Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2005 (16/03/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 16 de marzo de 2005

encuentra ubicado en el Centro Poblado Menor de Negropampa, a una distancia de 8 kilometros, lo que representa para los pobladores transitar a pie durante 02 horas, por cuya razon no tienen acceso a un oportuno servicio de administracion de justicia; Que, el Informe Nº 076-2003-SEP-GP-GG de la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creacion del Juzgado de Paz en la Comunidad de Las Grutas de Negropampa; Que, por el numero de habitantes de los centros poblados a los que beneficiaria el Juzgado de Paz, entre los que se presentan conflictos de naturaleza Civil: linderos; Penal: faltas contra la persona y el patrimonio; Familia: violencia familiar, alimentos; Notarial: legalizacion de documentos; y siendo objetivo principal de este Poder del Estado el de administrar justicia en forma rapida y eficaz, resulta procedente la peticion que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el inciso 24 del articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, de conformidad con el informe de fojas 55 a 56, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de viaje en comision de servicios, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en la Comunidad Las Grutas de Negropampa, distrito y provincia de Chota, departamento y Distrito Judicial de MORDAZA, con competencia ademas en la Estancia de Chucumaca y, en parte de los Sectores de Negropampa Alto y Silleropata Alto. Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y a la Gerencia General del Poder Judicial para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AMEZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ 05528

de Juez de Paz Letrado Titular de la Provincia de Canete para el que fue nombrado por Resolucion Suprema Nº 214-83-JUS; Que, el cargo de magistrado termina por renuncia, desde que es aceptada, conforme lo establece el articulo 245º, inciso 3, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; Que, en tal sentido, y sin perjuicio de lo dispuesto en la MORDAZA acotada, la aceptacion de la renuncia formulada por el recurrente, no implica en modo alguno exoneracion de responsabilidad por cualquier hecho materia de investigacion que se hubiera producido durante el ejercicio de sus funciones como magistrado del Distrito Judicial de Canete; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesion ordinaria de la fecha, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de vacaciones, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA Valqui al cargo de Juez de Paz Letrado Titular de la Provincia de Canete, comprension del Distrito Judicial del mismo nombre; sin perjuicio de lo expuesto en el tercer considerando de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Trascribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Canete, Gerencia General del Poder Judicial e interesado, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AMEZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ 05529

Aceptan renuncia de Juez de Paz Letrado Titular de la provincia de Canete
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 056-2005-CE-PJ MORDAZA, 4 de marzo del 2005 VISTOS: El Oficio Nº 523-05-PJ/CSJCN-P, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Canete, y la solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA Valqui, con certificacion de firma ante la Fedataria de la mencionada Corte Superior; y, CONSIDERANDO: Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Canete eleva a este Organo de Gobierno la solicitud de renuncia irrevocable presentada por el senor MORDAZA MORDAZA Valqui, al cargo de Juez Provisional del MORDAZA Juzgado Penal de Canete designado mediante resolucion de fecha 22 de setiembre del 2003, y al cargo

Amplian disposicion de la Res. Adm. Nº 170-2004-CE-PJ en lo referente a la competencia de los Juzgados Penales Supraprovinciales para conocer delitos contra la humanidad y otros
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 060-2005-CE-PJ MORDAZA, 4 de marzo de 2005 VISTA: La Carta Nº 040-AFDDEET/03 cursada por el Presidente de la Asociacion de Familiares Detenidos, Desaparecidos, Ejecuciones Extrajudiciales y Torturados; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el mencionado documento se solicita a este Organo de Gobierno el nombramiento de Jueces Especializados en materia de derechos humanos, en merito de las recomendaciones de la Comision Interamericana de Derechos Humanos - CIDH, y la Comision de la Verdad y la Reconciliacion - CVR, que puedan garantizar el debido MORDAZA en plazos prudenciales;

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