Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2005 (16/03/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 16 de marzo de 2005

Articulo Cuarto.- Disponer que el Organo de Control Institucional inicie el examen correspondiente a fin de deslindar las responsabilidades a que hubiera lugar por la falta de ejecucion del MORDAZA de seleccion para la contratacion del "Servicio de Adquisicion de Pasajes Aereos a Nivel Nacional e Internacional" por parte del Comite Especial designado en el ano 2004. Articulo Quinto.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Gerencia General, Gerencias Centrales de Logistica, de Recursos Economicos, Oficina de Asesoria Juridica y a la Oficina de Control Institucional, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 05522

debiendo exhibirse permanentemente en la oficina principal de la empresa, en lugar visible al publico. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros 05439

Sustituyen Titulo IX del Compendio de Normas de Superintendencia y sus modificatorias, por el Manual de Contabilidad para las AFPs y el Manual de Contabilidad para las Carteras Administradas
RESOLUCION SBS Nº 435-2005 MORDAZA, 15 de marzo de 2005 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 054-97-EF y sus modificatorias que aprobo el Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, senala las operaciones que pueden ser realizadas por las administradoras privadas de fondos de pensiones; Que, un registro contable adecuado de dichas operaciones permite reflejar la real situacion economica y financiera de las administradoras privadas de fondos de pensiones y de las carteras que administran, facilitando la labor de supervision de este organismo de control; Que corresponde a esta Superintendencia establecer las normas para un registro adecuado de las operaciones realizadas por las empresas supervisadas; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, de Asesoria Juridica y de Riesgos, asi como por las Gerencias de Estudios Economicos y de Organizacion y Sistemas; y, En uso de las atribuciones conferidas por los numerales 9 y 13 del articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias, y el inciso d) del articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones; RESUELVE: Articulo Primero.- Sustituir lo dispuesto en el Titulo IX del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por la Resolucion Nº 144-98-EF/ SAFP y sus modificatorias, por el Manual de Contabilidad para las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y el Manual de Contabilidad para las Carteras Administradas, que forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Los estados financieros de las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y de las Carteras Administradas, asi como las notas a dichos estados financieros y la informacion complementaria a los mismos, deberan remitirse a esta Superintendencia en forma impresa. Los balances de comprobacion de saldos de las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y de las Carteras Administradas, deberan remitirse a esta Superintendencia por medio del Submodulo de Captura y Validacion Externa (SUCAVE). Articulo Tercero.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del primer dia del mes siguiente de transcurridos noventa (90) dias calendario de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros 05519

SBS
Autorizan funcionamiento de Empresa de Transferencia de Fondos
RESOLUCION SBS Nº 429-2005 MORDAZA, 11 de marzo de 2005 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que se autorice el funcionamiento de una Empresa de Transferencia de Fondos - ETF, bajo la denominacion social de HAND TO HAND S.A.C.; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud de la autorizacion de organizacion otorgada por esta Superintendencia mediante Resolucion SBS Nº 1094-2004 del 5.7.2004, se ha constituido la referida ETF mediante Escritura Publica de fecha 12.2.2003, extendida ante la Notaria de MORDAZA Vainstein Blanck, quedando inscrita la constitucion de la misma en la Partida Electronica Nº 11483087 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; Que, de acuerdo a lo establecido en la Resolucion SBS Nº 600-98 del 24 de junio de 1998 y en el articulo 26º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y modificatorias, en adelante Ley General, se ha verificado que ETF HAND TO HAND S.A.C. ha cumplido con los requisitos establecidos en el articulo 11º de la referida Resolucion, encontrandose tecnica y administrativamente capacitada para el inicio de sus operaciones; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "F" mediante Informe Nº 022-2005-DESF"F" y la opinion favorable de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 27º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, En uso de las atribuciones conferidas por la referida Ley General; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar, a partir de la fecha, el funcionamiento de la Empresa de Transferencia de Fondos - ETF HAND TO HAND S.A.C., como una Empresa de Transferencia de Fondos. Articulo Segundo.- Disponer que por Secretaria General se otorgue el correspondiente Certificado de Autorizacion de Funcionamiento el que debera ser publicado por dos veces alternadas, la primera en el Diario Oficial y la MORDAZA en uno de extensa circulacion nacional,

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