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PÆg. 292980 NORMAS LEGALES Lima, sábado 21 de mayo de 2005 4. PERSONA JURÍDICA: Es la Empresa o Asocia- ción constituida de acuerdo con las disposiciones le- gales vigentes, debidamente inscrita en los Registros Públicos, que tiene entre otros objetivos sociales brin-dar el Servicio Especial de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Moto- rizados. 5. CONDUCTOR: Persona natural, con licencia de conducir vigente, registrado por la persona jurídica y autorizado por la División de Licencias de Construcción,Servicio y Transporte Urbano de la Municipalidad Distri- tal para conducir vehículos menores. 6. PARADERO: Área determinada de la vía pública técnicamente calificada y autorizada por la Municipali- dad Distrital a fin de que los conductores de la persona jurídica autorizada para que puedan estacionar de ma-nera ordenada y temporal sus vehículos menores a la espera de pasajeros. 7. PASAJERO O USUARIO: Es la persona natural que solicita el Servicio Especial de Transporte de Pasa- jeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados con el pago de precio convenido. 8. CERTIFICADO DE OPERACIÓN: Autorización expedida por la Municipalidad para prestar el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga enVehículos Menores. 9. LICENCIA DE CONDUCIR: Documento otorgado por la autoridad competente a la persona natural acredi-tándole para conducir vehículos menores. 10. CREDENCIAL DEL CONDUCTOR: Documento expedido por la Persona Jurídica y la Municipalidad Dis-trital de Carabayllo, para prestar el Servicio de Transpor- te Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores debiendo la persona jurídica acreditar a susconductores. 11. FLOTA: Número de vehículos menores autori- zados a la persona jurídica por la municipalidad para elServicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga. 12. REVISIÓN DE CARACTERÍSTICAS: Es la veri- ficación de las condiciones del interior y exterior de la unidad vehicular colores, identificación, asientos y pa- rabrisas; serán verificados por el personal técnico dela División de Licencias de Construcción, Servicios y Transporte Urbano y Sanidad de la Municipalidad anual- mente. 13. CERTIFICADO DE OPERACIÓN: Documento que determina la operatividad del vehículo para prestar el servicio de transporte, otorgado al propietario por laMunicipalidad Distrital de Carabayllo luego de cumplir con los requerimientos señalados en la presente Orde- nanza. 14. STICKER VEHICULAR: Distintivo municipal im- preso con la inscripción: VEHÍCULO AUTORIZADO, otor- gado por la Municipalidad Distrital, el mismo que serácolocado en la parte interna inferior Derecha del Parabri- sas del vehículo. 15. INSPECTOR MUNICIPAL: Persona designada por la División de Licencias de Construcción y Servicios y Transporte Urbano de la Municipalidad de Carabayllo, debidamente capacitada, que tiene la función de super-visar el cumplimiento de la presente norma e impondrá las papeletas de infracción a las personas jurídicas y/o conductores de vehículos menores que incumplan elpresente Reglamento, disponiendo el internamiento del vehículo en el Depósito Oficial Municipal, según la san- ción que corresponda al infractor. 16. ORGANIZACIÓN DE TRANSPORTADORES: Asociación de personas jurídicas dedicadas a la presta- ción de servicios de transporte de vehículos menorescon permiso de operación otorgado por la Municipalidad Distrital de Carabayllo, debidamente constituida e inscri- ta en los Registros Públicos, y que agrupa a no menosdel 40% (cuarenta por ciento) del total de las personas jurídicas autorizadas. 17. DEPÓSITO OFICIAL MUNICIPAL: Local Muni- cipal del distrito, designado para el internamiento de los vehículos por infracciones y sanciones impuestas por el Inspector Municipal pudiendo contar con el apoyo de laPolicía Nacional del Perú. 18. ZONA SATURADA: Entiéndase por zonas satu- radas a los lugares de gran congestión vehicular endonde el servicio de transporte en vehículos menores se prestará en forma restringida según lo determine la autoridad municipal.19. CARNÉ DE EDUCACIÓN Y SEGURIDAD VIAL: Documento otorgado por la municipalidad a los conduc- tores y propietarios que aprueben el Curso de Educa- ción y Seguridad Vial. CAPÍTULO III DE LA COMPETENCIA Artículo 6º.- Compete a la Municipalidad Distrital de Carabayllo: 1. Otorgar el permiso de operación a la persona jurídica o transportador dedicado al Servicio Espe-cial de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehícu- los Menores Motorizados y No Motorizados, que cumplan con los requisitos previstos en la presenteOrdenanza. 2 Aperturar y mantener actualizado el registro de per- sonas jurídicas, propietarios, vehículos y conductoresautorizados para prestar el Servicio Especial de Pasaje- ros y Carga de Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados. 3. Realizar la revisión anual de características a los vehículos menores, hasta que se implemente la revisión técnica correspondiente. 4. Renovar, modificar, ampliar y revocar (anular) los permisos de operación otorgados a las personas jurídicas. 5. Registrar y autorizar el color de la flota vehicular de cada transportador o persona jurídica a propuesta de ésta, debiendo priorizarse de acuerdo a la antigüedad. 6. Registrar y Visar las credenciales del conductor en coordinación con la persona jurídica. 7. Determinar el número de personas jurídicas o transportadores que prestarán el servicio de Trans-porte Público Especial de Pasajeros y Carga en vehí- culos menores, fundamentados en estudios técnicos considerando la antigüedad de prestación del servi-cio, extensión de zonas y la demanda del público usua- rio. 8. Organizar en coordinación con la Comisión Téc- nica Mixta el Programa Anual de Educación y Seguri- dad Vial orientado a los conductores y propietarios de Vehículos de Servicio de Transporte Público Especialen Vehículos Menores. 9. Determinar y Autorizar los paraderos del transpor- tador previo estudio técnico, supervisando su utilizacióny mantenimiento. 10. Imponer las sanciones por infracciones a la pre- sente Ordenanza, en concordancia a lo establecido enlos Artículos 18º y 19º del Decreto Supremo Nº 04-2000- MTC, y a las condiciones de los permisos de operación, que podrá llegar hasta la cancelación de los mismos. Artículo 7º.- La Comisión Técnica Mixta de la Muni- cipalidad de Carabayllo, es un órgano autónomo y estáintegrada por los Regidores de la Comisión de Desarro- llo e Infraestructura Urbano-Rural, tres representantes acreditados de la Policía Nacional del Perú, tres repre-sentantes de las Organizaciones de Transportadores (Personas Jurídicas) inscritas en los Registros Públicos y registradas por la Municipalidad Distrital de Carabayllopara prestar Servicio de Transporte en Vehículos Meno- res en la jurisdicción del distrito de Carabayllo. La Comi- sión Técnica Mixta estará presidida por un Regidor. Lavigencia de la Comisión Técnica Mixta es permanente; y sus miembros podrán ser renovados o sustituidos por mandato de los respectivos sectores a los que repre-sentan. Sus funciones son: 1. Cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento. 2. Participar en la formulación de proyectos y planes de desarrollo orientados a mantener el orden en la pres- tación del servicio en el distrito. 3. Debatir y evaluar las iniciativas sobre temas de educación y seguridad vial. 4. Promover y difundir sus acuerdos destinados a mejorar la imagen y calidad del servicio. 5. Observar y fiscalizar las sanciones establecidas en el presente Reglamento. Artículo 8º.- El control y la supervisión estarán a cargo de los Inspectores Municipales pudiendo contarcon el apoyo de la Policía Nacional del Perú, tal como lo establecen los Artículos 11º y 20º del D.S. Nº 004-2000- MTC.