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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (10/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 23

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G31/G39/G34/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 10 de octubre de 2005 CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, conpersonería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación,preservación, conservación, restauración, difusión ypromoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, encarga alInstituto Nacional de Cultura la función de registrar, declarary proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Oficio Nº 849-2005/INC-DRC-PIURA de fecha 1 de setiembre de 2005 el Lic. Luis Alberto Chaparro Frías, Director del Instituto Nacional de Cultura - Piura, propone que la Huaca San José, ubicada en el distrito deIgnacio Escudero, provincia de Sullana, departamento dePiura, sea declarada Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Informe Nº 013-2005-ARQL-CSG- DRC-INC-PIURA de fecha 10 de agosto de 2005, la Lic.Cinthia Seminario Hernández, arqueóloga del Área deArqueología de la Dirección del Instituto Nacional de Cultura - Piura, remite la ficha oficial de inventario del Patrimonio Arqueológico Inmueble del sitio arqueológicoHuaca San José; Que, mediante Informe Nº 568-2005-INC/DREPH/DA- SDIC-LAMS de fecha 9 de setiembre de 2005, el Lic.Luis Moulet Silva, arqueólogo de la Subdirección deInvestigación y Catastro de la Dirección de Arqueología,recomienda se declare Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Huaca San José, ubicado en el distrito de Ignacio Escudero, provincia de Sullana,departamento de Piura; Que, mediante Acuerdo Nº 513 de fecha 13 de setiembre de 2005 la Comisión Nacional Técnica deArqueología, recomienda a la Dirección Nacional delInstituto Nacional de Cultura declare Patrimonio Culturalde la Nación al sitio arqueológico Huaca San José, ubicado en el distrito de Ignacio Escudero, provincia de Sullana, departamento de Piura; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico,Dirección de Arqueología, Subdirección de Investigacióny Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; DecretoSupremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamentode Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Huaca San José ubicado en el distrito de Ignacio Escudero, provincia de Sullana, departamento de Piura. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección del Instituto Nacional de Cultura - Piura la elaboración del expedientetécnico del sitio arqueológico mencionado en el artículo1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros oagropecuarios, obras habitacionales y otros quepudiesen afectar o alterar el paisaje del sitio arqueológico declarado “Patrimonio Cultural de la Nación”, deben contar con la aprobación del InstitutoNacional de Cultura. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial,autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 17096RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1269/INC Lima, 15 de setiembre de 2005 VISTO, el Informe Nº 012-2005-INC/DA/SDIC/CPDLC de fecha 19 de julio de 2005 de la Lic. Cecilia Pachas De La Colina y la Lic. Alejandra Peláez Castillo, arqueólogasde la Subdirección de Investigación y Catastro de laDirección de Arqueología; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, conpersonería jurídica de derecho público interno;responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restau-ración, difusión ypromoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, encarga al Instituto Nacional de Cultura la funciónde registrar, declarar y proteger el Patrimonio Culturalde la Nación; Que, mediante Informe Nº 012-2005-INC/DA/SDIC/ CPDLC de fecha 19 de julio de 2005 de la Lic. CeciliaPachas De La Colina y la Lic. Alejandra Peláez Castillo,arqueólogas de la Subdirección de Investigación yCatastro de la Dirección de Arqueología, comunican quese ha realizado una prospección e identificación de sitios arqueológicos en la provincia de Oyón, recomendando se declaren Patrimonio Cultural de la Nación a los sitiosarqueológicos de Uchuc Cumpin y Marca Marca; Que, mediante Informe Nº 018-2005-INC/DA/SDIC/ CPDLC de fecha 5 de setiembre de 2005, la Lic. Cecilia Pachas De La Colina y la Lic. Alejandra Peláez Castillo,arqueólogas de la Subdirección de Investigación y Catastrode la Dirección de Arqueología, indican que los sitiosarqueológicos de Uchuc Cumpin y Marca Marca se ubicanen el distrito de Oyón, provincia de Oyón, departamento de Lima; Que, mediante Acuerdo Nº 511 de fecha 13 de setiembre de 2005 la Comisión Nacional Técnica deArqueología, recomienda se declare Patrimonio Cultural de la Nación a los sitios arqueológicos de Uchuc Cumpin y Marca Marca, ubicados en el distrito de Oyón, provinciade Oyón, departamento de Lima; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología, Subdirección de Investigacióny Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento deOrganización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los sitios arqueológicos de Uchuc Cumpin yMarca Marca, ubicados en el distrito de Oyón, provinciade Oyón, departamento de Lima. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Arqueología de la Dirección de Registro y Estudio del PatrimonioHistórico del Instituto Nacional de Cultura la elaboracióndel expediente técnico de los sitios arqueológicosmencionados en el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros oagropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiesenafectar o alterar el paisaje de los sitios arqueológicos declarados “Patrimonio Cultural de la Nación”, deben contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial,autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 17097