Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2005 (20/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, jueves 20 de octubre de 2005

NORMAS LEGALES

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Artesanal y el Gerente General de FONDEPES con el Sindicato Unico de Pescadores Artesanales, Buzos Civiles del Puerto de Ilo; Estando a lo recomendado por la Direccion Nacional de Pesca Artesanal y con el visado del Viceministro de Pesqueria y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27789, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion y en uso de las atribuciones conferidas por el literal i) del ar ticulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE y su modificatoria; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Convenio de Cesion a suscribirse entre el Ministerio de la Produccion, FONDEPES y el Sindicato Unico de Pescadores Artesanales, Buzos Civiles del Puerto de Ilo para la Administracion del Desembarcadero Pesquero Artesanal de Ilo, el mismo que consta de diez (10) clausulas y forma parte integrante de la presente Resolucion, al que no le es aplicable, por excepcion, lo dispuesto por la Resolucion Ministerial Nº 039-2003-PRODUCE. Articulo Segundo.- Autorizar al Director Nacional de Pesca Artesanal del Ministerio de la Produccion y al Gerente General del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero- FONDEPES, a suscribir el Convenio aprobado conforme al articulo primero de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- La Direccion Nacional de Pesca Ar tesanal y la Gerencia General de FONDEPES informaran trimestralmente a la Oficina General de Desarrollo y Planeamiento Estrategico, sobre los resultados de la ejecucion del Convenio de Cesion a que se contrae la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 089-2004-PRODUCE, del 3 de marzo de 2004, a la fecha de suscripcion del Convenio de Cesion para la Administracion del Desembarcadero Pesquero Artesanal de Ilo, senalado en el articulo primero de la presente Resolucion. Articulo Quinto.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web del Ministerio. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LEMOR BEZDIN Ministro de la Produccion 17761

Culminan MORDAZA de cierre y transferencia del Programa de Pesca VECEP ALA 92/43
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 279-2005-PRODUCE

MORDAZA, 17 de octubre del 2005 Visto, el Acta Nº 01-2005 CCyT-VECEP de la Comision de Cierre y Transferencia del Programa de Cooperacion Tecnica para la Pesca CEE VECEP ALA 92/43 PERU, designada mediante Resolucion Ministerial Nº 236-2003-PRODUCE, de fecha 25 de junio de 2003; CONSIDERANDO: Que, con fecha 26 de agosto de 1993, la Comision de las Comunidades Europeas en representacion de la Comunidad Europea y el Gobierno de la Republica de Peru, suscribieron el Convenio de Financiacion para ejecutar el Programa de Pesca VECEP, de numero ALA 92/43, que en adelante se denominara El Programa; Que, con fecha 26 de MORDAZA de 1999 se suscribio el Addendum Nº 1 al Convenio de Financiacion, donde se consigna cambios en la formulacion del Programa de Pesca VECEP ALA 92/43, que incor poraron su ampliacion en tiempo y redistribucion de los recursos pendientes; Que, la Comision de las Comunidades Europeas y el Peru reconocen reciprocamente el cumplimiento de los

compromisos, objetivos y las metas propuestas en el proyecto: Programa de Pesca VECEP ALA 92/43; Que, durante la vigencia de El Programa participaron diversas instituciones publicas, organizaciones de pescadores y procesadores pesqueros artesanales en la ejecucion y en los beneficios del apoyo a la pesca artesanal, investigacion de los recursos pesqueros y capacitacion; Que, en el desarrollo de El Programa se construyeron infraestructuras y se adquirieron vehiculos, equipos y materiales para la investigacion cientifico-pesquera, en apoyo a la pesca artesanal y para capacitacion; Que, en el transcurso de la ejecucion de El Programa fue constituido un Fideicomiso del Fondo de Credito Rotatorio, para posibilitar el acceso al MORDAZA financiero formal de los pescadores y procesadores pesqueros artesanales beneficiarios; Que, el Convenio de Financiacion establece que el conjunto de los bienes, suministros, infraestructuras y Fondo de Credito Rotatorio, se asignaran en plena propiedad a los organismos participantes que lo hayan utilizado durante la ejecucion de El Programa, y que los beneficiarios finales son los pescadores artesanales; Que, segun el Acta de Reunion de fecha 10 de diciembre de 2001, la Comision Europea y el Ministerio de Pesqueria, acordaron designar al Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES) como responsable de la gestion y coordinacion institucional para ejecutar las acciones relacionadas a la Gestion del Centro de Procesamiento Pesquero Artesanal, CEPPAR y del Centro Comunitario Pesquero Artesanal, CECOPAR, ubicados en la caleta MORDAZA MORDAZA, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de Chiclayo, departamento de MORDAZA y del Fondo de Credito Rotatorio; Que, con el objeto de dar continuidad a las acciones que motivaron el establecimiento del Programa VECEP, la Delegacion de la Comision Europea y el Ministerio de la Produccion suscribieron un Acta de Compromiso el 3 de marzo de 2005, para dar cumplimiento al Acta de Reunion anterior mente indicada y asegurar la permanencia de los logros obtenidos; Que, en cumplimiento a los Acuerdos del Acta de Compromiso referente a la gestion de las actividades generadas en El Programa, el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES) ha elaborado un Programa de Gestion del Centro de Procesamiento Pesquero Artesanal, CEPPAR MORDAZA MORDAZA y el Programa de Gestion del Centro Comunitario Pesquero Artesanal, CECOPAR MORDAZA MORDAZA y un Programa detallado para la ejecucion del Fondo de Credito "PROPESCA"; Que, segun el Acta de Cierre y Transferencia del Programa de Pesca VECEP ALA 92/43, suscrita el 28 de setiembre de 2005 por la Delegacion de la Comunidad Europea, la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional y el Ministerio de la Produccion se procede a la liquidacion del Programa de Pesca VECEP ALA 92/ 43, en lo que corresponde al Peru; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 131-2001-PE del 11 de MORDAZA de 2001 se inicio el MORDAZA de cierre y transferencia del Programa de Pesca VECEP ALA 92/43, habiendose emitido Resoluciones Ministeriales posteriores sobre la transferencia de bienes, suministros, infraestructuras y Fondo de Credito Rotatorio que preceden a la liquidacion del Programa de Pesca VECEP ALA 92/43, por lo que resulta necesario dictar los actos de administracion que correspondan a fin de dar cumplimiento a los acuerdos del Acta de Compromiso y del Acta de Cierre y Transferencia del Programa de Pesca VECEP ALA 92/43; Que, de acuerdo al Informe Nº 015-2005-OGDPE/ Octai de fecha 28 de setiembre de 2005, de la Oficina de Cooperacion Tecnica y Asuntos Internacionales de la Oficina General de Desarrollo y Planeamiento Estrategico del Ministerio de la Produccion, recomienda se culmine el MORDAZA de cierre y transferencia del Programa de Pesca VECEP ALA 92/43, iniciado mediante Resolucion Ministerial Nº 131-2001-PE de fecha 11 de MORDAZA de 2001, incorporandose a la presente Resolucion Ministerial los acuerdos adoptados mediante el Acta de Compromiso suscrita el 3 de marzo de 2005 y el Acta de Cierre y Transferencia del Programa de Pesca VECEP ALA 92/ 43 suscrita entre el Ministerio de la Produccion, la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional y la Delegacion de la Comunidad Europea el 28 de setiembre de 2005;

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