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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2005 (21/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 42

PÆg. 292968 NORMAS LEGALES Lima, sábado 21 de mayo de 2005 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Aprueban Plan de Manejo Integral de la Isla Lobos de Tierra ORDENANZA REGIONAL Nº 069-2005/GRP-CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por la Ley de ReformaConstitucional del Capítulo XIV, del Título IV, sobre Des- centralización - Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Des- centralización - Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobier-nos Regionales - Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 y demás Normas Complementarias; CONSIDERANDO: Que, el artículo 192º de la Constitución Política del Perú modificada por Ley de Reforma Constitucional del capítulo XIV del Título IV sobre DescentralizaciónNº 27680, establece que los gobiernos regionales pro- mueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de suresponsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo; Que, el inciso n) del artículo 35º de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, establece como competencia exclusiva de los Gobiernos Regionales, entre otras, promover el uso sostenible de los recursosforestales y de biodiversidad; Que, los incisos f) y j) del artículo 53º de la Ley Orgá- nica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modificada porLey Nº 27902, señalan como funciones específicas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, planificar y desarrollar acciones de ordenamiento y delimitaciónen el ámbito del territorio regional y organizar evaluar y tramitar los expedientes técnicos de demarcación terri- torial, en armonía con las políticas y normas de la mate-ria; y preservar y administrar, en coordinación con los Gobiernos Locales, las reservas y áreas naturales pro- tegidas regionales que están comprendidas íntegramentedentro de su jurisdicción, así como los territorios insula- res, conforme a Ley; Que, el artículo 7º de la Ley de Áreas Naturales Protegidas Nº 26834, indica que la creación de Áreas Naturales Protegidas del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas (SINANPE) y de las Áreas de Con-servación Regional se realiza por Decreto Supremo, aprobado en Consejo de Ministros, refrendado por el Ministerio de Agricultura, salvo la creación de áreas deprotección de ecosistemas marinos o que incluyan aguas continentales donde sea posible el aprovechamiento de recursos hidrobiológicos, en cuyo caso también lo refren-da el Ministro de Pesquería; Que, el artículo 11º de la Ley aludida, señala que los Gobiernos Descentralizados de nivel regional podrángestionar, ante el ente rector a que se refiere esta Ley, la tramitación de la creación de un Área de Conservación Regional en su jurisdicción; las Áreas de ConservaciónRegional se conformarán sobre áreas, que teniendo una importancia ecológica significativa, no califican para ser declaradas como Áreas del Sistema Nacional; Que, la Isla Lobos de Tierra, es considerada morfológi- ca y geológicamente, como la prolongación del Comple- jo de Illescas, se encuentra ubicada en la PlataformaContinental Marina y en el Nor Oeste del litoral peruano, con una superficie de 16.0 km2 y, debido a que se en- cuentra dentro de la confluencia de las corrientes mari-nas de El Niño o Tropical del Pacífico (proveniente del Norte, de aguas tropicales), y la Corriente Peruana o de Humboldt (proveniente del Sur, de aguas templadas),dan origen a una gran biodiversidad marina, destacando entre sus recursos hidrobiológicos mamíferos marinos,peces, algas e invertebrados, de gran valor económico, siendo los principales, la concha de abanico (Argopec- ten purpuratus) , percebes (Pollicipes elegans) y el pulpo (Octopus sp) , que constituyen recursos pesqueros po- tencialmente aprovechables; Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 210- 2004/GRP-CR, de fecha 18 de marzo de 2004, se apruebaconstituir por parte del Gobierno Regional Piura, el ente co- rrespondiente ante el Comité Científico Técnico - Birregional Piura - Lambayeque, quien con su similar de la RegiónLambayeque, elaborarán el Informe sobre las Actividades en la Isla Lobos de Tierra, de conformidad con el Acta sus- crita el 6 de febrero de 2004 en la ciudad de Mórrope; Que, mediante Informe Nº 046-2005/GRP-450000, de fecha 13 de abril de 2005, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, ele-va al Consejo Regional, el "Plan de Manejo Integral de la Isla Lobos de Tierra"; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimi- dad en Sesión Ordinaria Nº 05, de fecha 4 de mayo del 2005, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional dePiura, en uso de sus facultades y atribuciones conferi- das por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgáni- ca de Gobiernos Regionales; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE MANEJO INTEGRAL DE LA ISLA LOBOS DE TIERRA Artículo Primero.- Aprobar, el "Plan de Manejo Inte- gral de la Isla Lobos de Tierra", elaborado por el Comité Científico Técnico Birregional Piura - Lambayeque, con-formado mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 210- 2004/GRP-CR, el mismo que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Encargar, a la Gerencia Regio- nal de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a la Gerencia Regional de Desarrollo Econó-mico y a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional Piura y a la Dirección Regional de Producción de Piura la im-plementación del Plan aprobado en el artículo anterior. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al siguiente día de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Re- gional Piura para su promulgación. En Piura, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil cinco. CESAR TRELLES LARA Presidente del Consejo Regional Piura POR TANTO:Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional, a los trece días del mes de mayo del año dos mil cinco. CESAR TRELLES LARA Presidente del Gobierno Regional Piura 09468 Institucionalizan las Olimpiadas Regionales Universitarias en el Æmbito del Gobierno Regional ORDENANZA REGIONAL Nº 070-2005/GRP-CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA; POR CUANTO:De conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú de 1993, modi-