Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2005 (21/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, viernes 21 de octubre de 2005 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, el articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad al articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296, "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios, testimonio y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de la evaluacion del expediente administrativo la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo emitio el Acuerdo Nº 06 de fecha 19 de agosto de 2005, cuyo tenor es como sigue: Vistos: 1. La documentacion presentada elaborada por la Arqº Saby MORDAZA, Coordinadora de Conservacion Preventiva del Patrimonio de la Direccion del Instituto Nacional de Cultura MORDAZA, estudio historico, analisis del conjunto MORDAZA, MORDAZA y portadas representativas, analisis del estado actual, propuesta de delimitacion del Poblado de San MORDAZA de MORDAZA de Maras, plano del distrito de Maras, registro fotografico, propuesta de reglamentacion especifica, ficha de informacion basica. 2. El Dictamen Nº 173-2004-DRC-C/CTICP de la Comision Tecnica Interna de Calificacion de Proyectos de fecha 19 de noviembre de 2004. CONSIDERANDO: 1. Que, el Poblado de Maras, tuvo una ocupacion temprana de su territorio desde la epoca prehispanica que habria condicionado la morfologia del poblado colonial del siglo XVI, evidenciandose por la ubicacion excentrica de su plaza mayor y del templo de San Francisco. 2. Que, el Poblado de San MORDAZA de MORDAZA de Maras, posee una estr uctura MORDAZA homogenea confor MORDAZA por edificaciones de uno y dos pisos de valor contextual que conservan caracteristicas arquitectonicas constructivas tradicionales, en la composicion de fachada destacan las numerosas portadas petreas (339 registro INC-Cusco2000) con simbologia MORDAZA colonial de valor historico artistico. Los espacios publicos mas representativos lo constituyen la Plaza de MORDAZA, la Plaza Punku Mayor, los ejes de las calles MORDAZA y Jerusalen. En el Centro Poblado se encuentra Monumentos declarados como el Templo San MORDAZA de MORDAZA y Capilla Punku Mayor, inmuebles representativos de valor Monumental como la Capilla MORDAZA MORDAZA, Cristo MORDAZA, Templo de Tiobamba, la portada de la MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA Sinchi Rocca MORDAZA Querubines; entre los mas impor tantes. El Conjunto Arqueologico de Moray, conjunto Arqueologico de Cheqoq, Sitio Arqueologico de Cachiraqay. 3. Que, el Poblado de San MORDAZA de MORDAZA de Maras, posee meritos suficientes de valor MORDAZA arquitectonico, histor ico, ar tistico y tipologico, expresados en su morfologia, unidad e integracion al paisaje, en las innumerables por MORDAZA liticas, composicion de las fachadas de sus viviendas, con la presencia de conjuntos arqueologicos, que ameritan velar por su preservacion, debiendo contar con la proteccion tecnico - legal necesaria. 4. Que, la propuesta de delimitacion propende la conservacion de los sectores de mayor valor monumental de la MORDAZA de San MORDAZA de MORDAZA de Maras, para el cual se propone una reglamentacion especifica adecuada mediante la cual se establecera parametros urbanisticos orientados a la preservacion del contexto MORDAZA y la recuperacion de sectores que albergan la integridad del entorno. SE ACORDO: 1. Proponer se declare Patrimonio Cultural de la Nacion la MORDAZA de San MORDAZA de MORDAZA de Maras, ubicada en el distrito de Maras, provincia de Urubamba, departamento de Cusco. 2. Declarar MORDAZA Monumental de Maras y la delimitacion segun la poligonal graficada en el Plano ZM-013-2005-INC/DPHCR, elaborado en base al plano presentado por la Direccion del Instituto Nacional de Cultura Cusco. 3. Aprobar la propuesta de reglamentacion especifica para la MORDAZA Monumental MORDAZA San MORDAZA de MORDAZA de Maras, distrito de Maras, provincia de Urubamba, departamento de Cusco. 4. Encargar a la Sub Direccion de Registro realice los tramites necesarios para la declaracion respectiva; Estando a lo visado por la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion"; Ley

Nº 27580 "Ley que dispone medidas de proteccion que debe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la ejecucion de Obras en Bienes Culturales Inmuebles" Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 63-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Supremo Nº 0172003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR MONUMENTO INTEGRANTE DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION la MORDAZA de San MORDAZA de MORDAZA de Maras, ubicada en el distrito de Maras, provincia de Urubamba, departamento de Cusco. Articulo 2º.- DECLARAR MORDAZA Monumental la MORDAZA San MORDAZA de MORDAZA de Maras, distrito de Maras, provincia de Urubamba, departamento de MORDAZA y su delimitacion segun la poligonal graficada en el Plano ZM-013-2005-INC/ DPHCR, elaborado en base al plano presentado por la Direccion del Instituto Nacional de Cultura Cusco. Articulo 3º.- APROBAR la Propuesta de Reglamentacion especifica para la MORDAZA Monumental MORDAZA San MORDAZA de MORDAZA de Maras, distrito de Maras, provincia de Urubamba, departamento de Cusco. Articulo 4º.- Disponer la inscripcion en los Registros Publicos la condicion de Patrimonio Cultural mencionada en el articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 5º.- Es obligacion de los propietarios, autoridades locales y regionales someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura cualquier intervencion a realizarse en el Monumento a que se refiere el articulo 1º de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 17805

SUNARP
Aprueban texto modificado del Reglamento del Tribunal Registral
RESOLUCION DE LA SUPERINTENDENTA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 263-2005-SUNARP/SN MORDAZA, 18 de octubre de 2005 VISTO: El Proyecto de Modificacion del Reglamento del Tribunal Registral presentado por la Comision creada mediante Resolucion Nº 028-2005-SUNARP/SA del 23 de MORDAZA de 2005; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 065-2005-SUNARP-SN del 11 de marzo de 2005, se modifico el Reglamento General de los Registros Publicos aprobado mediante Resolucion Nº 195-2001-SUNARP/SN, dando lugar posteriormente a la aprobacion del Texto Unico Ordenado de dicho cuerpo normativo, a traves de Resolucion Nº 0792005-SUNARP/SN; Que, en atencion a las modificaciones efectuadas al Reglamento General de los Registros Publicos, por Resolucion Nº 028-2005-SUNARP/SA del 23 de MORDAZA de 2005 se crea la Comision Elaboradora del Proyecto de Modificacion del Reglamento del Tribunal Registral, a fin de compatibilizar las normas que informan a la MORDAZA instancia registral, con las modificaciones realizadas; Que, asimismo, resulta necesario modificar el Reglamento del Tribunal Registral aprobado mediante Resolucion Nº 565-2002-SUNARP/SN del 27 de noviembre de 2002, a fin de introducir reformas que propendan al fortalecimiento de la Presidencia del Tribunal Registral; a la predictibilidad en los reemplazos de Vocales por ausencia o impedimento; a la consolidacion de nuevas atribuciones a cargo del Pleno Registral, entre otros;

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