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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (29/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 25

PÆg. 303169 NORMAS LEGALES Lima, sábado 29 de octubre de 2005 Que, la solicitud se fundamenta en tener población aproximada de 5,343 habitantes, conformada por las Comunidades de Tablina, Tapaya, Pampansa, Los Lirios, José María Arguedas, Mi Casita, Rumi Rumi, Choccepuquio, Curibamba, Cconeccpuquio, Ccapaccalla, Cuncataca y Ccompicancha, así como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que los órganos jurisdiccionales más cercanos se encuentra en la ciudad de Andahuaylas a 3 kilómetros de distancia; Que, el Informe Nº 067-2005-SEP-GP-GG-PJ remitido por la Gerencia General, concluye que es factible la creación del Juzgado de Paz en el Centro Poblado Chumbao, distrito y provincia de Andahuaylas, departamento y Distrito Judicial de Apurímac; Que, por el número de habitantes a los que beneficiaría el Juzgado de Paz, y siendo objetivo principal de este Poder del Estado administrar justicia en forma rápida y eficaz, resulta procedente la petición que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con arreglo a lo establecido en el inciso 24) del artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, de conformidad con el informe 26 a 29, sin las intervenciones de los señores Consejeros Javier Román Santisteban y José Donaires Cuba por razones de salud y encontrarse de vacaciones, respectivamente, en sesión extraordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE:Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Chumbao, distrito y provincia Andahuaylas, departamento y Distrito Judicial de Apurímac; con competencia en las Comunidades de Tablina, Tapaya, Pampansa, Los Lirios, José María Arguedas, Mi Casita, Rumi Rumi, Choccepuquio, Curibamba, Cconeccpuquio, Ccapaccalla, Cuncataca y Ccompicancha. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Apurímac y a la Gerencia General de Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.SS.WÁLTER VÁSQUEZ VEJARANOANTONIO PAJARES PAREDESWÁLTER COTRINA MIÑANOLUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ18285 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 192-2005-CE-PJ Lima, 8 de setiembre del 2005 VISTOS:El Oficio Nº 615-2005-P-CSJCU/PJ cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia del Cusco y el Informe Nº 092-2005-SEP-GP-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO:Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia del Cusco, remite a este Órgano de Gobierno la propuesta de creación de un Juzgado de Paz en el distrito de Calca, provincia del mismo nombre, departamento y Distrito Judicial del Cusco, solicitada por el Alcalde de la referida localidad; Que, la solicitud se fundamenta en tener población aproximada de 10,919 habitantes, conjuntamente con las Comunidades Campesinas: Huamanchoque, Qupar, Oyay, Ccallispucyo, Llanchu, Parcco, Ccan Ccan, Muryupay, Mitmac, Rayampata, Urco, Carolina, Sacllo, Quispihuaylla, Ccoricancha y Pucamarca; los Caseríos: Baños de Machacancha, Patanmarca, Venecia, Upa Coto, Paucarticay Chimpa Calca; las Unidades Agropecuarias: Unuraqui, Ccayto y Huchuy Qosqo y, la Cooperativa Agraria de Producción Juqui, así como en la necesidad de contar con autoridad judicial, teniendo en cuenta que los Juzgados de Paz más cercanos se encuentran en las localidades de Arin y Acha Baja, a 8 y 14 kilómetros de distancia, por cuya razón no tienen acceso a un oportuno y eficaz servicio de administración de justicia; Que, el Informe Nº 092-2005-SEP-GP-GG-PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creación del Juzgado de Paz en el distrito y provincia de Calca, departamento y Distrito Judicial del Cusco; Que, por el número de habitantes a los que beneficiaría el Juzgado de Paz, entre los que se presentan conflictos de naturaleza Civil: pago de deudas, daños y perjuicios; Penal: agresiones, hurtos, lesiones; Familia: alimentos, violencia familiar; Laboral: pago de jornales, indemnizaciones; y siendo objetivo principal de este Poder del Estado el de administrar justicia en forma rápida y eficaz, resulta procedente la petición que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con arreglo a lo establecido en el inciso 24) del artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, de conformidad con el Informe del señor Consejero José Donaires Cuba quien no interviene por encontrarse de vacaciones, sin la intervención del señor Consejero Javier Román Santisteban por razones de salud, por unanimidad; RESUELVE:Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz con sede en el distrito de Calca, provincia del mismo nombre, departamento y Distrito Judicial del Cusco; con competencia en las Comunidades Campesinas: Huamanchoque, Qupar, Oyay, Ccallispucyo, Llanchu, Parcco, Ccan Ccan, Muryupay, Mitmac, Rayampata, Urco, Carolina, Sacllo, Quispihuaylla, Ccoricancha y Pucamarca; los Caseríos: Baños de Machacancha, Patanmarca, Venecia, Upa Coto, Paucartica y Chimpa Calca; las Unidades Agropecuarias: Unuraqui, Ccayto y Huchuy Qosqo y, la Cooperativa Agraria de Producción Juqui. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y a la Gerencia General del Poder Judicial. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.SS.WÁLTER VÁSQUEZ VEJARANOANTONIO PAJARES PAREDESWÁLTER COTRINA MIÑANOLUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ18286 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 193-2005-CE-PJ Lima, 8 de setiembre del 2005 VISTOS:El Oficio Nº 616-2005-P-CSJCU/PJ cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia del Cusco y el Informe Nº 053-2005-SEP-GP-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO:Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia del Cusco, remite a este Órgano de Gobierno propuesta de creación Juzgado de Paz en el Centro Poblado Huarcachapi, distrito de Kunturkanki, provincia de Canas, departamento y Distrito Judicial del Cusco; solicitada por el alcalde de la referida localidad; Que, la solicitud se fundamenta en tener una población aproximada de 910 habitantes, conjuntamente con los