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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2005 (31/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 23

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G39/G38/G36/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 31 de marzo de 2005 dida desde el extremo norte del dominio marítimo hasta el paralelo 16°00' S, a partir de las 00:00 horas del día 19 de diciembre del 2004; Que el Instituto del Mar del Perú - IMARPE, mediante Oficio Nº PCD-100-133-2005-PRODUCE/IMP del 22 de marzo del 2005, propone la ejecución de la Operación EUREKA LXIII, la misma que tiene como objetivo desa-rrollar un monitoreo especial que permita determinar la distribución, concentración y desarrollo del proceso re- productivo de manera inmediata, con la finalidad de te-ner mayores elementos para la adecuada administra- ción del recurso, así como información oceanográfica actualizada, ante la previsión de una onda Kelvin en laspróximas semanas; Que es necesario oficializar la ejecución del Plan de Operación EUREKA LXIII, presentado por el Instituto delMar del Perú, el mismo que consiste en el desarrollo de actividad científica durante los días del 9 al 11 de abril del 2005, con la participación de 24 embarcaciones cer-queras mayores de 270 m3 de capacidad de bodega con permiso de pesca vigente para anchoveta y equipa- das con redes anchoveteras (13 mm.) de tamaño demalla, en la zona comprendida entre los 04° S (Máncora) y 14° S (Pisco) y hasta las 100 millas de la costa; De conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977 y su Reglamento aproba- do mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y, Con el visado del Viceministro de Pesquería; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Autorizar al Instituto del Mar del Perú - IMARPE, la ejecución de la Operación EUREKA LXIII, en- tre los días 9 al 11 de abril del 2005, con el objetivo dedesarrollar un monitoreo especial que permita determinar la distribución, concentración y desarrollo del proceso re- productivo de manera inmediata, con la finalidad de tenermayores elementos para la adecuada administración del recurso, así como la información oceanográfica actualiza- da, ante la previsión de una onda Kelvin en las próximassemanas, con la participación de 24 embarcaciones cer- queras mayores de 270 m3 de capacidad de bodega, con permiso de pesca vigente para la extracción de anchovetay equipadas con redes anchoveteras (13 mm.) de tamaño de malla, en la zona comprendida entre los 04° S (Máncora) y 14° S (Pisco) y hasta las 100 millas de la costa. Artículo 2º.- Los armadores de las embarcaciones pesqueras cerqueras que al amparo de lo dispuesto en el artículo 1º de la presente Resolución, se orienten a partici-par en las actividades de la Operación EUREKA LXIII, de- berán además cumplir con los siguientes requisitos: a) Contar con permiso de pesca vigente para extraer el recurso anchoveta y estar consignados en los litera- les A), B), C), J) y L) del Anexo I de la Resolución Ministe-rial Nº 284-2003-PRODUCE o haber sido incorporados a los literales en mención conforme a lo dispuesto en la citada resolución; b) Contar y utilizar en las faenas de pesca, redes de cerco con tamaño mínimo de malla de ½ pulgada (13 mm.); c) Las embarcaciones pesqueras deberán contar a bordo con las plataformas / balizas del Sistema de Segui- miento Satelital (SISESAT) operativas, las que deben emitir señales de posicionamiento GPS (Global Positio-ning System); d) Las embarcaciones pesqueras que sean seleccio- nadas embarcarán obligatoriamente un Técnico Científi-co de Investigación perteneciente al Instituto del Mar del Perú, debidamente acreditado, debiendo en consecuen- cia, brindársele las facilidades necesarias a bordo parael normal cumplimiento de las labores asignadas por la citada Institución. Artículo 3º.- Los armadores de las embarcaciones cer- queras que decidan participar en la Operación EUREKALXIII, deberán inscribirse en la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción a partir del día siguiente de la publicaciónde la presente Resolución hasta el día 4 de abril del 2005, de acuerdo a los puertos de salida indicados en la tabla que en Anexo forma parte integrante de la presenteResolución, a efectos de que la mencionada Dirección a través de un sorteo a realizarse el día 5 de abril del presente año, designe y clasifique las embarcacionesde acuerdo a los perfiles de operación.Artículo 4º.- La Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produc- ción, mediante Resolución Directoral, publicará la rela- ción de embarcaciones cerqueras seleccionadas y au-torizadas a participar en la Operación EUREKA LXIII. Artículo 5º.- Los armadores pesqueros de las embar- caciones seleccionadas para participar en la OperaciónEUREKA LXIII, deberán cubrir en su totalidad los gastos que demande dicha operación; los cuales han sido fijados en Mil Ochocientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 1,800.00)por embarcación, monto que debe pagarse al Instituto del Mar del Perú, previo al inicio de las operaciones. Artículo 6º.- Los armadores de las embarcaciones pesqueras o sus representantes deberán instruir a los respectivos capitanes o patrones de pesca acerca del cumplimiento de las pautas que dicte el IMARPE en elmarco de la Operación EUREKA LXIII. Artículo 7º.- Los recursos hidrobiológicos extraídos de acuerdo a lo dispuesto en la presente Resoluciónpodrán ser procesados en los establecimientos industria- les pesqueros que cuenten con licencia de operación vigente otorgada por el Ministerio de la Producción. Artículo 8º.- Cuando por causas de problemas técnicos la embarcación pesquera seleccionada no pueda participar en la presente Operación, deberá comunicar dicho inconve-niente con una antelación de 24 horas de inicio de la fecha prevista para la ejecución de la citada operación, a efectos de proceder a la sustitución de la misma por la embarcaciónpesquera seleccionada en calidad de suplente; caso con- trario, será observada por la administración para los próxi- mos trabajos de investigación a ser desarrollados por elIMARPE en lo que resta del presente año. Artículo 9º.- El Ministerio de la Producción suspen- derá la autorización otorgada en el Artículo 1º, en el casodel incumplimiento de los objetivos de la misma. Artículo 10º.- El IMARPE presentará a la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero delMinisterio de la Producción el informe final correspon- diente, conteniendo los resultados obtenidos en la Ope- ración EUREKA LXIII. Artículo 11º.- La Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la Dirección Nacional de Seguimiento Control y Vigilancia del Ministeriode la Producción y las Direcciones Regionales Sectoria- les de la Producción del litoral, velarán por el estricto cum- plimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.DAVID LEMOR BEZDIN Ministro de la Producción ANEXO Resolución Ministerial Nº 079 -2005-PRODUCE PERFILES DE OPERACIÓN DE LA OPERACIÓN EUREKA LXIII PUERTO DE SALIDA N° DE EMBARCACIONES PERFILES SORTEADOS REQUERIDAS 1 2 PAITA 5 3 4 5 6 7 CHICAMA 5 8 9 10 11 CHIMBOTE 4 12 13 14 15 16 HUACHO 4 17 18 19 CALLAO 3 20 21 22 PISCO 3 23 24 06414