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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (17/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 35

PÆg. 304313 NORMAS LEGALES Lima, jueves 17 de noviembre de 2005 Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiéndose dar cuentadocumentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y Pasajes Viáticos Número T otal T arifa Apellidos US$ por día de días viáticos aeropuerto US$ US$ US$ José Alberto Carrión Tejada 1,058.03 220.00 10+1 2,420.00 28.24 Guido Octavio Toro Cornejo 1,058.03 220.00 10+2 2,420.00 28.24 Artículo Tercero.- La participación del señor Alonso Ruiz Rosas, gastos no irrogará gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, al haber sido invitado a la Feria Internacional del Libro deGuadalajara. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la citada comisión,los funcionarios diplomáticos mencionados en el artículo segundo de la presente Resolución deberán presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores uninforme de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Quinto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuesto aduanero de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 19421 Convocan a Concurso Pœblico de Admisión a la Academia DiplomÆticadel Perœ para el Aæo Lectivo 2006 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1260-2005-RE Lima, 11 de noviembre de 2005 Vista la necesidad de convocar a Concurso Público de Admisión a la Academia Diplomática del Perú para el Año Lectivo 2006; CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 28091, del 17 de octubre de 2003, Ley del Servicio Diplomático de la República, que en su Artículo 64º determina que la Academia Diplomática del Perú es el centro de formaciónprofesional en relaciones internacionales, diplomacia y gestión pública externa, de los aspirantes y miembros del servicio diplomático; Que conforme al Articulo 65º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y al Reglamento Orgánico de la Academia Diplomática del Perú, aprobadopor Decreto Supremo Nº 013/RE, de 5 de octubre de 1984, la Academia Diplomática del Perú es el centro de estudios superiores y de formación profesional delMinisterio de Relaciones Exteriores, con autonomía académica y administrativa, dentro de los límites señalados por su reglamento, que tiene por finalidad laformación de los aspirantes al Servicio Diplomático de la República y el permanente perfeccionamiento de sus miembros; Que según el Artículo 67º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, para postular a la Academia Diplomática del Perú, se requiere haberobteniendo el grado académico de Bachiller universitario. El Reglamento Orgánico de la Academia Diplomática del Perú fija los demás requisitos deingreso; Que mediante Decretos Supremos Nº 16-89-RE, del 13 de noviembre de 1989; Nº 01-94-RE, del 24 de enerode 1994; Nº 045-97-RE, del 15 de diciembre de 1997;Nº 089-2004-RE, del 22 de diciembre de 2004 y 024- 2005-RE, de 9 de febrero de 2005 y Ley Nº 28598 de fecha 14 de agosto del 2005, se modificó el Reglamento Orgánico de la Academia Diplomática, estableciéndoselos demás requisitos que deberán reunir los candidatos al concurso de admisión, así como los beneficios y derechos de los aspirantes; Que la selección de los aspirantes al Servicio Diplomático de la República es responsabilidad de la Academia Diplomática del Perú; Teniendo en cuenta las necesidades de personal previstas para el Servicio Diplomático de la República; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar a Concurso Público de Admisión a la Academia Diplomática del Perú para el Año Lectivo 2006. Artículo Segundo.- Fijar hasta un máximo de veinte (20) las plazas vacantes para el Primer Año del Ciclo de Formación Profesional de la Academia Diplomática del Perú. Artículo Tercero.- El ingreso a la Academia Diplomática del Perú será por estricto orden de méritos y dentro del número de vacantes señaladas. Artículo Cuarto.- La Dirección de la Academia Diplomática del Perú podrá contar con el apoyo y colaboración de la Fundación Academia Diplomáticadel Perú que sean necesarios para lograr una mejor organización del proceso de admisión correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 19422 Llaman a Embajador del Perœ en la Repœblica del Ecuador y a Repre- sentante Permanente del Perœ ante Organismos Internacionales con Sedeen Ginebra para asistir a reuniones deComisión Consultiva del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1261-2005-RE Lima, 11 de noviembre de 2005 Vista la Hoja de Trámite (GAB) Nº 2519 del Gabinete del Ministro, de 2 de noviembre de 2005, mediante la cual se instruye el llamado a Lima del Embajador en elServicio Diplomático de la República, Luis Ernesto Marchand Stens, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República del Ecuador,para participar en la Reunión Consultiva del Ministerio de Relaciones Exteriores, del 1 al 6 de noviembre de 2005; CONSIDERANDO: Que, el mencionado funcionario por razones del servicio debe asistir a las reuniones de la Comisión Consultiva del Ministerio de Relaciones Exteriores para tratar el tema de Líneas de Base y la Campaña Informativasobre la Convención del Mar; Teniendo en consideración lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAB) Nº 2593, del Gabinete del Ministro, de 10de noviembre de 2005, que amplía la permanencia en Lima, hasta el 13 de noviembre de 2005; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 222º y 223º en el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Llamar a Lima, en vía de regularización, al Embajador Extraordinario y