TEXTO PAGINA: 40
PÆg. 302756 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de octubre de 2005 último caso dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la solicitud. Artículo 21º.- La convocatoria se realiza mediante esquelas con cargo de recepción, facsímil, correoelectrónico u otro medio de comunicación que permita obtener constancia de recepción, en la que se indique el lugar, fecha y hora de realización de la misma, así como laagenda. La notificación debe dirigirse al lugar donde ejercen sus labores los Vocales o, en su defecto, al domicilio de los mismos. La notificación debe realizarse con una anticipación no menor de diez (10) días calendario al de la fecha fijada para su realización, en caso de tratarse de sesión ordinaria;y no menor de cinco (5) días calendario en el caso de las sesiones extraordinarias. Artículo 22º.- En caso que el Presidente del Tribunal no cumpla con realizar la respectiva convocatoria a sesión ordinaria, y como consecuencia de ello, no pueda realizarse el Pleno Registral, dentro de las fechas establecidas, éstala efectuará el Vicepresidente a solicitud de un Vocal o de oficio. En caso que el Presidente del Tribunal no cumpla con convocar a sesión extraordinaria, la convocatoria la realizará el Vicepresidente, a solicitud de por lo menos tres (3) Vocales. Artículo 23º.- Para que exista quórum es necesaria la presencia de por lo menos once (11) Vocales. Si el Pleno Registral no se reúne por falta de quórum en la fecha prevista en la convocatoria, se constituye en segunda convocatoria una hora después, en el mismo lugar, bastando para su realización la presencia de ocho (8)Vocales. Artículo 24º.- Los acuerdos se adoptan con el voto a favor de las dos terceras partes de los Vocalesconcurrentes. Artículo 25º.- Queda válidamente constituido el Pleno Registral, sin cumplir los requisitos de convocatoria, cuandose reúnen todos sus miembros y acuerden por unanimidad iniciar la sesión, así como también las cuestiones a tratar. Artículo 26º.- No puede ser materia de acuerdo ningún asunto no contemplado expresamente en la convocatoria, salvo que estén reunidos todos los Vocales y por unanimidad se acuerde su inclusión. Artículo 27º.- Es obligatoria la asistencia y la permanencia en el Pleno Registral. De existir impedimento justificado, debe comunicarse dicha circunstancia al Presidente del Tribunal antes de su realización, o en todo caso, dentro de los tres (3) días hábiles después de realizada. Artículo 28º.- Instalada la sesión, la Presidencia de la misma estará a cargo del Presidente del Tribunal Registral, o del Vicepresidente en su ausencia. En caso deinasistencia de ambos, la presidirá el Presidente de Sala más antiguo en el cargo de Vocal. En su defecto, el Vocal más antiguo. En caso de inasistencia del Secretario Técnico, se elegirá, entre los asistentes, a quien lo reemplazará en dicha sesión. La sesión puede ser suspendida sólo por razones de fuerza mayor, con cargo a continuarla en la fecha y lugar que se indique al momento de suspenderla. De no serposible indicarla en la misma sesión, el Presidente de la sesión dispone la fecha de reinicio notificando a todos los vocales con no menos de cinco (5) días calendario deantelación. Artículo 29º.- De cada sesión del Pleno Registral se levantará un acta, que contendrá la relación de Vocalesasistentes, el lugar, fecha y hora en que ha sido efectuada, los puntos de deliberación, los acuerdos adoptados, con la indicación del sentido de los votos de todos losparticipantes, así como de los fundamentos esgrimidos. El acta es elaborada por el Secretario Técnico o quien haga sus veces. Al final de la sesión es leída y sometida ala aprobación de todos los Vocales asistentes. Luego es firmada por el Presidente, por el Secretario y los Vocales asistentes. Artículo 30º.- Los acuerdos del Pleno Registral se pueden adoptar a través de sesiones no presenciales, siempre y cuando se garantice la autenticidad de losacuerdos, como consecuencia de la emisión y sentido de los votos de los Vocales participantes; los que se acreditarán por medio de escritos presentados a travésde oficios, facsímil, correo electrónico u otro medio de comunicación que permita obtener constancia de recepción.En dicho caso, el Secretario de dicha sesión redactará un acta en la que se señale el lugar, fecha y hora de la sesión no presencial, el o los medios utilizados para su realización, el número de Vocales participantes, los votosemitidos, así como los acuerdos adoptados, con la indicación del sentido de los votos de todos los participantes, así como de los fundamentos esgrimidos.Dicha acta deberá ser suscrita por quienes actuaron como Presidente y Secretario. Sección Segunda Acuerdos del Pleno Registral del Tribunal Registral Artículo 31º.- Las decisiones del Pleno Registral se adoptan mediante acuerdos. Artículo 32º.- Los acuerdos del Pleno Registral que aprueben precedentes de observancia obligatoria establecerán las interpretaciones a seguirse de maneraobligatoria por las instancias registrales, en el ámbito nacional, mientras no sean expresamente modificados o dejados sin efecto mediante otro acuerdo de PlenoRegistral, por mandato judicial firme o norma modificatoria posterior. Artículo 33º.- Los precedentes de observancia obligatoria aprobados en Pleno Registral, conjuntamente con las resoluciones en las que se adoptó el criterio, deben publicarse en el Diario Oficial El Peruano, siendo deobligatorio cumplimiento a partir del día siguiente de su publicación. Deberán además publicarse en la página de la web de la SUNARP. CAPÍTULO IV TRAMITACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS Artículo 34º.- La Primera, Segunda y Tercera Salas tienen competencia para conocer las apelaciones provenientes de las Zonas Registrales Nºs. IV, VI, VIII, IX yXI, la Cuarta Sala para conocer las apelaciones provenientes de las Zonas Registrales Nºs. I, II, III, V y VII y la Quinta Sala para conocer las apelaciones provenientesen las Zonas Registrales Nºs. X, XII y XIII. Cada Sala podrá conocer apelaciones provenientes de Zonas Registrales distintas a las de su competencia, como consecuencia de la redistribución equitativa de los expedientes realizada por el Presidente del TribunalRegistral. Artículo 35º.- Las apelaciones provenientes de las Zonas Registrales de competencia de la Primera, Segunda y Tercera Salas, serán remitidas al Presidente del Tribunal Registral, quien dentro del plazo de 24 horas las distribuiráequitativamente y por estricto orden de ingreso a cada una de las Salas. Las apelaciones provenientes de las Zonas Registrales de competencia de la Cuarta y Quinta Sala, serán remitidas, dentro de las 24 horas de recibidas, al Presidente de laSala correspondiente. En el mismo día de recibidos los expedientes, los Presidentes de Sala los distribuirán equitativamente y por estricto orden de ingreso, entre los Vocales que la integran. Artículo 36º.- La Sala podrá sesionar y adoptar acuerdos a través de sesiones presenciales o nopresenciales; en este último caso deberá hacerlo de conformidad con el artículo 35º de este Reglamento, según corresponda, y por razones debidamente justificadas,dando cuenta de este hecho al Presidente del Tribunal Registral. Artículo 37º.- Cuando el expediente apelado provenga de una Oficina Registral ubicada en un departamento distinto al de su sede, pero bajo su competencia conformeal artículo 34º, y se hubiera solicitado informe oral, la Sala sesionará en el lugar de su sede. Sin embargo, la Sala sesionará obligatoriamente en las Oficinas Registrales ubicadas en la capital del departamento al que pertenece la Oficina Registral dedonde provenga la apelación cuando se presenten durante el mes al menos cuatro apelaciones. Artículo 38º.- Los Vocales están obligados a asistir a las sesiones públicas que realice la sala que integran, en los casos señalados en el artículo 37º.