Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MARZO DEL AÑO 2005 (04/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 31

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G34/G30/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 4 de marzo de 2005 Trabajo y Promoción del Empleo, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JUAN SHEPUT MOORE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 04799 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G56/G69/G63/G65/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 004-2005-TR Lima, 3 de marzo de 2005 CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Viceministro de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, es necesario designar al funcionario que desem- peñará el mencionado cargo; Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento ydesignación de funcionarios públicos; y el literal d) del Artí-culo 12º del Reglamento de Organización y Funciones delMinisterio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobadopor Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, al señor ROBERTO JUAN SERVAT PEREIRA DE SOUSA, en elcargo de Viceministro de Trabajo del Ministerio de Trabajo yPromoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JUAN SHEPUT MOORE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 04800 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G2D/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G61/G70/G72/G6F/G70/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G69/G6C/GED/G63/G69/G74/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 041-2005-TR Lima, 25 de febrero de 2005 Visto: el Oficio Nº 723-2004-DVMPEMPE/ATU/DN de fecha 9 de setiembre de 2004 del Programa "A TrabajarUrbano" del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; CONSIDERANDO: Que, mediante documento de vistos, se da cuenta a la Secretaría General del Pliego, respecto de las gestionesrealizadas por el Programa "A Trabajar Urbano" para ladevolución del importe de S/. 8,241.26 (Ocho Mil Doscien-tos Cuarenta y Uno y 26/100 Nuevos Soles) entregado porel Programa al Comité de Gestión de Alcantarillado delAsentamiento Humano Enersur Promuvi VII, de acuerdo alo establecido en el Convenio de Ejecución de Obra Nº 22-0006-02, devolución que a la fecha no ha cumplido con elrequerimiento extra judicial efectuado por el Programa; Que, mediante el Informe Nº 024-2004-DVMPEMPE/ATU/ OAL de fecha 31 de agosto de 2004, la Jefatura de la Oficinade Asesoría Legal del Programa, remitió los respectivos ante-cedentes para que se expida la Resolución Ministerial queautorice a la Procuraduría Pública a cargo de los asuntosjudiciales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, iniciar las acciones penales contra las personas que resultenresponsables por la presunta comisión de delito de apropia-ción ilícita previsto y penado en el artículo 90º del CódigoPenal; Que, existiendo indicios razonables que hacen presumir la comisión del delito, corresponde autorizar al Procurador Públi-co para que en representación y defensa de los intereses delEstado interponga las acciones judiciales pertinentes; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el artículo 12º del Decreto LeyNº 17537 del Consejo de Defensa Judicial del Estado, modifi-cado por el Decreto Ley Nº 17667, el literal d) del artículo 12º yel artículo 78º del Reglamento de Organización y Funcionesdel Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobadopor la Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Trabajo y Promocióndel Empleo, para que en representación y defensa de losintereses del Estado, interponga las acciones judicialesque correspondan contra los que resulten responsables,conforme a los fundamentos expuestos en la parte consi-derativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y los antecedentes del caso, al Procurador Público del Esta-do a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Tra-bajo y Promoción del Empleo, para su conocimiento y finescorrespondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER NEVES MUJICA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 04773 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G2D/G76/G69/G6C/G20/G61/G20/G45/G63/G75/G61/G64/G6F/G72/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 130-2005-MTC/02 Lima, 28 de febrero de 2005 CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, enconcordancia con sus normas reglamentarias aprobadaspor Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece quepara el caso de los servidores y funcionarios públicos delos Ministerios, entre otras entidades, la autorización deviaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivoSector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial ElPeruano con anterioridad al viaje, con excepción de lasautorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 dispone que los viajes al exterior que irroguen gasto al Tesoro Público, de fun-cionarios, servidores públicos o representantes del Poder Eje-cutivo, a que se refieren el primer y segundo párrafo del artícu-lo 1º de la Ley Nº 27619, quedan prohibidos por el ejerciciofiscal 2005, prohibición que no es aplicable a los sectoresRelaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, así comola Dirección de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes yComunicaciones, en cuyos casos los viajes serán autorizadosa través de resolución del Titular del Pliego respectivo, la mismaque deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano antesdel inicio de la comisión de servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer-cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil comodependencia especializada del Ministerio de Transportes yComunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionales es-