Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2005 (20/10/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 20 de octubre de 2005

respectiva sobre dicha irregularidad funcional; Quinto: Que, asimismo aparece a fojas ciento veinticinco, ciento treinta y dos, de ciento cuarenta y dos a ciento cuarenta y cinco del presente cuaderno, las sanciones aplicadas al investigado con anterioridad por hechos similares, lo que indica que la conducta del mencionado servidor es reiterativa; Sexto: Que, confor me ha quedado comprobado con el resultado del examen de dosaje etilico al que fue sometido MORDAZA MORDAZA MORDAZA el dieciseis de MORDAZA del dos mil cuatro al momento de elaborarse el acta de MORDAZA del hecho, este se encontraba efectivamente en estado de ebriedad, arrojando uno punto veinte gramos por litro segun aparece a fojas once, lo que constituye un hecho grave que compromete la dignidad del cargo y lo desmerece en el concepto publico correspondiendo aplicar la medida disciplinaria de destitucion prevista por el articulo doscientos once del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso treinta y uno del articulo ochenta y dos concordado con los articulos ciento seis y doscientos dos de la referida Ley Organica, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia, en sesion extraordinaria de la fecha, por mayoria; RESUELVE: Imponer la medida disciplinaria de Destitucion al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Auxiliar Judicial del Archivo Central de la Corte Superior de Justicia del Cusco. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA El MORDAZA del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, es como sigue: Fundamentos del MORDAZA Singular del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez Primero.- Que, las causas de destitucion se encuentran taxativamente senaladas en el articulo 211º del TUO de la Ley Organica del Poder Judicial, siendo una de ellas la comision de un hecho grave que sin ser delito comprometa la dignidad del cargo y desmerezca al servidor judicial en el concepto publico, siempre que con anterioridad se le MORDAZA impuesto medida disciplinaria de suspension; Segundo.- En el presente caso, la propuesta formulada por la Jefatura de la OCMA se sustenta en que la falta disciplinaria atribuida a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su reiterancia, compromete la dignidad del cargo y lo desmerece en el concepto publico; sin embargo es de advertirse que con anterioridad el servidor judicial no ha sido sancionado con suspension por la comision de las faltas acreditadas en las instrumentales de fojas ciento veinticinco, ciento treinta y dos, y ciento cuarenta y dos. Por tales fundamentos, mi MORDAZA es porque el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial acuerde: No aceptar la propuesta de destitucion formulada por el senor Vocal Supremo y Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura; y en su lugar, Imponer al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA la medida disciplinaria de suspension por el termino de sesenta dias, sin goce de remuneraciones, por su actuacion como Auxiliar Judicial del Archivo Central de la Corte Superior de Justicia del Cusco. MORDAZA, 19 de agosto del 2005 MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ Consejero 17832

ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL
FE DE ERRATAS RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 441-2005-CG Mediante Oficio Nº 930-2005-CG/SGE, la Contraloria General de la Republica solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion de Contraloria Nº 441-2005-CG, publicada en nuestra edicion del dia 14 de octubre de 2005. En el tercer considerando: DICE: "... en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre presuncion de ilicito penal, ..." DEBE DECIR: "... en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, ..." 17735

ONPE
Designan funcionarios responsables titular y suplente para la actualizacion de informacion del MORDAZA de Transparencia de la ONPE
RESOLUCION JEFATURAL Nº 288-2005-J/ONPE

MORDAZA, 14 de octubre de 2005 VISTOS, el Memorandum Nº 364-2005-GIEE/ONPE de fecha 6 de setiembre de 2005, y el Memorandum Nº 451-2005-GIEE/ONPE de fecha 3 de octubre de 2005; mediante los cuales la Gerencia de Informacion y Educacion Electoral solicita la designacion de los funcionarios responsables de la actualizacion del MORDAZA de Transparencia de la ONPE; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM de fecha 22 de MORDAZA de 2003, se aprobo el Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, MORDAZA que en su articulo 5º dispone que las entidades de la administracion publica, progresivamente, de acuerdo a su presupuesto, difundiran a traves de Internet informacion relacionada a su organizacion y MORDAZA legal a la que esta sujeta la entidad, informacion presupuestal, partidas salariales, beneficios del personal y remuneraciones, las adquisiciones de bienes y servicios indicando montos comprometidos, cantidad, calidad y los nombres de los proveedores, asi como las actividades oficiales de los funcionarios, y toda aquella informacion adicional que la entidad considere pertinente; Que, mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM de fecha 6 de agosto de 2003, se aprobo el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, que dispone en su articulo 4º que las entidades deberan designar a los funcionarios responsables de entregar informacion y a los responsables de la elaboracion y actualizacion del Portal; designacion que debera realizarse mediante Resolucion de la MORDAZA autoridad de la entidad y seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano;

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