Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2005 (29/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, sabado 29 de octubre de 2005

USAID Nº 527-0406, suscrita el 14 de septiembre del 2005, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de octubre del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 18438

Que la Enmienda Nº 2 al Convenio Bilateral de Donacion de Objetivo Estrategico "Mayores Oportunidades Economicas para los Pobres en el Peru" (527-0411), fue suscrita el 11 de MORDAZA del 2005, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru; Que es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 57º y 118º inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar Tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA:

Ratifican Enmienda Cinco al Convenio de Donacion de Objetivo Estrategico con los Estados Unidos de MORDAZA para "Gestion Fortalecida del Medio Ambiente para Atender Problemas Prioritarios" USAID Nro. 527-0407
DECRETO SUPREMO Nº 086-2005-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que la Enmienda Cinco al Convenio de Donacion de Objetivo Estrategico entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA para "Gestion Fortalecida del Medio Ambiente para Atender Problemas Prioritarios" USAID Nro. 527-0407, fue suscrita el 8 de setiembre de 2005, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru; Que es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 57º y 118º inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar Tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratifiquese la Enmienda Cinco al Convenio de Donacion de Objetivo Estrategico entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA para "Gestion Fortalecida del Medio Ambiente para Atender Problemas Prioritarios" USAID Nro. 527-0407, suscrita el 8 de setiembre de 2005, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de octubre del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 18439

Articulo 1º.- Ratifiquese la Enmienda Nº 2 al Convenio Bilateral de Donacion de Objetivo Estrategico "Mayores Oportunidades Economicas para los Pobres en el Peru" (527-0411), suscrita el 11 de MORDAZA del 2005, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de octubre del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 18440

Ratifican el "Tratado de Asistencia Juridica en Materia Penal entre la Republica del Peru y la Republica de Panama"
DECRETO SUPREMO Nº 088-2005-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el "Tratado de Asistencia Juridica en Materia Penal entre la Republica del Peru y la Republica de Panama", suscrito en la MORDAZA de Panama, Republica de Panama, el 28 de MORDAZA de 2004 y aprobado por el Congreso de la Republica, mediante Resolucion Legislativa Nº 28501, de 4 de MORDAZA de 2005; Que es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 57º y 118º, inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru, y en el ar ticulo 2º de la Ley Nº 26647; que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar tratados o adherir a estos sin el requisito previo de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el "Tratado de Asistencia Juridica en Materia Penal entre la Republica del Peru y la Republica de Panama", suscrito en la MORDAZA de Panama, Republica de Panama, el 28 de MORDAZA de 2004 y aprobado por el Congreso de la Republica, mediante Resolucion Legislativa Nº 28501, de 4 de MORDAZA de 2005. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de octubre del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 18441

Ratifican Enmienda Nº 2 al Convenio Bilateral de Donacion de Objetivo Estrategico "Mayores Oportunidades Economicas para los Pobres en el Peru" (527-0411)
DECRETO SUPREMO Nº 087-2005-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

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