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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G38/G31/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 11 de marzo de 2005 nistros y por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros EDUARDO SALHUANA CAVIDES Ministro de Justicia MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 05306 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 075-2005-JUS Lima, 10 de marzo de 2005Visto el Informe Nº 016-2005/CEA del 14 de febrero de 2005, de la Comisión encargada del estudio de las solicitudes de extradiciones activas, sobre el pedido de extradición de las procesadas MARIA ESTHER BULE- JE RAMOS y MARIA ELENA ARAUJO BULEJE, formula- do por el Cuadragésimo Segundo Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO: Que, por Resolución del 16 de diciembre de 2004, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, declaró procedente la solicitud de extradición de las procesadas MARIA ESTHER BULEJE RAMOS y MARIA ELENA ARAUJO BULEJE, por el delito contra el patrimonio - estafa, en agravio de Clorinda Saji Aguilar (Exp. Nº 70-2004); Que, mediante el Informe Nº 016-2005/CEA del 14 de febrero de 2005, la Comisión encargada del estudio de las solicitudes de extradiciones activas propone acceder al pedido de extradición de las referidas procesadas; Estando a lo dispuesto por el Artículo 13º del Decreto Supremo Nº 044-93-JUS, los Artículos 37º y 38º de la Ley Nº 24710, el inciso 5) del Artículo 34º del Texto Único Orde- nado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, y el Tratado de Extradi- ción, suscrito entre la República del Perú y los Estados Unidos de América, vigente desde el 25 de agosto de 2003; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa de las procesadas MARIA ESTHER BULEJE RAMOS y MARIA ELENA ARAUJO BULEJE, formulado por el Cua- dragésimo Segundo Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima, y declarado procedente por la Corte Suprema de Justicia de la República, por la comisión del delito contra el patrimonio - estafa, en agravio de Clorin- da Saji Aguilar; y disponer su presentación por vía diplo- mática, a los Estados Unidos de América, de conformi- dad con el Tratado de Extradición vigente, y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros EDUARDO SALHUANA CAVIDES Ministro de Justicia MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 05307/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G66/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 135-2005-JUS Lima, 8 de marzo de 2005 Visto el Oficio Nº 490-2005-JUS/PPMJ, de fecha 11 de febrero de 2005, de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO:Que, mediante Informe Nº 03-2005/Z.R.NºXIII-ORT- RPV, de fecha 13 de enero de 2005, se da cuenta a la Gerencia Registral de la Zona Registral Nº XIII - Sede Tacna, de la presentación de documentos supuesta- mente falsificados ante el Registro de Propiedad Vehicu- lar, ingresado mediante la solicitud de inscripción del Tí- tulo Nº 105 de 2005; Que, mediante Oficio Nº 041-2005/Z.R.NºXIII-JZ, de fecha 25 de enero de 2005, la Jefatura de la Zona Regis- tral Nº XIII - Sede Tacna remitió los respectivos antece- dentes del referido Título con indicios de comisión de delito, para que se expida la Resolución Ministerial que autorice a la Procuraduría Pública a cargo de los Asun- tos Judiciales del Ministerio de Justicia iniciar las accio- nes penales contra las personas que resulten respon- sables por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública en la modalidad de Falsificación de Documentos, previsto y penado en el artículo 427º del Código Penal; Que, existen indicios razonables que hacen presu- mir la comisión del delito contra la Fe Pública, por lo que corresponde autorizar al Procurador Público, para que en representación y defensa de los intereses del Estado interponga las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 del Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales que correspon- dan contra los que resulten responsables, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO SALHUANA CAVIDES Ministro de Justicia 05161 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 136-2005-JUS Lima, 8 de marzo de 2005 Visto el Oficio Nº 494-2004-JUS/PPMJ, de fecha 11 de febrero del 2005, de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 122-2004-V-ST-RPV/MPA, de fecha 30 de marzo de 2004, se da cuenta a la Geren- cia Registral de la Zona Registral Nº V - Sede Trujillo de la presentación de documentos supuestamente falsifica-