Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2005 (16/03/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 16 de marzo de 2005

Cada candidato podra acreditar un personero legal y uno tecnico, asi como sus respectivos suplentes, ante la ONPE. Los personeros de las mesas de sufragio deberan acreditarse ante la respectiva ODPE. Articulo 20º.- Facultades del personero legal ante la ONPE El personero legal acreditado ante la ONPE, o su suplente, esta facultado para representar a su candidato en el desarrollo de las actividades del MORDAZA electoral, asi como para presentar las impugnaciones previstas de conformidad con lo dispuesto por el presente reglamento y las demas normas de procedimiento aplicables. Articulo 21º.- MORDAZA de recursos por personero tecnico Cualquier recurso que un personero tecnico quiera presentar se realiza conjuntamente con su personero legal acreditado ante la ONPE. Articulo 22º.- Impedimento a los candidatos para ser personeros Los candidatos que postulan al presente MORDAZA electoral no podran ser personeros. TITULO II PROCEDIMIENTOS ELECTORALES CAPITULO I ELABORACION DEL PADRON ELECTORAL Articulo 23º.- Remision de padrones por los colegios profesionales Conforme al cronograma electoral elaborado por la ONPE, este organismo solicitara a los Colegios Profesionales del MORDAZA que le remitan, dentro del plazo de 15 dias, en medio magnetico y en el formato disenado por la ONPE, la relacion de los miembros habiles de sus respectivos colegios, conteniendo la informacion detallada en el articulo 5º del Reglamento, con el objeto de elaborar el padron electoral respectivo. Los colegios profesionales que no entreguen la informacion senalada en el parrafo anterior dentro del plazo establecido, no podran participar en el MORDAZA electoral. Articulo 24º.- Subsanacion de inconsistencias de los padrones De encontrarse inconsistencias durante la contrastacion de la informacion de los padrones remitidos por los colegios con la del registro de ciudadanos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, la ONPE requerira a los respectivos colegios para que en un plazo de 7 (siete) dias naturales cumplan con subsanar dichas inconsistencias, por unica vez. Las inconsistencias que no MORDAZA subsanadas dentro del referido termino por los colegios profesionales, daran lugar a que los electores sobre los cuales subsisten dichas inconsistencias MORDAZA considerados inhabiles. De ningun modo los colegios profesionales podran anadir nuevos electores durante el plazo de subsanacion. CAPITULO II INSCRIPCION DE CANDIDATURAS Articulo 25º.- Formatos de listas de adherentes para la recoleccion de firmas A fin de que los proponentes cumplan con presentar el 5% de miembros activos de su respectivo Colegio Profesional, que en ningun caso sera menor de 100 (cien) adherentes, deberan adquirir en la ONPE los formatos de listas de adherentes a partir de la fecha que se indique en el cronograma electoral. Articulo 26º.- Verificacion de firmas de listas de adherentes La ONPE recibira y verificara los requisitos formales y la autenticidad de las firmas de los adherentes que deben presentar los proponentes. Los proponentes de candidatos que no alcancen el porcentaje senalado en la primera entrega de sus listas

de adherentes, podran presentar MORDAZA entregas como sea necesario para completar el minimo requerido que les permita inscribirse, hasta 10 (diez) dias MORDAZA de la publicacion de candidatos inscritos. Articulo 27º.- Inscripcion de candidatos Vencido el plazo de MORDAZA de candidatos, la ONPE procedera a inscribir a los candidatos que cumplan todos los requisitos, realizando la publicacion al dia siguiente, conforme a lo senalado por el articulo 8º del Reglamento. Articulo 28º.- Publicacion definitiva de relacion de candidatos inscritos Una vez que el JNE resuelva todas las impugnaciones se procede a la publicacion definitiva en el Diario Oficial El Peruano de la relacion de candidatos inscritos, en orden alfabetico. CAPITULO III DEL MATERIAL ELECTORAL Articulo 29º.- Caracteristicas del material electoral La ONPE determina las caracteristicas del material electoral necesario para el desarrollo de la eleccion. Asimismo, determina los mecanismos de seguridad, el MORDAZA de material a utilizarse y el planeamiento logistico, teniendo en cuenta las normas contenidas en este dispositivo y las que se emitan durante el desarrollo del proceso. Articulo 30º.- Identificacion de los candidatos en la cedula de sufragio Los candidatos se identificaran en la cedula de sufragio con su nombre y el del colegio profesional al que pertenecen. Su orden de ubicacion en la cedula sera determinada por sorteo, a ser realizado en el local de la ONPE. Articulo 31º.- Material electoral no utilizado El material electoral no utilizado en la respectiva mesa sera entregado al coordinador de la mesa de sufragio, de acuerdo al procedimiento general de acopio definido por la ONPE. CAPITULO IV SIMULACROS DE VOTACION Y DE COMPUTO DE RESULTADOS Articulo 32º.- Plan de simulacros La ONPE desarrollara y ejecutara un plan de simulacros de votacion y de computo de resultados. Dichos simulacros se realizaran dentro de las dos semanas previas al dia de la eleccion. Articulo 33º.- Participacion en los simulacros En los simulacros pueden participar, si asi lo consideran, el JNE, la Defensoria del Pueblo y las organizaciones de observacion electoral debidamente acreditadas conforme a lo dispuesto por la Ley Organica de Elecciones Nº 26859. CAPITULO V JORNADA ELECTORAL Articulo 34º.- Alcances de la jornada electoral La jornada electoral es el periodo de tiempo comprendido desde la instalacion de las mesas de sufragio hasta el termino del escrutinio en el que los electores habiles en este MORDAZA electoral acuden a las urnas con el fin de emitir su MORDAZA para elegir a su representante. SUBCAPITULO I INSTALACION Articulo 35º.- Actos de la instalacion La mesa de sufragio se instalara a las ocho de la manana. El presidente procede a colocar, en lugar visible y de facil acceso, un ejemplar de la lista de electores de la mesa. Asimismo, procedera a revisar todos los materiales electorales recibidos, haciendo constar en el

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