Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2005 (01/10/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, sabado 1 de octubre de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 301427

Decretos de Alcaldia, Resoluciones de Alcaldia y en general toda MORDAZA legal que contribuya al logro de los objetivos de PROHVILLA. s) Aprobar las donaciones que efectuen tanto personas naturales como juridicas, nacionales o extranjeras a favor de PROHVILLA y poner ello en consideracion del Concejo Metropolitano. t) Resolver otros asuntos no contemplados en el presente Estatuto, que coadyuven al mejor cumplimiento de sus fines. u) Todas las demas que el presente Estatuto y otras normas le designen. Articulo Vigesimo Noveno.- El Presidente del Consejo Directivo es el representante designado por el MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA ante PROHVILLA para ejercer funciones vinculadas a las diversas labores realizadas por la institucion. Este cargo es considerado como de confianza y se constituye como el representante mas alto de la institucion. Articulo Trigesimo.- Son funciones del Presidente del Consejo Directivo de PROHVILLA: a) Convocar y presidir las sesiones del Consejo Directivo de PROHVILLA. b) Representar a PROHVILLA. c) Velar por el cumplimiento de los fines de PROHVILLA, de sus acuerdos, de los reglamentos internos y de las disposiciones en general que le fueran aplicables. d) Dirimir en caso de empate, las votaciones del Consejo Directivo. e) Las demas atribuciones que con arreglo a ley le corresponden o las que le otorgue el propio Consejo Directivo. CAPITULO III DE LA DIRECCION TECNICA Articulo Trigesimo Primero.- El cargo de Director Tecnico de PROHVILLA es considerado como de confianza y se constituye como el de mas alto nivel administrativo de la institucion. Es el ejecutor de todas las disposiciones del Consejo Directivo, y estara a cargo de la gestion, manejo, ejecucion de obras, conservacion de los recursos naturales y control ambiental de la MORDAZA de Reglamentacion Especial Pantanos de MORDAZA, dentro de las competencias municipales y aquellas obligaciones asignadas en esta Ordenanza. El responsable de la Direccion Tecnica sera designado por el MORDAZA Metropolitano de MORDAZA y ejercera la representacion legal de la institucion. Articulo Trigesimo Segundo.- Son funciones del Director Tecnico, ademas de las contempladas en la Ordenanza de creacion de PROHVILLA, las siguientes: a) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y resoluciones del Consejo Directivo y sus propias resoluciones. b) Conducir la marcha administrativa, economica, financiera y presupuestal de PROHVILLA, de acuerdo con el Estatuto y las directivas que senale el Consejo Directivo. c) Dar Cuenta de la politica salarial de PROHVILLA ante el Consejo Directivo. d) Dirigir las operaciones de PROHVILLA y celebrar los actos y contratos correspondientes a su objeto. e) Representar a la institucion ante todo MORDAZA de entidades publicas y privadas, administrativas, judiciales y de cualquier indole, gozando de las facultades generales y especiales senaladas en los articulos 74 y 75 del Codigo Procesal Civil. En caso tuviera que allanarse, desistirse o transigir en un MORDAZA judicial, y ello implique la renuncia de derechos que puedan afectar los intereses de la institucion, se requerira el acuerdo favorable previo del Consejo Directivo. f) Organizar, implementar y planificar el regimen interno de las oficinas y de los servicios tecnicos que fueran necesarios, asi como proponer al Consejo Directivo la creacion o reduccion de nuevas oficinas o dependencias para el funcionamiento adecuado de PROHVILLA.

g) Detectar infracciones e imponer sanciones contempladas en el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la institucion. h) Firmar declaraciones juradas o balances que se presenten ante cualquier entidad del Estado, conjuntamente con el Contador General. i) Contratar, evaluar, sancionar, suspender, promover, remover y MORDAZA a los servidores de PROHVILLA, con cargo de dar cuenta al Consejo Directivo. j) Proponer al Consejo Directivo la designacion de los demas funcionar ios de confianza que requiera PROHVILLA y a los que se refiera el presente Estatuto. k) Velar por la actualizacion MORDAZA de los datos contables de la institucion. l) Dar cuenta, cuando lo solicite el Consejo Directivo, de la marcha y estados financieros de PROHVILLA asi como presentar oportunamente el balance general y el presupuesto de cada ejercicio economico anual para su aprobacion. m) Preparar el proyecto de la Memoria Institucional al termino de cada ejercicio economico para su aprobacion por el Consejo Directivo. n) Organizar comites de funcionarios para la evaluacion y aprobacion de las operaciones propias de PROHVILLA dentro de los limites fijados por el Consejo Directivo. o) Disponer las compras y suministros que requiera el sostenimiento administrativo de PROHVILLA en MORDAZA con las disposiciones legales vigentes. p) Contratar todo MORDAZA de seguros fijando sus condiciones, precios y modalidades; y endosar las polizas de seguro con conocimiento del Consejo Directivo. q) Realizar toda clase de operaciones bancarias ante entidades comerciales privadas, asociadas y estatales, de acuerdo con las disposiciones legales aplicables a la materia, tales como: abrir y cerrar cuentas bancarias, realizar gestiones para celebrar contratos de credito, asi como girar, aceptar, reaceptar, descontar, cobrar y remover cualquier clase de documentos mercantiles y civiles; otorgar garantias, fianzas y avales con la conformidad del Consejo Directivo. Igualmente, controlar los fondos de PROHVILLA responsabilizandose por su oportuno y eficaz deposito en bancos y/o instituciones financieras. Para todo aquello que origine obligacion patrimonial y egresos de fondos para PROHVILLA superiores a US$ 5,000.00 (Cinco mil dolares estadounidenses), se requerira la firma del Director Tecnico acompanada necesariamente de la firma del Presidente del Consejo Directivo, o en ausencia o impedimento de este, con la firma del Vicepresidente, conforme a los poderes otorgados por el Consejo Directivo. r) Delegar en los funcionarios o servidores de la institucion, las facultades necesarias para que, en su representacion, puedan realizar los actos y operaciones que la Direccion Tecnica considere convenientes. s) Expedir resoluciones en materias propias de su competencia y en las expresamente delegadas por el Consejo Directivo. t) Aprobar las bases de los procesos de seleccion que convoque la institucion de acuerdo a ley, asi como designar los respectivos comites. u) Disponer las acciones necesarias sobre las recomendaciones que realicen los organos de control para su implementacion. v) Ejercer las demas atribuciones que con arreglo a ley le corresponde, y las otorgadas por el Consejo Directivo. Articulo Trigesimo Tercero.- El Director Tecnico respondera por los danos y perjuicios que origine a PROHVILLA por dolo y/o abuso de facultades o negligencia grave en las funciones que le corresponde, debidamente comprobadas e imputables a su gestion. Articulo Trigesimo Cuarto.- En los casos de licencia, comision de servicios, vacaciones, enfermedad u otro impedimento del Director Tecnico, lo reemplazara temporalmente el funcionario del nivel correspondiente que el Consejo Directivo designe.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.