Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2005 (16/03/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 16 de marzo de 2005 DISPOSICIONES FINALES

a) Comprobar que las anforas y sobres que reciben corresponden a las mesas de sufragio de su circunscripcion electoral; b) Examinar el estado de las anforas y sobres que les han sido remitidos y comprobar que no han sido violados; y, c) Separar las solicitudes de nulidad, votos impugnados o errores materiales contenidos en el acta electoral y remitirlos a la instancia correspondiente del MORDAZA Nacional de Elecciones, para su resolucion. d) Ingresar al sistema informatico de computo de resultados, las resoluciones remitidas por el JNE respecto de los votos impugnados, errores materiales en el acta, entre otros. El Jefe de la ODPE denunciara al Ministerio Publico, por el medio mas rapido, con conocimiento del JNE y de la ONPE, los delitos que hayan sido cometidos por los miembros de mesa. Articulo 50º.- Acta de computo de resultados El Jefe de la ODPE levanta por duplicado el acta del computo de los resultados de su circunscripcion, la que es firmada por los personeros que lo deseen. Asimismo, envia a la ONPE, inmediatamente y por el medio de comunicacion mas rapido disponible, el resultado del computo. Las actas del computo de resultados se distribuyen de la siguiente manera: a) Un ejemplar al JNE. b) Un ejemplar a la ONPE. Asimismo, se expide una MORDAZA del acta a los personeros que lo soliciten. Articulo 51º.- Computo nacional La ONPE procede a: a) Iniciar el computo nacional despues de haber recibido los resultados del computo de las ODPE. b) Determinar los votos obtenidos en total por cada uno de los candidatos a consejero; y, c) Comunicar al JNE los resultados obtenidos a nivel nacional. CAPITULO VII MEDIOS IMPUGNATORIOS Articulo 52º.- Regulacion de medios impugnatorios y tachas por el JNE La MORDAZA de medios impugnatorios y tachas por parte de los ciudadanos y personeros se realizara conforme a las disposiciones que para dicho efecto emita el JNE. Articulo 53º.- Impugnacion de diseno de cedula de votacion Los personeros acreditados pueden presentar impugnaciones respecto al diseno de la cedula ante la ONPE. Dichas impugnaciones o reclamaciones deben estar debidamente sustentadas y ser presentadas por escrito dentro de los 3 (tres) dias naturales despues de efectuada la publicacion. La ONPE resuelve las impugnaciones o reclamaciones dentro de los 3 (tres) dias naturales siguientes a su formulacion. Articulo 54º.- Impugnacion de actos que afecten derechos de candidatos o electores El personero legal, acreditado ante la ODPE esta facultado para presentar cualquier recurso o impugnacion en relacion con actos que afecten los derechos de los candidatos o electores durante el desarrollo del MORDAZA electoral. Dicha impugnacion debe estar debidamente sustentada y sera presentada ante la propia ODPE, la que la remitira inmediatamente a la ONPE para su resolucion en un plazo no mayor a 3 (tres) dias naturales. La resolucion de la ONPE podra ser impugnada a fin de que la misma sea revisada por el JNE.

Primera.- En todo lo no dispuesto en el presente reglamento debera aplicarse de manera supletoria la Ley Organica de Elecciones, Nº 26859. Segunda.- La ONPE podra emplear medios tecnicos a fin de efectuar el sufragio, previa resolucion autoritativa por parte del CNM. 05470

MINISTERIO PUBLICO
Designan a Fiscal Adjunto Supremo Titular como Adscrito a la Fiscalia Especializada del Despacho de la Fiscalia de la Nacion
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 548-2005-MP-FN MORDAZA, 14 de marzo de 2005 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Nº 526-2005-MP-FN, de fecha 9 de marzo de 2005, se desactiva una plaza de Fiscal Superior que conformaba la Fiscalia Superior Penal Nacional; Que, la Fiscalia Especializada del Despacho de la Fiscalia de la Nacion, requiere de un Fiscal Adjunto Supremo para coadyuvar con la celeridad procesal, lo que hace necesario convertir la plaza de Fiscal Superior en plaza de Fiscal Adjunto Supremo; Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Convertir en plaza de Fiscal Adjunto Supremo, la plaza a que hace referencia el paragrafo primero de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Asignar la plaza de Fiscal Adjunto Supremo, a la Fiscalia Especializada del Despacho de la Fiscalia de la Nacion. Articulo Tercero.- Dar por concluida la designacion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Adjunto Supremo Titular, en el Despacho de la Fiscalia Suprema de Control Interno, materia de la Resolucion Nº 8622004-MP-FN, de fecha 16 de junio del 2004. Articulo Cuarto.- Designar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Adjunto Supremo Titular, como Adscrito a la Fiscalia Especializada del Despacho de la Fiscalia de la Nacion. Articulo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion al Fiscal Supremo de la Fiscalia Suprema de Control Interno, Gerencia Central de Personal, Gerencia de Registro de Fiscales y al Fiscal mencionado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 05486

Nombran Fiscal Adjunto Provisional en el Despacho de la Fiscalia Suprema de Control Interno
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 549-2005-MP-FN MORDAZA, 14 de marzo de 2005 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza de Fiscal Adjunto Supremo en el Despacho de la Fiscalia Suprema de

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