Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2005 (16/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, miercoles 16 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

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Articulo 2º.- La Unidad de Abastecimiento de la Oficina General de Administracion queda encargada de publicar en el SEACE, en un plazo no mayor de 5 dias habiles de aprobado; la modificacion referida en el articulo precedente. Articulo 3º.- Encargar a la Oficina General de Estadistica e Informatica la publicacion de la presente resolucion en la pagina WEB del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 05514

Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el inciso 24 del articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, de conformidad con el informe de fojas 63 a 65, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de viaje en comision de servicios, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Crear los siguientes Juzgados de Paz en el Distrito Judicial de Apurimac: - Un Juzgado de Paz Letrado en el Centro Poblado Menor de Padre Rumi, distrito de Ranracancha, provincia de Chincheros, con competencia ademas en los Centros Poblados de MORDAZA MORDAZA y San Cristobal. - Un Juzgado de Paz Letrado en el Centro Poblado Menor de Occepata, distrito de Ranracancha, provincia de Chincheros, con competencia ademas en los Centros Poblados de Sinhuapata y Ccechuaraccra . - Un Juzgado de Paz Letrado en el Centro Poblado Menor de Huaribamba, distrito de Ranracancha, provincia de Chincheros, con competencia ademas en los Centros Poblados de Mollebamba, Cconecc, Quishqui Rumi y Ccenhua. Articulo Segundo.- Desestimar, por ahora, la solicitud de creacion de un Juzgado de Paz en Centro Poblado Menor de Sotccomayo, distrito de Kishuara, provincia de Andahuaylas. Articulo Tercero.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AMEZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ 05527 RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 014-2005-CE-PJ MORDAZA, 28 de enero del 2005 VISTOS: El Oficio Nº 0201-2003-P-CSJCA-PJ cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y el Informe Nº 076-2003-SEP-GP-GG, de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA remite a este Organo de Gobierno propuesta de creacion de un Juzgado de Paz en la Comunidad Las Grutas de Negropampa, distrito y provincia de Chota, presentada por las autoridades y pobladores de dicha comunidad; Que, la solicitud de creacion se fundamenta en tener poblacion de aproximada de 2600 habitantes, conjuntamente con la Estancia de Chucumaca y parte de los Sectores de Negropampa Alto y Silleropata Alto y, en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz mas cercano se

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Crean Juzgados de Paz en los Distritos Judiciales de MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 013-2005-CE-PJ MORDAZA, 28 de enero del 2005 VISTOS: El Oficio Nº 258-2002-P-CSJAP/PJ cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y el Informe Nº 169-2002-SEP-GP-GG, de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA remite a este Organo de Gobierno propuesta de creacion de 04 Juzgados de Paz en los Centros Poblados Menores de Padre Rumi, Occepata y Huaribamba, distrito de Ranracancha, provincia de Chincheros, asi como en el Centro Poblado Menor de Sotccomayo, distrito de Kishuara, provincia de Andahuaylas, presentada por los Alcaldes y pobladores de las mencionadas localidades; Que, las peticiones formuladas se sustentan en que los Centros Poblados Menores de Padre Rumi, Occepata, Huaribamba y Sotccomayo, cuentan con una poblacion aproximada de 632, 530, 565 y 280 habitantes, respectivamente; asi como en las distancias que los pobladores tienen que recorren para dirigirse al Juzgado de Paz mas cercano que se encuentra en las sedes de los distritos de Ranracancha y Kishuara, entre 2.5 a 10 kilometros en algunos casos, transitados en caminos de herradura;, por lo que sus pobladores no tienen acceso a un oportuno servicio de administracion de justicia; Que, el Informe Nº 169-2002-SEP-GP-GG, de la Gerencia General del Poder Judicial concluye que es factible la creacion de los Juzgados de Paz en los Centros Poblados Menores de Padre Rumi, Occepata y Huaribamba; y que no es procedente la creacion del Juzgado de Paz en el Centro Poblado Menor de Sotccomayo, por la baja densidad poblacional; Que, siendo asi, por el numero de habitantes de los Centros Poblados Menores de Padre Rumi, Occepata y Huaribamba, incluyendo los centros poblados que los conforman, entre los que se presentan conflictos de naturaleza Civil: deudas; Penal: abigeato, lesiones y usurpacion; Familia: violencia familiar, alimentos y filiacion; Notarial: legalizacion de documentos; y siendo objetivo principal de este Poder del Estado el de administrar justicia en forma rapida y eficaz, resulta procedente la peticion que se formula, en este extremo;

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