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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (21/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 34

PÆg. 302750 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de octubre de 2005 los prospectos informativos correspondientes, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y de la página de CONASEV en internet; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 16º del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores y a lo acordado por el Directorio de CONASEV el 18 dediciembre de 2000, donde se faculta a la Gerencia de Mercados y Emisores a disponer la inscripción de valores mobiliarios, previamente emitidos y que serán negociadosen mecanismos centralizados de negociación, en el Registro Público del Mercado de Valores; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Pronunciarse en favor del listado de las acciones representativas de capital social de Corporación Finisterre S.A. en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima S.A. Artículo 2º.- Inscribir en el Registro Público del Mercado de Valores las acciones representativas del capital social de Corporación Finisterre S.A. Artículo 3º.- La presente resolución debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la página de CONASEV en internet. Artículo 4º.- Transcribir la presente resolución a Corporación Finisterre S.A., a la Bolsa de Valores de Lima S.A. y a Cavali ICLV S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. HÉCTOR VALENTÍN HURTADO Gerente de Mercados y Emisores Comisión Nacional Supervisora de Empresasy Valores 17700 CONCYTEC Aceptan donación efectuada a favor del CONCYTEC RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 265-2005-CONCYTEC-P Lima, 29 de setiembre de 2005 CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 28303 - Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, establece al CONCYTEC, comoun organismo público descentralizado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía científica,administrativa, económica y financiera; Que, mediante Ley Nº 28427 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, se asigna alCONCYTEC recursos presupuestales por un monto de S/. 13'396,861.00 (TRECE MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CON OCHOCIENTOS SESENTAY UN Y 00/100 NUEVOS SOLES) por toda Fuente de Financiamiento; Que, mediante el Convenio Marco entre THE KOREAN INSTITUTE OF SCIENCE AND TECHNOLOGY - KIST y el CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA - CONCYTEC, se estableceun acuerdo entre ambas partes para la ejecución de un programa de cooperación para la investigación científica sobre extractos codificados de plantas medicinales; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 253-2005- CONCYTEC-OPP, se reprograma del Plan Operativo 2005, incorporando la actividad Explorar la Biodiversidad Peruanapara Buscar Plantas Medicinales e investigar las propiedades físicas y químicas; Que, el monto total del aporte de THE KOREAN INSTITUTE OF SCIENCE AND TECHNOLOGY - KIST al CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA - CONCYTEC, según el Convenio Marco esde US$ 300,000 los que se entregarán en dos armadas ascendentes a US$ 240,000 y US$ 60,000 cada una; Que, de acuerdo al artículo 69º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, lasdonaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsables, serán aprobadas por resolución del titularde la entidad, siendo el caso que tratándose de montos superiores a 5 UIT, la referida resolución se publicará en el Diario Oficial El Peruano, bajo responsabilidad; Con el visado de la Jefa de la Oficina de Planificación y Presupuesto, del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Jefa de la Oficina de Administración y del Director Ejecutivo; En uso de las facultades conferidas por la Tercera Disposición Transitoria y Final de la Ley Nº 28303 y por el Decreto Legislativo Nº 112 y su Reglamento aprobado porel Decreto Supremo Nº 069-84-ED; así como por lo dispuesto en la Resolución de Presidencia Nº 068-2001- CONCYTEC-P; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ACEPTAR la donación de US$ 300,000 (Trescientos Mil Dólares Americanos) efectuada por el THE KOREAN INSTITUTE OF SCIENCEAND TECHNOLOGY - KIST al CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA - CONCYTEC, que se realizará en dos armadas. Artículo Segundo.- La donación se destinará para la ejecución de un programa de cooperación para la investigación científica sobre extractos codificados deplantas medicinales. Artículo Tercero.- La presente transferencia financiera deberá incorporarse al presupuesto del CONSEJONACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA - CONCYTEC del ejercicio fiscal 2005. Regístrese y comuníquese. BENJAMÍN A. MARTICORENA CASTILLO Presidente Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica 17825 I N P E Imponen sanciones de destitución y cese temporal a ex Directores Generalesde las Direcciones Regionales de Limay Altiplano - Puno RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 566-2005-INPE/P Lima, 18 de octubre de 2005 VISTO, el Informe Nº 035-2005-INPE/CEPAD de fecha 4 de octubre de 2005, de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto NacionalPenitenciario; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Presidencial Nº 442-2005- INPE/P de fecha 9 de agosto de 2005, se instauró procesoadministrativo disciplinario al servidor JUVER PASCUAL PADILLA DURAND, ex Director General de la Dirección Regional Lima, y al servidor SERGIO HARO HUAPAYA, exDirector General de la Dirección Regional Altiplano - Puno; a mérito del Informe Nº 026-2005-INPE/CEPAD de fecha 1 de agosto de 2005, de la Comisión Especial de ProcesosAdministrativos Disciplinarios; Que, la citada Resolución Presidencial fue notificada en forma personal a los procesados, conforme consta enlos cargos de las notificaciones de la Oficina de Recursos Humanos; quienes han presentado sus descargos por escrito, así como han hecho uso de su derecho de informaroralmente ante la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, el día 19 de setiembre de 2005, respetándose de esta forma el derecho de defensade los procesados, cuyas constancias obran en el expediente administrativo;