TEXTO PAGINA: 34
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G39/G30/G35/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 16 de marzo de 2005 a) Comprobar que las ánforas y sobres que reciben corresponden a las mesas de sufragio de su circuns-cripción electoral; b) Examinar el estado de las ánforas y sobres que les han sido remitidos y comprobar que no han sidoviolados; y, c) Separar las solicitudes de nulidad, votos impug- nados o errores materiales contenidos en el actaelectoral y remitirlos a la instancia correspondientedel Jurado Nacional de Elecciones, para su resolu-ción. d) Ingresar al sistema informático de cómputo de resultados, las resoluciones remitidas por el JNE res- pecto de los votos impugnados, errores materiales en elacta, entre otros. El Jefe de la ODPE denunciará al Ministerio Público, por el medio más rápido, con conocimiento del JNE y de la ONPE, los delitos que hayan sido cometidos por los miembros de mesa. Artículo 50º.- Acta de cómputo de resultados El Jefe de la ODPE levanta por duplicado el acta del cómputo de los resultados de su circunscripción, la que es firmada por los personeros que lo deseen. Asimismo, envía a la ONPE, inmediatamente y por el medio de co-municación más rápido disponible, el resultado del cóm-puto. Las actas del cómputo de resultados se distribuyen de la siguiente manera: a) Un ejemplar al JNE. b) Un ejemplar a la ONPE. Asimismo, se expide una copia del acta a los persone- ros que lo soliciten. Artículo 51º.- Cómputo nacional La ONPE procede a: a) Iniciar el cómputo nacional después de haber recibi- do los resultados del cómputo de las ODPE. b) Determinar los votos obtenidos en total por cada uno de los candidatos a consejero; y, c) Comunicar al JNE los resultados obtenidos a nivel nacional. CAPÍTULO VII MEDIOS IMPUGNATORIOS Artículo 52º.- Regulación de medios impugna- torios y tachas por el JNE La presentación de medios impugnatorios y tachas por parte de los ciudadanos y personeros se realizará conforme a las disposiciones que para dicho efecto emita el JNE. Artículo 53º.- Impugnación de diseño de cédula de votación Los personeros acreditados pueden presentar impugnaciones respecto al diseño de la cédula ante la ONPE. Dichas impugnaciones o reclamaciones de-ben estar debidamente sustentadas y ser presenta-das por escrito dentro de los 3 (tres) días naturalesdespués de efectuada la publicación. La ONPE re-suelve las impugnaciones o reclamaciones dentro de los 3 (tres) días naturales siguientes a su formula- ción. Artículo 54º.- Impugnación de actos que afecten derechos de candidatos o electores El personero legal, acreditado ante la ODPE está facultado para presentar cualquier recurso o impug- nación en relación con actos que afecten los dere-chos de los candidatos o electores durante el desa-rrollo del proceso electoral. Dicha impugnación debeestar debidamente sustentada y será presentada antela propia ODPE, la que la remitirá inmediatamente a la ONPE para su resolución en un plazo no mayor a 3 (tres) días naturales. La resolución de la ONPEpodrá ser impugnada a fin de que la misma sea revi-sada por el JNE.DISPOSICIONES FINALES Primera.- En todo lo no dispuesto en el presente regla- mento deberá aplicarse de manera supletoria la Ley Or-gánica de Elecciones, Nº 26859. Segunda.- La ONPE podrá emplear medios técni- cos a fin de efectuar el sufragio, previa resolución autori- tativa por parte del CNM. 05470 MINISTERIO PÚBLICO /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G61/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G41/G64/G6A/G75/G6E/G74/G6F/G20/G53/G75/G70/G72/G65/G6D/G6F /G54/G69/G74/G75/G6C/G61/G72/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G41/G64/G73/G63/G72/G69/G74/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/GED/G61 /G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G46/G69/G73/G2D/G63/G61/G6C/GED/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4E/G61/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 548-2005-MP-FN Lima, 14 de marzo de 2005 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 526-2005-MP-FN, de fecha 9 de marzo de 2005, se desactiva una plaza de Fiscal Supe-rior que conformaba la Fiscalía Superior Penal Nacional; Que, la Fiscalía Especializada del Despacho de la Fiscalía de la Nación, requiere de un Fiscal Adjunto Su-premo para coadyuvar con la celeridad procesal, lo que hace necesario convertir la plaza de Fiscal Superior en plaza de Fiscal Adjunto Supremo; Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica delMinisterio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Convertir en plaza de Fiscal Ad- junto Supremo, la plaza a que hace referencia el pará- grafo primero de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Asignar la plaza de Fiscal Ad- junto Supremo, a la Fiscalía Especializada del Despa-cho de la Fiscalía de la Nación. Artículo Tercero.- Dar por concluida la designación del doctor Justo Germán Ccama Condori, Fiscal Adjun- to Supremo Titular, en el Despacho de la Fiscalía Supre-ma de Control Interno, materia de la Resolución Nº 862-2004-MP-FN, de fecha 16 de junio del 2004. Artículo Cuarto.- Designar al doctor Justo Germán Ccama Condori, Fiscal Adjunto Supremo Titular, como Adscrito a la Fiscalía Especializada del Despacho de la Fiscalía de la Nación. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presen- te Resolución al Fiscal Supremo de la Fiscalía Supremade Control Interno, Gerencia Central de Personal, Ge-rencia de Registro de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 05486 /G4E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6E/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G41/G64/G6A/G75/G6E/G74/G6F/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G65/G6E /G65/G6C/G20/G44/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/GED/G61/G20/G53/G75/G70/G72/G65/G6D/G61/G20/G64/G65/G43/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G6F RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 549-2005-MP-FN Lima, 14 de marzo de 2005 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza de Fiscal Adjun- to Supremo en el Despacho de la Fiscalía Suprema de