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PÆg. 302748 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de octubre de 2005 RESOLUCIÓN SBS Nº 1549-2005 San Isidro, 12 de octubre de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA:La solicitud presentada por Rímac Internacional Compañía de Seguros y Reaseguros, para que se leautorice la conversión de una agencia, ubicada en la Avenida Comandante Espinar Nº 689, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima; la misma que funcionabacomo oficina principal de las empresas Royal & SunAlliance - Vida y Royal & SunAlliance - Seguros Fénix, antes del proceso de fusión; y, CONSIDERANDO: Que por Resolución SBS Nº 1527-2004, de fecha 6 de setiembre de 2004, se autorizó en vía de regularización, la fusión de Rímac Internacional Compañía de Seguros y Reaseguroscon Royal & SunAlliance - Vida, con fecha de vigencia el 30 de junio de 2004; y Royal & SunAlliance - Seguros Fénix, con fecha de vigencia el 1 de julio de 2004, mediante la absorciónde éstas últimas por la primera de las nombradas; asumiendo la empresa absorbente, a título universal, el bloque del patrimonio y los demás derechos y obligaciones de la empresaabsorbida, la que se disuelve sin liquidarse; Que por motivos de la fusión, la empresa recurrente solicita autorización para que la ex oficina principal de lasempresas Royal & SunAlliance - Vida y Royal & SunAlliance - Seguros Fénix, pase a ser utilizada como agencia por Rímac Internacional Compañía de Seguros y Reaseguros; Que en aplicación del numeral 3.1 de la Circular SBS Nº S-612-2005, la empresa solicitante ha cumplido con comunicar previamente a esta Superintendencia laconversión de Agencia; Estando a lo opinado por el Departamento de Análisis y Supervisión del Sistema de Seguros "A" mediante InformeNº 079-2005-ASSSA; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y delSistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y modificatorias, la Circular Nº S-0612- 2005 y la Resolución SBS Nº 1096 del 25 de julio de 2005; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a Rímac Internacional Compañía de Seguros y Reaseguros, para que utilice como agencia, la ex oficina principal de las empresas Royal &SunAlliance - Vida y Royal & SunAlliance - Seguros Fénix, ubicada en la Avenida Comandante Espinar Nº 689, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 17808 RESOLUCIÓN SBS Nº 1550-2005 San Isidro, 12 de octubre de 2005EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por Rímac Internacional Compañía de Seguros y Reaseguros, para que se le autorice la conversión de una agencia, ubicada en calle Giraldez Nº 285 2do. Piso, de la ciudad y provincia deHuancayo, departamento de Junín; la misma que funcionaba como agencia de las empresas Royal & SunAlliance - Seguros Fénix y Royal & SunAlliance - Vida,antes del proceso de fusión; y, CONSIDERANDO:Que mediante Resolución SBS Nº 410-99, de fecha 18 de mayo de 1999, se autorizó en vía de regularización a laCompañía de Seguros La Fénix Peruana, el funcionamiento de su agencia ubicada en la calle Giraldez Nº 285 2do. Piso, de la ciudad y provincia de Huancayo, departamento de Junín; Que mediante Resolución SBS Nº 297-2002, de fecha 27 de marzo de 2002, se autorizó a Royal & SunAlliance - Seguros Fénix el uso de locales compartidos con susubsidiaria Royal & SunAlliance - Vida; entre ellos, el local ubicado en calle Giraldez Nº 285 2do. Piso, de la ciudad y provincia de Huancayo, departamento de Junín; Que por Resolución SBS Nº 1527-2004, de fecha 6 de setiembre de 2004, se autorizó en vía de regularización, la fusión de Rímac Internacional Compañía de Seguros yReaseguros con Royal & SunAlliance - Vida, con fecha de vigencia el 30 de junio de 2004; y Royal & SunAlliance - Seguros Fénix, con fecha de vigencia el 1 de julio de 2004,mediante la absorción de estas últimas por la primera de las nombradas; asumiendo la empresa absorbente, a título universal, el bloque del patrimonio y los demás derechos yobligaciones de la empresa absorbida, la que se disuelve sin liquidarse; Que por motivos de la fusión, la empresa recurrente solicita autorización para que la ex agencia de las empresas Royal & SunAlliance - Vida y Royal & SunAlliance - Seguros Fénix, pase a ser utilizada como agencia por RímacInternacional Compañía de Seguros y Reaseguros; Que en aplicación del numeral 3.1 de la Circular SBS Nº S-612-2005, la empresa solicitante ha cumplido concomunicar previamente a esta Superintendencia la conversión de Agencia; Estando a lo opinado por el Departamento de Análisis y Supervisión del Sistema de Seguros "A" mediante Informe Nº 079-2005-ASSSA; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y modificatorias, la Circular Nº S-0612-2005 y la Resolución SBS Nº 1096 del 25 de julio de 2005; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar a Rímac Internacional Compañía de Seguros y Reaseguros, para que utilice comoagencia, la ex agencia de las empresas Royal & SunAlliance - Seguros Fénix y Royal & SunAlliance - Vida, ubicada en calle Giraldez Nº 285 2do. Piso, de la ciudad y provincia deHuancayo, departamento de Junín. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 17809 RESOLUCIÓN SBS Nº 1551-2005 San Isidro, 12 de octubre de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROSVISTA: La solicitud presentada por Rímac Internacional Compañía de Seguros y Reaseguros, para que se le autorice la conversión de una oficina especial, ubicada encalle Jean Paul Sartre, ex Calle Uno, Surquillo, provincia y departamento de Lima; la misma que funcionaba como oficina especial de la empresa Royal & SunAlliance -Seguros Fénix, antes del proceso de fusión; y, CONSIDERANDO:Que mediante Resolución SBS Nº 1195-2003, de fecha 13 de agosto de 2003, se autorizó a Royal & SunAlliance -Seguros Fénix la apertura de la oficina especial (Centro de Atención Royal) ubicada en calle Jean Paul Sartre Nº 170, ex Calle Uno, Surquillo, provincia y departamento de Lima; Que por Resolución SBS Nº 1527-2004, de fecha 6 de setiembre de 2004, se autorizó en vía de regularización, la fusión de Rímac Internacional Compañía de Seguros yReaseguros con Royal & SunAlliance - Vida, con fecha de vigencia el 30 de junio de 2004; y Royal & SunAlliance - Seguros Fénix, con fecha de vigencia el 1 de julio de 2004,