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PÆg. 293387 NORMAS LEGALES Lima, viernes 27 de mayo de 2005 Artículo 3º.- Unidad ejecutora La implementación y ejecución de los Cursos de Prepa- ración para el Ascenso en la Carrera Judicial o Fiscal -Primer, Segundo y Tercer Nivel de la Magistratura se en- cuentran a cargo del Programa de Capacitación para el Ascenso - PCA de la Academia de la Magistratura, órganode la Dirección Académica. TÍTULO II PROCESO DE ADMISIÓN Artículo 4º.- Inicio del Curso Los Cursos de Preparación para el Ascenso en la Ca- rrera Judicial o Fiscal al Primer, Segundo y Tercer Nivel de la Magistratura se inician con la convocatoria realizada porla Academia de la Magistratura, publicada en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 5º.- Inscripciones Los señores miembros del Poder Judicial y/o del Minis- terio Público que perteneciendo a la carrera judicial y/ofiscal y reuniendo los requisitos de ley deseen participar en el Curso de Preparación para el Ascenso convocado por la Academia de la Magistratura, se inscribirán de conformidadcon lo estipulado en la convocatoria publicada al efecto, siendo que a efectos de su incorporación al Curso se regi- rán por lo establecido por el Reglamento de Admisión. Artículo 6º.- Matrícula Los postulantes que resulten admitidos al Curso efec- tuarán un pago por derecho de matrícula, cuyo monto es aprobado por el Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura. Son beneficiarios de una beca que cubreparcialmente los gastos académicos y administrativos del Curso. La Academia de la Magistratura no subvencionará los gastos de transporte, hospedaje, alimentación o viáticos de los discentes que asistan al Curso. TÍTULO III DE LOS NIVELES DE DIRECCIÓN Y COORDINACIÓN Capítulo 1 Del Subdirector del Programa Artículo 7º.- De la Subdirección Corresponde a la Subdirección del Programa de Capa- citación para el Ascenso, las funciones siguientes: a) Planificar, dirigir, coordinar y supervisar los Cursos de Preparación para el Ascenso, en las sedes donde se rea- lizan. b) Proponer los requerimientos financieros, materiales y humanos para la ejecución de los Cursos de Preparación para el Ascenso. c) Realizar el seguimiento permanente de la prepara- ción impartida, tanto en el ámbito administrativo como pe- dagógico, debiendo efectuar los respectivos informes a la Dirección Académica. d) Organizar y supervisar el proceso de admisión, capa- citación, evaluación y egreso de los discentes. e) Resolver los pedidos y solicitudes de los discentes, para lo cual está facultado a delegar en las Coordinacio- nes Locales la resolución de las solicitudes cuyo sentido no tenga alcance nacional. f) Las demás que le resulten propias a sus funciones y responsabilidad, a efectos de la adecuada ejecución del Curso. Capítulo 2 Del Coordinador Local Artículo 8º.- Del Coordinador Local Los Cursos contarán con un Coordinador Local en la sede en que se desarrollen. En las sedes desconcentra- das de la Academia de la Magistratura, los Coordinadores de Sede harán las veces de Coordinadores Locales. Artículo 9º.- Funciones Son funciones del Coordinador Local: a) Ejecutar los Cursos en el ámbito de la localidad a su cargo, con observancia del calendario académico.b) Atender las tareas administrativas necesarias para la buena marcha de los Cursos. c) Coordinar en su localidad con los profesores, los aspectos relativos a la ejecución del Curso, con sujeción alas instrucciones impartidas por la Subdirección del PCA. d) Recibir las consultas, peticiones y reclamos de los discentes, resolviendo aquellas vinculadas con las materiasdelegadas por la Subdirección del PCA. Los asuntos que el Coordinador Local eleve a la Subdirección para su resolu- ción, deberán acompañarse de un informe que contengauna exposición clara de los hechos y antecedentes, su opi- nión, conclusiones y las sugerencias correspondientes. e) Reportar a la Subdirección del PCA las informacio- nes pertinentes conforme con lo previsto por el presente Reglamento. f) Las demás que le asigne la Subdirección del PCA. Capítulo 3 Del Responsable de Evaluaciones Artículo 10º.- Del Responsable de Evaluaciones Los Cursos tendrán un Responsable de Evaluaciones que dependerá directamente de la Subdirección del PCA. Artículo 11º.- Funciones Son funciones del Responsable de Evaluaciones: a) Sistematizar y procesar las evaluaciones que se ve- rifiquen en el marco de ejecución de los Cursos. b) Proyectar las comunicaciones, resoluciones y/o do- cumentos que serán remitidos a docentes y discentes res-pecto de las evaluaciones. c) Consolidar los calificativos obtenidos por los discen- tes a lo largo de cada módulo temático. d) Elaborar las Actas de Notas a ser publicitadas. e) Las demás que le asigne la Subdirección del PCA. TÍTULO IV DE LOS DOCENTES Artículo 12º.- Régimen del docente Los profesores de los Cursos en cumplimiento de sus funciones, deben observar las más exigentes normas deconducta ética, desempeño profesional, respeto a las opi- niones y persona de los discentes sin perjuicio de la liber- tad de cátedra. Están obligados a cumplir los Reglamentosde la Academia de la Magistratura y cuidarán su puntual asistencia a clases, la oportuna entrega de evaluaciones y/o calificaciones y demás disposiciones que imparta laAcademia de la Magistratura por intermedio de las instan- cias correspondientes. Artículo 13º.- Deberes Son deberes de los docentes: a) Ejecutar la actividad lectiva que se le encomiende, con arreglo a lo previsto por el presente Reglamento y a lo previsto por el Diseño Pedagógico que sustenta el desa-rrollo de los Cursos. b) Presentar y desarrollar los contenidos temáticos con- forme a los syllabus aprobados por el Programa. c) Emplear información actualizada. d) Desarrollar sus clases empleando la metodología activa. e) Valerse de herramientas y recursos pedagógicos que faciliten y/o contengan un resumen de las ideas principales a ser abordadas en los talleres de trabajo. f) Evaluar a los discentes conforme al sistema estable- cido en el presente Reglamento. g) Otros dispuestos por la Subdirección del Programa. TÍTULO V DE LOS DISCENTES Artículo 14º.- Derechos Son derechos de los discentes: a) Recibir una adecuada capacitación acorde con el Diseño Pedagógico de los Cursos. b) Expresar libremente sus ideas, en el marco de los principios constitucionales. c) Estar informados de su récord de asistencia y acadé- mico. d) Solicitar la recalificación de las evaluaciones, de acuer- do a lo dispuesto en el presente Reglamento.