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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MAYO DEL AÑO 2005 (13/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 26

PÆg. 292480 NORMAS LEGALES Lima, viernes 13 de mayo de 2005 te Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberán pre-sentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las accio-nes realizadas y los resultados obtenidos durante el via- je autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi- nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 08955 Modifican permiso de operación de ser- vicio de transporte aØreo regularinternacional de carga y correo conce-dido a Arrow Air Inc. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 057-2005-MTC/12 Lima, 28 de abril del 2005 Vista la solicitud de ARROW AIR INC., sobre Modifi- cación de Permiso de Operación de Servicio de Transpor-te Aéreo Regular Internacional de carga y correo; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral Nº 161-2004- MTC/12 del 12 de octubre del 2004, modificada por Re-solución Directoral Nº 010-2005-MTC/12 del 13 de ene- ro del 2005, se otorgó a ARROW AIR, INC., la Renova- ción de su Permiso de Operación de Servicio de Trans-porte Aéreo Regular Internacional de carga y correo, por el plazo de cuatro (4) años; Que, mediante documento de Registro Nº 011567 del 18 de febrero del 2005, ARROW AIR INC., solicita la Modificación de su Permiso de Operación a fin de utilizar como nombre comercial "ARROW CARGO"; Que, el Departamento de Transporte de Estados Unidos de América ha autorizado a ARROW AIR INC. la utilización del nombre comercial "ARROW CARGO"; Que, según los términos del Memorándum Nº 243- 2005-MTC/12.AL emitido por la Asesoría Legal, se con- sidera pertinente atender lo solicitado al haber cumplidola recurrente con lo establecido en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, su Reglamento; y, demás disposi- ciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaracio- nes juradas y la presentación de documentos porparte del interesado, tomándolos por ciertos, verifi- cando posteriormente la validez de los mismos, con- forme lo dispone la Ley Nº 25035 y el Decreto Legis-lativo Nº 757; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Dirección General de Aeronáutica Civil escompetente para otorgar, modificar, suspender o revo- car los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la ex-pedición de la Resolución Directoral respectiva; De conformidad con la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC,demás normas vigentes y, con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de carga y correo, concedido a ARROW AIR INC. mediante Resolución Directoral Nº 161-2004-MTC/12, modificadapor Resolución Directoral Nº 010-2005-MTC/12, en el sentido que en lo sucesivo la citada compañía está auto-rizada a utilizar el nombre comercial de "ARROW CAR- GO". Artículo 2º.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 161-2004-MTC/12, modificada por Resolu- ción Directoral Nº 010-2005-MTC/12, continúan vigen-tes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO RODRÍGUEZ GALLOSO Director General de Aeronáutica Civil (e) 08651 VIVIENDA Modifican Reglamento de la Ley de Regularización de Edificaciones, delProcedimiento para la Declaratoria deFÆbrica y del RØgimen de UnidadesInmobiliarias de Propiedad Exclusivay de Propiedad Comœn DECRETO SUPREMO Nº 011-2005-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27157, Ley de Regularización de Edi- ficaciones, del Procedimiento para la Declaratoria de Fá- brica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de Pro- piedad Exclusiva y de Propiedad Común, establece lasnormas de regularización de edificaciones, el procedi- miento para declaratoria de fábrica y el régimen de uni- dades inmobiliarias de propiedad exclusiva y de propie-dad común; Que, por Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC, se aprobó el Reglamento de la norma legal referida en elconsiderando precedente; Que, con la finalidad de cumplir a cabalidad con los principios de celeridad, eficacia y simplicidad adminis-trativa, es conveniente realizar algunos cambios en el Reglamento de la acotada Ley Nº 27157 – aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC referido; De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 27157; DECRETA: Artículo 1º.- Modificar el primer párrafo del artículo 4º; los artículos 44º; 46º; 50º; 51º; 52º; 53º; 55º; 58º; 62º; 63º; 64º, numeral 64.2, inciso d), párrafos 4º y 5º e incor-porar el inciso j); 67º; 68º; 73º; 74º; 77º; 85º; 86º; 92º; el segundo párrafo del artículo 108º; los artículos 121º y 122º y la Decimotercera Disposición Transitoria del Re-glamento de la Ley Nº 27157 de Regularización de Edifi- caciones, del Procedimiento para la Declaratoria de Fá- brica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de Pro-piedad Exclusiva y de Propiedad Común, aprobado me- diante Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC, en los tér- minos siguientes: “Artículo 4º.- Regularización Es el trámite destinado a obtener el reconocimiento legal e inscripción de las edificaciones existentes sobre: a) Predios urbanos. b) Terrenos que cuenten con proyecto aprobado de habilitación urbana con construcción simultánea. c) Predios ubicados en zonas urbanas consolidadas que se encuentren como urbanos en la Municipalidad correspondiente e inscritos como rústicos en el Regis- tro de Predios.” “Artículo 44º.- Objeto y vigencia La presente Sección del Reglamento norma el proce- dimiento para la Declaratoria de Fábrica de cualquier