menores Kyara Priscila y Aldo Enzo Forero Arias; Que, mediante documento del 20 de diciembre del 2004 el Dr. Aníbal Corvetto Romero, Notario de Lima, manifiestaque el “Poder Especial” presentado por doña Zenaida Car-men Montenegro Gaspar de Arias ha sido falsificado, tantoen las firmas como en los sellos notariales; Que, mediante Memorándum Nº 039-2005-RNC-GSJR- GG/PJ el Dr. Edwin Riquero Díaz, Jefe del Registro Nacio-nal de Condenas, es de la opinión que se autorice a laseñora Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judi-ciales del Poder Judicial a fin que se interpongan las accio-nes judiciales pertinentes contra doña Zenaida CarmenMontenegro Gaspar de Arias; Que, el Delito Contra la Fe Pública en la modalidad de Falsificación de Documento queda configurado cuando elsujeto activo hace uso, ante las autoridades y/o particula-res, de un documento falso o falsificado, como si fueselegítimo; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Estado; el Texto Único Ordenadode la Ley Orgánica del Poder Judicial - D.S. Nº 017-93-JUSy el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537sobre Representación y Defensa del Estado modificadopor Decreto Ley Nº 17667, y el artículo 427º del CódigoPenal; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pú- blica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial aefectos que inicie las acciones judiciales que correspon-dan contra doña Zenaida Carmen Montenegro Gaspar deArias, y contra quienes resulten responsables, por el DelitoContra la Fe Pública en la modalidad de Falsificación deDocumentos en agravio del Poder Judicial. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER H. VÁSQUEZ VEJARANO Presidente del Poder Judicial 04765