Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2005 (31/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, jueves 31 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

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dida desde el extremo norte del dominio maritimo hasta el paralelo 16°00' S, a partir de las 00:00 horas del dia 19 de diciembre del 2004; Que el Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE, mediante Oficio Nº PCD-100-133-2005-PRODUCE/IMP del 22 de marzo del 2005, propone la ejecucion de la Operacion EUREKA LXIII, la misma que tiene como objetivo desarrollar un monitoreo especial que permita determinar la distribucion, concentracion y desarrollo del MORDAZA reproductivo de manera inmediata, con la finalidad de tener mayores elementos para la adecuada administracion del recurso, asi como informacion oceanografica actualizada, ante la prevision de una onda MORDAZA en las proximas semanas; Que es necesario oficializar la ejecucion del Plan de Operacion EUREKA LXIII, presentado por el Instituto MORDAZA del Peru, el mismo que consiste en el desarrollo de actividad cientifica durante los dias del 9 al 11 de MORDAZA del 2005, con la participacion de 24 embarcaciones cerqueras mayores de 270 m3 de capacidad de bodega con permiso de pesca vigente para anchoveta y equipadas con redes anchoveteras (13 mm.) de tamano de malla, en la MORDAZA comprendida entre los 04° S (Mancora) y 14° S (Pisco) y hasta las 100 millas de la costa; De conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y, Con el visado del Viceministro de Pesqueria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Instituto MORDAZA del Peru IMARPE, la ejecucion de la Operacion EUREKA LXIII, entre los dias 9 al 11 de MORDAZA del 2005, con el objetivo de desarrollar un monitoreo especial que permita determinar la distribucion, concentracion y desarrollo del MORDAZA reproductivo de manera inmediata, con la finalidad de tener mayores elementos para la adecuada administracion del recurso, asi como la informacion oceanografica actualizada, ante la prevision de una onda MORDAZA en las proximas semanas, con la participacion de 24 embarcaciones cerqueras mayores de 270 m3 de capacidad de bodega, con permiso de pesca vigente para la extraccion de anchoveta y equipadas con redes anchoveteras (13 mm.) de tamano de malla, en la MORDAZA comprendida entre los 04° S (Mancora) y 14° S (Pisco) y hasta las 100 millas de la costa. Articulo 2º.- Los armadores de las embarcaciones pesqueras cerqueras que al MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 1º de la presente Resolucion, se orienten a participar en las actividades de la Operacion EUREKA LXIII, deberan ademas cumplir con los siguientes requisitos: a) Contar con permiso de pesca vigente para extraer el recurso anchoveta y estar consignados en los literales A), B), C), J) y L) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE o haber sido incorporados a los literales en mencion conforme a lo dispuesto en la citada resolucion; b) Contar y utilizar en las faenas de pesca, redes de cerco con tamano minimo de malla de ½ pulgada (13 mm.); c) Las embarcaciones pesqueras deberan contar a bordo con las plataformas / balizas del Sistema de Seguimiento Satelital (SISESAT) operativas, las que deben emitir senales de posicionamiento GPS (Global Positioning System); d) Las embarcaciones pesqueras que MORDAZA seleccionadas embarcaran obligatoriamente un Tecnico Cientifico de Investigacion perteneciente al Instituto MORDAZA del Peru, debidamente acreditado, debiendo en consecuencia, brindarsele las facilidades necesarias a bordo para el normal cumplimiento de las labores asignadas por la citada Institucion. Articulo 3º.- Los armadores de las embarcaciones cerqueras que decidan participar en la Operacion EUREKA LXIII, deberan inscribirse en la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion hasta el dia 4 de MORDAZA del 2005, de acuerdo a los puertos de salida indicados en la tabla que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion, a efectos de que la mencionada Direccion a traves de un sorteo a realizarse el dia 5 de MORDAZA del presente ano, designe y clasifique las embarcaciones de acuerdo a los perfiles de operacion.

Articulo 4º.- La Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion, mediante Resolucion Directoral, publicara la relacion de embarcaciones cerqueras seleccionadas y autorizadas a participar en la Operacion EUREKA LXIII. Articulo 5º.- Los armadores pesqueros de las embarcaciones seleccionadas para participar en la Operacion EUREKA LXIII, deberan cubrir en su totalidad los gastos que demande dicha operacion; los cuales han sido fijados en Mil Ochocientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 1,800.00) por embarcacion, monto que debe pagarse al Instituto MORDAZA del Peru, previo al inicio de las operaciones. Articulo 6º.- Los armadores de las embarcaciones pesqueras o sus representantes deberan instruir a los respectivos capitanes o patrones de pesca acerca del cumplimiento de las pautas que dicte el IMARPE en el MORDAZA de la Operacion EUREKA LXIII. Articulo 7º.- Los recursos hidrobiologicos extraidos de acuerdo a lo dispuesto en la presente Resolucion podran ser procesados en los establecimientos industriales pesqueros que cuenten con licencia de operacion vigente otorgada por el Ministerio de la Produccion. Articulo 8º.- Cuando por causas de problemas tecnicos la embarcacion pesquera seleccionada no pueda participar en la presente Operacion, debera comunicar dicho inconveniente con una antelacion de 24 horas de inicio de la fecha prevista para la ejecucion de la citada operacion, a efectos de proceder a la sustitucion de la misma por la embarcacion pesquera seleccionada en calidad de suplente; caso contrario, sera observada por la administracion para los proximos trabajos de investigacion a ser desarrollados por el IMARPE en lo que resta del presente ano. Articulo 9º.- El Ministerio de la Produccion suspendera la autorizacion otorgada en el Articulo 1º, en el caso del incumplimiento de los objetivos de la misma. Articulo 10º.- El IMARPE presentara a la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion el informe final correspondiente, conteniendo los resultados obtenidos en la Operacion EUREKA LXIII. Articulo 11º.- La Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la Direccion Nacional de Seguimiento Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion y las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral, velaran por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LEMOR BEZDIN Ministro de la Produccion
ANEXO Resolucion Ministerial Nº 079 -2005-PRODUCE PERFILES DE OPERACION DE LA OPERACION EUREKA LXIII
PUERTO DE SALIDA N° DE EMBARCACIONES PERFILES SORTEADOS REQUERIDAS 1 2 PAITA 5 3 4 5 6 7 CHICAMA 5 8 9 10 11 CHIMBOTE 4 12 13 14 15 16 MORDAZA 4 17 18 19 CALLAO 3 20 21 22 MORDAZA 3 23 24

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