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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (19/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 32

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G32/G35/G38/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 19 de octubre de 2005 compartidas con los gobiernos regionales y locales, en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a ley. Asimismo, de conformidad con el literal l) del artículo 8º del Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA,Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio deVivienda, Construcción y Saneamiento, se establece comouna de sus funciones generales, la de generar condicionespara el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28500, Ley que modifica el artículo 75º de la Ley Nº 28411 - Ley Generaldel Sistema Nacional de Presupuesto y en la Ley Nº 28411 -Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; así como en la Directiva Nº 003-2005-EF/76.01, Directiva para la Ejecución del Proceso Presupuestario del Gobierno Nacionalpara el Año Fiscal 2005 aprobada con Resolución DirectoralNº 005-2005-EF/76.01; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia financiera por un monto de S/. 800 000,00 (OCHOCIENTOS MIL y 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Externo, a favor del Gobierno Regionalde Amazonas para la ejecución del Proyecto “ Mejoramientoy Ampliación Sistema de Agua Potable y Alcantarillado dela localidad de Huambo ”. Artículo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto aprobado del presente año fiscal 2005 de la Unidad Ejecutora003 Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento, Actividad 1 00060 Asistencia alas Instituciones Privadas y Públicas, en la fuente Recursos porOperaciones Oficiales de Crédito Externo, provenientes de la Corporación Andina de Fomento (CAF), y con la disponibilidad autorizada en el calendario de compromisos correspondiente. Artículo 3º.- Los términos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentran previstos en elConvenio Específico de Cofinanciamiento de Proyecto deInversión celebrado entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través del Viceministro de Construcción y Saneamiento y el Gobierno RegionalAmazonas, para el financiamiento del Proyecto“Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable yAlcantarillado de la localidad de Huambo ”. Artículo 4º.- La Dirección Nacional de Saneamiento y el Jefe de la Unidad Ejecutora 003 Construcción y Saneamiento, serán responsables del cumplimiento de laejecución del Convenio referido en el artículo 3º de lapresente resolución, en el marco de lo dispuesto por elartículo 1º de la Ley Nº 28500. Regístrese, comuníquese y publíquese.RUDECINDO VEGA Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 17746 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4A/G55/G44/G49/G43/G49/G41/G4C CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G44/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G63/G69/G61 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G72/G74/G65/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G43/G6F/G6E/G6F/G20/G4E/G6F/G72/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61/G20/G61/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G53/G65/G67/G75/G6E/G64/G61/G20/G53/G61/G6C/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 337-2005-CSJCN/PJ Independencia, catorce de octubre del dos mil cinco. VISTA: La Resolución Administrativa Nº011-2005-CE-PJ de fecha tres de febrero del año en curso; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Administrativa de vista, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha establecido lasdirectivas para hacer efectivo el descanso físico vacacional de los Magistrados y Personal del Poder Judicial, en cuyo artículo décimo señala que, los Presidentes de Cortes Superiores de Justicia programarán sus vacaciones entrelos meses de abril a diciembre del presente año; Que, en aplicación a lo previsto en la referida norma, el suscrito ha considerado por conveniente programar sudescanso físico vacacional, correspondiente al año 2004, del diecinueve de octubre al catorce de noviembre del presente año; por lo que es necesario adoptar las medidascorrespondientes, a fin de garantizar la atención delDespacho de Presidencia; Que, conforme se desprende de los artículos 75º y 89º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aplicables al presente caso, el llamado para encargarse del Despacho de Presidencia en adición a susfunciones, es el Vocal Superior Decano de la Corte; estoes, el señor doctor Manuel Jesús Miranda Canales,Presidente de la Segunda Sala Civil; Por lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas al suscrito por el artículo 90º, inciso 9º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; la Presidencia; RESUELVE: Artículo Primero.- PROGRAMAR el descanso físico vacacional del suscrito, del diecinueve de octubre al catorcede noviembre del presente año, de conformidad con loprevisto por el artículo 10º de la R.A. Nº 011-2005-CE-PJ. Artículo Segundo.- ENCARGAR el Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima, al señor Vocal Titular, doctor MANUEL JESUS MIRANDA CANALES, Presidente de la Segunda Sala Civil,en adición a sus labores jurisdiccionales, desde el diecinuevede octubre al catorce de noviembre del año en curso. Artículo Tercero.- Póngase la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Corte Suprema de Justicia de la República, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Gerencia de Personal yEscalafón, Oficina Distrital de Control de la Magistratura yOficina de Administración Distrital. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSE ALBERTO INFANTES VARGAS PresidenteCorte Superior de Justicia delCono Norte de Lima 17747 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 CONTRALORÍA GENERAL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G6C/G6F/G72/GED/G61/G20/G61/G20/G45/G63/G75/G61/G64/G6F/G72/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G65/G6E/G20/G53/G65/G6D/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G54/G61/G6C/G6C/G65/G72/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G43/G6F/G72/G72/G75/G70/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 462-2005-CG Lima, 17 de octubre de 2005 VISTOS; los Facsímiles (SAE-CSA) Nºs. 1928 y 2042 del Subsecretario de Asuntos Económicos y NegociacionesEconómicas Internacionales del Ministerio de RelacionesExteriores del Perú de fechas 30.SET.2005 y 17.OCT.2005respectivamente; así como la Hoja de Recomendación Nº 031-2005-CG/CT de la Gerencia de Cooperación Técnica de fecha 17.OCT.2005. CONSIDERANDO: Que, conforme se da cuenta en los documentos de vistos, el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú hacede conocimiento de la Contraloría General de la Repúblicala convocatoria realizada por el Ministerio de RelacionesExteriores del Ecuador al Seminario Taller sobre Corrupción, a llevarse a cabo los días 20 y 21 de octubre del presente año en la ciudad de Quito, Ecuador; Que, dicho Seminario se desarrolla en el marco de la Décimo Tercera Directriz del XVI Consejo PresidencialAndino del 18 de julio de 2005, que establece el mandatode formular un Plan Andino de Lucha contra la Corrupción, con el apoyo de las instancias técnicas competentes de los