Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2005 (11/03/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 42

Pag. 288816

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 11 de marzo de 2005

PRODUCE
Designan Jefe de Gabinete de Asesores del Despacho del Ministro de la Produccion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 066-2005-PRODUCE MORDAZA, 9 de marzo del 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 259-2004PRODUCE, del 7 de MORDAZA del 2004, se acepto la renuncia del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Jefe de Gabinete de Asesores del Despacho del Ministro de la Produccion; Que el cargo se encuentra vacante, y en consecuencia debe procederse a dictar el acto de administracion que designe al funcionario que lo desempene; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Jefe de Gabinete de Asesores del Despacho del Ministro del Ministerio de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LEMOR BEZDIN Ministro de la Produccion 05275

Que el Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE mediante Oficio Nº DE-100-013-2005-PRODUCE/IMP del 20 de enero de 2005 remite el documento "Informe Ejecutivo sobre la Situacion y Perspectivas del Recurso Aracanto (Lessonia spp.) en el Litoral de Arequipa", con los resultados de la prospeccion de las poblaciones de macroalgas bentonicas realizada del 20 al 23 de diciembre de 2004 en la MORDAZA MORDAZA costera de las provincias de Islay y Camana, en el cual se alude a la actual disponibilidad de las especies Lessonia trabeculata y Lessonia nigrescens, precisando que existe un mayor porcentaje de especimenes adultos; aspectos en base a los cuales se considera pertinente permitir la extraccion mesurada del recurso, contemplando ciertos metodos de extraccion para evitar la depredacion de las praderas algales existentes; Que la extraccion del recurso algas marinas constituye una actividad artesanal de singular importancia para las areas de influencia de su desarrollo, por ser generadora de mano de obra y bienestar socioeconomico, razones por las cuales es necesario disponer medidas orientadas a permitir su continuidad, las mismas que deberan contemplar mecanismos de extraccion que contribuyan a evitar, ademas de la sobreexplotacion del recurso en si, la alteracion del ecosistema costero y el posible impacto negativo sobre otras especies hidrobiologicas que habitan las praderas de algas marinas; De conformidad a las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y, Con el visado del Viceministro de Pesqueria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 399-2004-PRODUCE, autorizandose en el departamento de MORDAZA la actividad extractiva y el otorgamiento de permisos de pesca para la extraccion de las algas marinas Lessonia spp y Macrocystis integrifolia, a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Autorizar el otorgamiento de permisos de pesca para realizar la extraccion de las diversas especies de algas marinas en el litoral Peruano, a excepcion de la especie de sargazo Macrocystis pyrifera. Articulo 3º.- La extraccion del recurso Lessonia spp de su ambiente natural debera ser realizada bajo las siguientes condiciones: - Retirar la planta completa, incluyendo el rizoide. - El diametro del disco o rizoide de las plantas al momento de su extraccion debe ser mayor a veinte centimetros (20 cm.). - La entresaca de algas debe realizarse dejando entre las plantas espacios menores a cuatro metros (4 m.). Articulo 4º.- La extraccion del sargazo Macrocystis integrifolia se realizara sobre especimenes de mas de seis metros (6 m.) de longitud, segando solo las frondas de la planta (tallos y hojas) por encima de los treinta centimetros (30 cm.) del rizoide. Articulo 5º.- Las personas naturales y juridicas que incumplan con las condiciones establecidas en los Articulo 3º y 4º de la presente Resolucion Ministerial seran sancionadas conforme lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento de Inspecciones y del Procedimiento Sancionador de las Infracciones en las Actividades Pesqueras y Acuicolas, aprobado por Decreto Supremo Nº008-2002-PE y demas disposiciones legales vigentes. Articulo 6º.- El Instituto MORDAZA del Peru (IMARPE), priorizara la ejecucion de estudios bioecologicos, asi como la evaluacion del recurso Lessonia spp y otras especies de algas marinas del litoral Peruano, a fin de recomendar las medidas y acciones de ordenamiento pesquero necesarias para una adecuada administracion y manejo del recurso. Asimismo, realizara un seguimiento periodico de los niveles de impacto derivados de la extraccion; quedando para tal efecto exceptuado de los alcances de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 7º.- Las Direcciones Regionales con competencia pesquera en la costa Peruana coordinaran y ejecutaran acciones de capacitacion sobre las practicas adecuadas de extraccion y conservacion de las algas

Autorizan otorgamiento de permisos de pesca para la extraccion de algas marinas en el litoral
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 068-2005-PRODUCE MORDAZA, 9 de marzo del 2005 Vistos el Oficio Nº DE-100-013-2005-PRODUCE/IMP del 20 de enero de 2005 e Informe Ejecutivo adjunto, el Informe Nº 043-2005-PRODUCE/Dch-maph del 3 de febrero de 2005 y el Informe Nº 422-2005-PRODUCE/ OGAJ del 28 de febrero de 2005; CONSIDERANDO: Que el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establece que el Ministerio de Pesqueria, actualmente Ministerio de la Produccion, determinara, sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos, segun el MORDAZA de pesqueria, las normas que garanticen la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; Que por Resolucion Ministerial Nº 258-2002-PE del 11 de MORDAZA de 2002 se autorizo la admision de solicitudes de permiso de pesca para realizar la extraccion de las diversas especies del recurso algas marinas en el litoral Peruano, a excepcion de Macrocystis pyrifera y, asimismo, se fijaron condiciones tecnicas para efectuar la extraccion de Macrocystis integrifolia y de las especies del genero Lessonia; Que mediante la Resolucion Ministerial Nº 399-2004PRODUCE del 29 de octubre de 2004 se dejo en suspenso la aplicacion de la Resolucion Ministerial Nº 258-2002PE en el departamento de MORDAZA, suspendiendo el otorgamiento de permisos de pesca para la extraccion de todas las especies de algas marinas del genero Lessonia del ambiente natural y, asimismo, con un enfoque precautorio, se prohibio la actividad extractiva de dicho recurso, hasta que los estudios cientificos del Instituto MORDAZA del Peru proporcionen los elementos de juicio necesarios para establecer las medidas de manejo racional y sostenido;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.